¿Por qué la Corte declaró inconstitucional la extinción del FIDECINE? Aquí te lo explicamos

27 de Mayo de 2024

¿Por qué la Corte declaró inconstitucional la extinción del FIDECINE? Aquí te lo explicamos

Primera Sala de la SCJN

SCJN

En noviembre de 2020 un decreto del Ejecutivo federal reformó la Ley Federal de Cinematografía a fin de extinguir el Fondo de Inversión y Estímulos al Cine.

Por unanimidad de votos la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como “inconstitucional” la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine).

Su eliminación fue parte de los más de 300 fondos y fideicomisos que en noviembre de 2020 se extinguieron por decreto presidencial para supuestamente destinar los recursos para la atención de la pandemia por Covid 19; además de señalar una supuesta opacidad en el manejo de los dineros.

La casa productora Springall Pictures promovió un amparo en el que señaló que la extinción del fideicomiso significaba una “medida regresiva” en contra de los derechos humanos de la participación cultural y la libre manifestación de ideas.

El último antecedente sobre el asunto fue la resolución en agosto pasado de la Segunda Sala, con un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán con el que se determinó la inconstitucional de la desaparición del Fidecine, y se ordenó al Congreso restituir los apoyos al cine mexicano conforme a la ley.

Desde 2001 el Fidecine se destinó a la producción, posproducción, distribución y promoción de películas mexicanas. “No se aceptan devoluciones”, opera prima de Eugenio Derbez, “La dictadura perfecta” y “Una película de huevos”, son parte de la lista de alrededor 400 proyectos que fueron posibles con los recursos del fondo.

¿Qué dijo la Corte?

Al resolver el amparo en revisión 594/2022, en el proyecto de la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá se estableció que la eliminación de los fondos aprobada por el Congreso implicó un “retroceso no justificado” en menoscabo de derechos concebidos en la Constitución.

“Con la eliminación del FIDECINE, existe un menoscabo injustificado en los derechos a la participación cultural y de libre manifestación de ideas (…) No se demostró que existiera un mal manejo de los recursos que integran al FIDECINE, ni que faltara a sus obligaciones de transparencia o contabilidad”, señaló el alto tribunal.

Respecto a la creación en 2021 del Fomento al Cine Mexicano (FOCINE), un fondo alterno de 110 millones de pesos, 68% menos de los que contenía el Fidecine, la resolución de la Primera Sala señaló que dichos recursos carecían de las “garantías institucionales” y la “capacidad de permanencia” del fondo anterior.

En agosto pasado, la Segunda Sala ordenó al Congreso a restituir los apoyos en la ley dando como plazo diciembre de 2023, lo cual no ha ocurrido a la fecha.

Aunque el plazo que se estableció en el fallo de la Segunda Sala para que el legislativo garantice los recursos de fomento y promoción del cine mexicano venció en diciembre de 2023.

Con esta nueva resolución que reitera la inconstitucionalidad de la eliminación de los fondos, la discusión tendrá que ser retomada en el Senado de la República. JND

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Fidecine fue incluido por error en redacción: Padierna

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