Corte aprueba apoyo de GN en tareas migratorias

4 de Diciembre de 2024

Corte aprueba apoyo de GN en tareas migratorias

tareas migratorias

El pleno de la SCJN avaló que los elementos de la Guardia Nacional revisen a extranjeros y resguarden estaciones migratorias

Los elementos de la Guardia Nacional podrán auxiliar al Instituto Nacional de Migración (INM) para resguardar las estaciones migratorias y a quienes se encuentren en ellas, así como revisar los documentos migratorios de personas extranjeras, y ponerlos a disposición de las autoridades en caso de irregularidades.

Así lo determinó la mayoría del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al retomar el análisis de la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión de Derechos Humanos (CNDH) en contra de diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional.

Aunque el proyecto bajo la ponencia del ministro Javier Laynez proponía invalidar la facultad de que guardias nacionales pudieran participar en dichas tareas migratorias, el resto de sus pares coincidió en que dicha corporación sí está facultada para garantizar la seguridad al interior de las instancias migratorias, así como el apoyar en la revisión de la situación migratoria de extranjeros a petición del INM.

Sobre ese punto, el ministro Arturo Zaldívar reiteró que el apoyo de la GN en esas labores implica una “garantía para la seguridad” tanto de las personas migrantes como de los centros migratorios, pues recordó la “tragedia terrible” que implicó el incendio en la estancia migratoria de Ciudad Juárez donde murieron 40 personas y casi una treintena resultaron heridas.

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Al respecto, la ministra Loretta Ortiz refirió que la situación actual del sistema de alojamiento de personas migrantes “enfrenta situaciones adversas”, las cuales han tenido como consecuencia la vulneración de derechos humanos de esa población, por lo que urgió la necesidad de “una reacción frontal y directa por parte del Estado Mexicano”.

En cuanto a otras impugnaciones de dicha ley que también fueron resueltas por el máximo tribunal del país, se invalidó la facultad de la Guardia Nacional para realizar operaciones encubiertas como parte de una técnica de investigación que implica un “método secreto” para averiguar la vida privada de determinadas personas.

Lo anterior al advertir que dicha práctica resulta “desproporcionada” ya que podría implicar violaciones a la privacidad y a la no incriminación, además la posibilidad de obtener pruebas de manera ilícita.

No obstante, por mayoría de votos el Pleno sí avaló el que los uniformados puedan recabar información en lugares públicos, así como realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de internet, y solicitar a la autoridad judicial la intervención de comunicaciones para el mismo fin de prevención.

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