Con 152 puntos de ozono, activan fase 1 de Contingencia Ambiental

1 de Mayo de 2026

Con 152 puntos de ozono, activan fase 1 de Contingencia Ambiental

Esto se debió a la presencia de un sistema de alta presión que afecta el centro del país, ocasionando viento débil en superficie y escasa dispersión de los contaminantes

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAME) activa fase 1 de Contingencia Ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Este miércoles a las 17:00 horas, se registraron valores de 152 puntos de ozono (156 ppb) en el Índice de Calidad del Aire en la estación Pedregal y 151 puntos de ozono (155 ppb) en la estación Merced, en las alcaldías Álvaro Obregón y Venustiano Carranza respectivamente.

A las 20:00 horas, la CAME anunció que se mantiene la contingencia ya que las condiciones de ozono se mantiene en el Valle de México.

"(Esto) debido a la presencia de un sistema de alta presión que afecta el centro del país, ocasionando viento débil en superficie y escasa dispersión de los contaminantes por la estabilidad atmosférica, así como por las altas temperaturas y radiación solar”, precisó la Comisión.

https://twitter.com/CAMegalopolis/status/1116151336771309568

Restricciones Sector TransporteMañana jueves 11 de abril, deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Todos los vehículos con holograma de verificación 2.
  • Todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación

    NON

    y todos los vehículos con engomado de color verde, terminación de placa de circulación 1 y 2.

  • Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.
  • Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas

    que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento,

    serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.

  • Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.
  • Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación

    NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.EM