Diputados aprueban reglamento para sesiones semipresenciales

19 de Abril de 2024

Diputados aprueban reglamento para sesiones semipresenciales

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Foto: Cámara de Diputados

Se estipula que los diputados podrán participar en sesiones ordinarias o extraordinarias de manera semipresencial cuando una contingencia sanitaria les impida asistir

Durante el tercer año de ejercicio parlamentario en San Lázaro, los diputados podrán sesionar de manera semipresencial en caso de que por motivo de alguna contingencia sanitaria no puedan asistir físicamente.

Con 395 votos a favor, 12 en contra y nueve abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó expedir el Reglamento para la Contingencia Sanitaria, el cual estará para vigente para el tercer año de actividades legislativas, ya sea para sesiones ordinarias o extraordinarias.

El documento aprobado refiere que los legisladores podrán participar en las sesiones de San Lázaro con el uso de tecnologías digitales, en caso de que alguna contingencia sanitaria les impida asistir de manera física.

https://twitter.com/Mx_Diputados/status/1300984978797363200?s=20

Durante la discusión los diputados aclararon que este Reglamento no pretende sustituir el documento que rige las actividades parlamentarias, sino que se trata de un instrumento con el cual se busca garantizar el proceso legislativo.

El Reglamento aprobado está constituido por 29 artículos y tres artículos transitorios, divididos en capítulos que plasman la vigencia del instrumento y sus objetivos; así como las voces y significados de conceptos del actual marco jurídico; medidas necesarias para prevenir contagios y mantener la salud de los participantes en el quehacer legislativo y administrativo de la Cámara.

Contempla también restricciones cuando la presencia sea física o a distancia, con lo que se da claridad al registro de asistencia y participación tomando en cuenta la contingencia sanitaria persistente.

Se especifica también el tipo de votaciones que se emiten, de carácter presencial y a distancia, así como la aplicabilidad de los derechos y obligaciones de los legisladores. CJG

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