Juez ordena garantizar agua en La Trinitaria, Chiapas
Además, el líquido debe ser suficiente, salubre, accesible y aceptable para su uso personal y doméstico
Como resolución al amparo indirecto 843/2018, un juez federal ordenó a autoridades municipales de la comunidad de Trinitaria en Chiapas garantizar el abasto de agua potable, la cual debe ser suficiente, salubre, accesible y aceptable para su uso personal y doméstico. Lo anterior, se ordenó luego de que “se comprobó que las autoridades han sido omisas en suministrar el vital líquido en condiciones de regularidad e inocuidad que establece la constitución y leyes secundarias”, señala un comunicado. Además, el municipio deberá “tener contratado el servicio de agua y alcantarillado, así como estar al corriente en el pago del servicio, los quejosos no reciben agua”. En esta resolución, el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el estado de Chiapas contempló que “el derecho al agua se vincula estrechamente con el derecho al más alto nivel de salud que debe proveer el Estado. Su suministro y consumo en condiciones de regularidad, suficiencia y salubridad es un componente esencial para el disfrute de la totalidad del resto de los derechos humanos a que debe aspirar un individuo”. Asimismo, se tomaron en cuenta criterios y disposiciones de la Organización Mundial de la Salud y del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. Por ejemplo, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, señala que “el abastecimiento de agua de cada persona debe ser continuo y suficiente”, y que de ser de calidad, es decir, salubre, sin microorganismos o sustancias químicas o radiactivas que puedan constituir una amenaza para la salud de las personas. MM