Juez de Chiapas ordena a padre pago de pensión a hijas
Al preservar el interés de las niñas, el juzgador pidió se ordene el pago inmediato de alimentos
Foto: Cuartoscuro | ArchivoEl juez Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas informa, que ordenó sean restituidos el goce de derechos violados a dos niñas, menores de edad, y se realice el pago de adeudos de su padre por concepto de pensión alimenticia.
Atendiendo al interés superior de las menores, de manera fundada, motivada y congruente, el juzgador ordenó a la jueza primera de lo Familiar, dejar insubsistente el auto de fecha 26 de agosto de 2016, dictado en el juicio de divorcio y alimentos, y resolver a la brevedad la petición de la quejosa y ordene el pago inmediato de los alimentos que se le adeudan.
Ello, atendiendo a la naturaleza y circunstancias especiales ligadas a la necesidad de contar con los recursos suficientes para cubrir las necesidades alimenticias y desarrollo de las menores.
A través de un comunicado se informó que, la quejosa, madre de las dos menores, interpuso el amparo en representación de sus dos menores hijas.
La autoridad jurisdiccional al analizar y resolver el juicio de amparo indirecto, realizó un control de constitucionalidad y convencionalidad en función del principio del interés superior de la infancia y determinó que la juez responsable no tomó en consideración el marco normativo que protege a las menores, representadas en este juicio por su madre.
Adicionalmente, se señala que la juzgadora de origen violó el principio de legalidad al no considerar suficientes las pruebas aportadas por la representante de las menores, consistentes en el estado de cuenta emitido por el jefe de oficina de Consignaciones en el que se reflejan las cantidades que el deudor alimentario ha depositado a favor de sus hijas, suma que a simple vista no cubre la totalidad ordenada en el juicio de divorcio y alimentos.
La sentencia de amparo establece que de las pruebas aportadas, se demuestra que el demandado únicamente deposita cuatro mil 500 pesos, cifra inferior e insuficiente para cubrir las obligaciones que se le impusieron en el referido juicio de divorcio y alimentos, es decir, 13 mil 257 pesos.
Cabe señalar que en el presente juicio de amparo, se reclamó el proceder de la jueza Familiar quien condicionó el cobro de adeudos por alimentos, a que la quejosa previamente pagara la certificación de adeudos en los que ha incurrido su ex marido. EC