Sobre presupuesto y división de poderes

15 de Junio de 2025

Antonio Cuéllar

Sobre presupuesto y división de poderes

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Desde la caída de las monarquías absolutistas en el siglo XVIII, el mecanismo que los estados modernos concibieron para evitar el regreso del despotismo, y todos los vicios que cualquier mal gobierno trae consigo, fue el de la división del poder, el de la acción y efecto de compartir las responsabilidades inherentes al ejercicio de la función pública entre diversos órganos, para evitar un aglutinamiento de fuerza que subyugue al pueblo y a quienes puedan velar por sus intereses.

La organización policefálica de la tarea pública favorece el desarrollo de la vida democrática, ya que obliga a quienes lo encabezan a tener que observar y dar cumplimiento al derecho,

Ese diseño de gobierno, y la determinación de sus alcances con relación a nuestra vida –la de los particulares–, es el que fue concebido para México desde su fundación, desde la llegada de nuestra independencia. El subdesarrollo en que viven millones de compatriotas obedece, quizá, a que desde entonces siempre ha habido intenciones absolutistas que imponen, por la vía coactiva o por la del engaño, presidencialismos, imperios y dictaduras que, infaliblemente, han demostrado ser desafortunados para nuestra historia.

Durante las últimas décadas nuestro país logró separarse de su destino y construyó, para bien de todos los mexicanos, un cúmulo interesante de órganos constitucionales autónomos en los que quedaron depositadas diversas funciones estratégicas, tanto de la política como de la economía nacional.

Éstas, que en otra época orbitaban en el ámbito de atribuciones del Ejecutivo Federal, se sustrajeron del ámbito de las competencias del Presidente para evitar los perjuicios que en su marcha impregnan los intereses electorales propios de su labor.

Por este motivo, podemos con orgullo advertir el nacimiento de verdaderas instituciones, como el Instituto Nacional Electoral, el Banco de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y algunos otros, cada uno dotado de una cualidad que lo vuelve excepcional en el ámbito de las funciones de control público: su autonomía.

Sin que ellos se denominen formalmente “poderes”, vienen a ejercer, junto con aquellos, las tareas que la Constitución encomienda a nuestro gobierno, de ahí que, propiamente, tengan la misma jerarquía y responsabilidades.

Desde el principio del sexenio hemos visto con indomable frustración la manera en que, por las vías de la reforma a la Constitución (en aquellos casos en que las votaciones de los grupos partidistas se consolidaron) o por el camino del sometimiento de facto (a través de la obstinada determinación de no nombrar servidores públicos sucesores o por el ahorcamiento presupuestal), el andamiaje edificado para lograr el funcionamiento de un complejo engranaje de frenos y contrapesos en el que descansa la República, se ha venido a menoscabar.

Ha sido la Suprema Corte de Justicia de la Nación el verdadero bloque de oposición a los excesos activos o pasivos del Presidente de la República, la que ha permitido la salvaguarda de nuestra Constitución. La semana pasada recién se pronunció con relación a la manera en que el INAI debe ya de empezar a funcionar para garantizar la observancia y el cumplimiento a un derecho fundamental de acceso a la información, que pertenece a todos los mexicanos.

La interpretación de la violación constitucional por omisión imputable al Ejecutivo resultó poco ortodoxa; pero no puede dejar de apreciarse la urgente necesidad de tomar medidas desesperadas, con la finalidad de evitar, a como dé lugar, una afrenta a la operatividad de las instituciones que reviste las mismas características.

Esta semana ha tocado a los ministros pronunciarse con relación a un punto que aqueja al propio Poder Judicial de la Federación, y que tiene que ver con la aprobación misma del presupuesto esencial del que depende la satisfacción de sus fines: impartir justicia.

Tanto el Legislativo como el Judicial gozan de autonomía en la organización y administración de su presupuesto. El artículo 100 de la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación deposita en la Suprema Corte de Justicia y en el Consejo de la Judicatura Federal la atribución para diseñar el Presupuesto anual del PJF. Éste, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, está solamente sujeto a criterios generales de política económica, así como a principios de eficiencia, eficacia y transparencia que define la propia Ley, a efecto de hacer congruente la recaudación y el gasto público, en el contexto del Plan Nacional de Desarrollo.

Para nada podría desdeñarse el llamado que nuestros juzgadores hicieron llegar a la Cámara de Diputados para aprobar su presupuesto, pues se trata, nada más y nada menos, que del medio a través del cual se pueda materializar el derecho humano de acceso a la justicia que le corresponde a todos los mexicanos. La aprobación del presupuesto del PJF no constituye un problema que quede restringido al interés personal de los jueces y magistrados del país, es un tema que nos atañe a todos, porque está en nuestro más profundo interés el de poder contar con licenciados en derecho perfectamente preparados y materialmente habilitados para cumplir una función a la que queda muchas veces condicionado el ejercicio de nuestra vida y libertad, nuestro derecho de propiedad y de seguridad jurídica.

Tener en los tribunales del país a jueces y magistrados mal preparados, o mal pagados, no sólo nos enfrenta al riesgo de vernos afectados por resoluciones dictadas con desapego a la adecuada interpretación de la ley, sino a un fenómeno mucho más peligroso: Los jueces desprovistos de recursos necesarios para cumplir su papel con dignidad los hace susceptibles de ser corrompidos, los obliga a perder la cualidad independiente de su función; un problema que pone en riesgo el estado de derecho y, por consiguiente, la vida armoniosa del pueblo de México.

Vendrán muchos discursos en los que se ponga en tela de juicio el hecho de que sea el mismo Poder Judicial de la Federación el que pueda llegar a velar, por los cauces constitucionales, sobre su propio presupuesto. Mal haríamos en no darnos cuenta de que, en esta ocasión, la astringencia presupuestaria contra jueces y magistrados no encuentra otra vía de solución, que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación. Nuestra Carta Magna prohíbe que dos o más poderes queden depositados en una misma persona. Lamentablemente, nadie contempló que en el proceso de evolución de nuestro régimen democrático, Ejecutivo y Legislativo pudieran volver a estar sometidos a un mismo deseo coyuntural. Esperemos que pronto se recupere el orden constitucional y que, al final, la división de poderes se vea restablecida.