Tribunal ratifica candidaturas de Mancera y Napo al Senado

21 de Mayo de 2024

Tribunal ratifica candidaturas de Mancera y Napo al Senado

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Con cinco votos a favor y dos en contra, los magistrados validaron al exjefe de Gobierno y al líder minero

Por cinco votos a favor y dos en contra, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las candidaturas plurinominales al Senado de Miguel Ángel Mancera por el PAN y Napoleón Gómez Urrutia por Morena. En su proyecto de sentencia, la magistrada presidenta Janine Otálora propuso al Pleno de la Sala Superior confirmar ambas candidaturas impugnadas. A favor de la candidatura del exjefe de Gobierno capitalino votaron los magistrados Janine Otálora, Felipe Fuentes, Reyes Rodríguez, Indalfer Infante y Felipe de la Mata. En tanto, la de Gómez Urrutía fue respaldada por Otálora, Reyes, Infante, Soto y de la Mata. De acuerdo al proyecto, el haber ocupado el cargo de jefe de Gobierno no impide a Mancera Espinosa ser candidato plurinominal al Senado por el PAN. Los magistrados José Luis Vargas y Felipe Fuentes votaron en contra de la candidatura del líder minero, con el argumento de que el fuero de senador le podría impedir aclarar las imputaciones en su contra, sobre el presunto desvío de 54 millones de dólares de un fideicomiso minero.

Me parece lamentable y preocupante que concedamos un registro de candidatura al Senado de la República para que adquiera esa condición que implica poder contar con fuero y que implica que, aquellas cuestiones que podría tener necesidad de aclarar a la justicia durante los próximos años, no lo pueda hacer”, indicó.

El magistrado Vargas defendió el interés jurídico de Mirelle Montes, quien impugnó las candidaturas de Mancera y de Damián Zepeda, que reemplazó a Ricardo Anaya como presidente del Acción Nacional. En el caso del líder minero, Napoleón Gómez Urrutia, el proyecto señala que en el expediente se acredita la nacionalidad mexicana, con base a un certificado expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y ser originario de una entidad, estar inscrito en el padrón electoral y cuenta con credencial de elector, como lo señala el Artículo 55 constitucional. También el documento señala que el requisito de residencia efectiva de 6 meses antes de la elección no es exigible al aspirante Gómez Urrutia, lo que avala la decisión del Consejo General del INE. https://youtu.be/xBOXZMsACCU

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