Testigos de Jehová, “secta destructiva” ante la ley

17 de Mayo de 2024

Testigos de Jehová, “secta destructiva” ante la ley

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Esta denominación emitida por 
la justicia en España, abre la puerta a 
nuevos casos contra organismos religiosos y promete justicia para las víctimas

Durante las primeras semanas de este año, la organización religiosa Testigos de Jehová demandó a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ) por vulneración del honor, luego que esta última organización afirmara estar compuesta por miembros que han sufrido por prácticas de la religión.

Hasta ahora, casi un año después, que Raquel Chacón, jueza del tribunal de Primera instancia número 6 de Torrejón de Ardoz —un municipio en España—dictaminó que los apóstatas de una confesión religiosa pueden referirse a ella como “secta destructiva”, siempre y cuando puedan demostrar la veracidad de sus acusaciones. Esta resolución representa un golpe a la gran influencia y poderío de los Testigos de Jehová, con casi ocho millones 699 mil miembros en 239 países, según sus datos oficiales.

Las prácticas de esta fe le han valido señalamientos desde su origen en 1879. El férreo control que ejercen sus dirigentes sobre los miembros fue una de las conductas señaladas en este juicio, pues se mencionó su insistencia para conocer detalles sobre relaciones de sus fieles, además de la supervisión de sus vidas privadas.

La prohibición de las relaciones sentimentales o de amistad con personas ajenas a la fe fue calificada de “aislamiento de segregación social”, y los testimonios de los miembros de AEVTJ sirvieron para que la organización doctrinal respondiera por abusos sexuales de sus líderes. La lista completa de acusaciones incluye “muerte social, ostracismo, trastornos mentales, ideas o actos autolíticos, discriminación, encubrimiento de posibles delitos, omisión de tratamiento médico vital o comportamiento sectario”.

Los antecedentes

Formada a inicios del 2020, la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová reunió a personas que formaron parte de los Testigos de Jehová y abandonaron sus respectivas congregaciones tras sufrir diversos abusos. Meses más tarde llegó la primera acción defensiva: la difusión de las experiencias de todo aquel que formó parte de sus filas.

Las consecuencias de las prácticas van desde la ruptura familiar —al no permitir la comunicación o convivencia entre padres e hijos o miembros de una misma familia después de la expulsión de uno de ellos— hasta secuelas psicológicas como la soledad, aislamiento, e incluso varios casos de suicidios. Los testimonios fueron tomados como un ataque, y el nombre de la AEVTJ fue recibido como un desafío. En respuesta, representantes de los Testigos de Jehová demandaron ante la justicia española, pues representaba “una serie de manifestaciones atentatorias contra el honor de los Testigos Cristianos de Jehová y de todos sus miembros”.

Consecuencias

Incluso pasaron 11 meses y nueve sesiones orales para que la justicia le diera la razón a la AEVTJ. Y es que pese al contraataque de los testigos de Jehová, se dictaminó que

no ha existido vulneración del derecho al honor a la fe.

Así, la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová quedó librada de los señalamientos en su contra, y condenó a la organización religiosa al pago de las costas procesales, las cuales aún no se dan a conocer. En su sentencia, la justicia aclara que el fin no es de ninguna manera la extinción de la fe que profesan los denominados testigos de Jehová, sino su adecuación “a lo que la asociación tiene por normas más justas e informar a quien desee acercarse de lo que la institución demandada entiende como consecuencias de ese acercamiento, que pueden ser negativas para las vidas de las personas”. El fallo representa la posibilidad de llevar a la justicia a otras organizaciones religiosas en caso de abusos y violaciones a los derechos humanos.

En cuanto a la definición de “secta destructiva”, no es un calificativo menor, ya que “se trata de la atribución de serias y graves consecuencias a comportamientos basados en creencias de la confesión demandante”. Incluso, uno de los magistrados a cargo del juicio recordó a las miles de personas que han abandonado una fe por abusos, negligencia y malos tratos, y puntualizó que prohibir dicho término “sería una censura injustificada para estas personas que emiten libremente su opinión a raíz de vivencias en primera persona”.

Los representantes de la organización doctrinal rechazaron el veredicto, por lo que recurrirán la sentencia, y aseguraron que “Estudios científicos autorizados y decisiones de tribunales internacionales, incluido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, han demostrado la falsedad de las graves acusaciones de la AEVTJ”. Al respecto, Carlos Bardavío, abogado de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, se mostró confiado en que la advertencia no tendrá éxito por la solidez de la defensa de los exintegrantes de la doctrina religiosa.

¿Sabías que? Estados Unidos, Brasil y México son los países con mayor número de integrantes.

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