La cacería contra el gobierno mexicano

23 de Abril de 2024

La cacería contra el gobierno mexicano

enrique-pena-nieto-felipe-calderon

George Soros acompaña una lucha legal contra la impunidad en desapariciones y asesinatos

Las cartas están sobre la mesa, y la ruta para llevar a juicio al Estado mexicano por crímenes de lesa humanidad es posible y casi finaliza su construcción. El andamiaje legal en busca de justicia por los desaparecidos, asesinatos y torturas cometidos en las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto se nutrió en los últimos años con la participación directa e indirecta de, al menos, 100 organizaciones defensoras de Derechos Humanos.

El armazón de esta estrategia la articula y financia desde hace cinco años la fundación Open Society, creada y dirigida por el filántropo y multimillonario, George Soros. El primer gran esbozo de esa ruta ocurrió con la presentación del informe Atrocidades innegables: Confrontando crímenes de lesa humanidad en México, en el que se traza el sustento legal que, a juicio de especialiastas, se constituye como una base jurídica sólida para el enjuiciamiento de los responsables de “crímenes atroces” ante la Corte Penal Internacional. En la estrategia diseñada por las organizaciones sólo falta acumular más información que documente los actos sistemáticos de violaciones a derechos humanos en el país, así como de la impunidad que les rodea por lo que necesitan un poco más de tiempo. José Antonio Guevara, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), y colaborador del documento presentado en junio de 2016, explica que uno de los argumentos es que las desapariciones, ejecuciones y actos de tortura cometidos por funcionarios de las fuerzas armadas y policías en México, a partir de diciembre de 2006, cuando se declaró la guerra contra el narcotráfico, no sean tratados como hechos aislados. ES DE INTERÉS | George Soros, el filántropo influyente Los funcionarios no sólo “actúan de manera regular en el contexto de las atribuciones que les son propias, sino que esos forman parte de un plan o política, es decir, estructurar las desapariciones, torturas y ejecuciones sirven para adelantar una política de seguridad por parte de instituciones del Estado e implica que esos delitos forman parte de la estrategia de seguridad”, acusó. Un año después de la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal de Ayotzinapa, el gobierno mexicano que monitoreaba el trabajo de organizaciones civiles, nacionales e internacionales, comenzó a reportar en la Secretaría de Gobernación la intención de conformar un frente para llevar al Estado mexicano a los tribunales por la violación sistemática a los derechos humanos y la ausencia de justicia. En ese momento y a lo largo de varios meses no se encendieron las alertas, pues la recomendación de los asesores de Enrique Peña Nieto fue que no existían las condiciones legales para lograrlo. Cuando se dio a conocer el documento financiado por Open Society, el gobierno mexicano no hizo pronunciamiento público alguno. Sin embargo, las áreas jurídicas comenzaron una primera revisión del informe para determinar si existía un sustento que conformara un caso legal en tribunales internacionales. Funcionarios de primer nivel reconocieron a ejecentral que sí encontraron elementos y existe preocupación en Los Pinos, por lo que la consejería jurídica del Ejecutivo, que encabeza Humberto Castillejos Cervantes, comenzó a contar con la asesoría de un despacho de abogados externo, del que se tiene el nombre en total reserva, para definir las opciones jurídicas que tiene el gobierno de Peña Nieto ante la eventual presentación del caso en la Corte Penal Internacional. El nombre del despacho no fue revelado y su contratación no aparece registrada en los contratos de la Presidencia de la República, por lo que pudo haberse concretado de manera personal o con un rubro distinto, comentaron las fuentes consultadas.

›También se exigió a las áreas de inteligencia integrar la información que permita alertar de los riesgos por acciones de las organizaciones. Y así comenzaron a dar mayor seguimiento al trabajo de personajes y asociaciones vinculadas con la fundación de Soros, como David Fernández Dávalos, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Mario Ernesto Patrón Sánchez, Araceli Damián González, Santiago Aguirre Espinosa y Santiago Corcuera Cabezut, entre otros.

Hipocresía política

pf-5586101012pre5bf-1-d Uno de los puntos centrales del documento Atrocidades Innegables es que consideran que “esos crímenes que se cometen en México son de competencia de la Corte Penal Internacional (CPI), debido al incumplimiento del Estado con su función de castigar a los responsables, es decir, el informe permite ver que México no está cumpliendo con su deber de sancionar a los responsables por lo cual se activa o se permite ver el principio de complementariedad de la Corte Internacional”, señaló el titular de la CMDPDH.

El informe debe servir a la Corte para determinar la apertura de un examen preliminar sobre México y allegarse de mayor información sobre los alcances de los crímenes que se han cometido y sobre la responsabilidad de los más altos funcionarios del Estado y de las organizaciones criminales que cometen estos actos. Nosotros y otras organizaciones nos hemos encargado de que la CPI reciba todos los informes que se han generado desde hace unos años en el que se reserva la comisión de crímenes de lesa humanidad en México”, aseguró Guevara Bermúdez.

Desde diciembre de 2006 hasta 2015, más de 150 mil personas fueron asesinadas, y las estadísticas oficiales sobre homicidios no consideran la constante aparición de fosas clandestinas; aunado a la cifra oficial de 26 mil personas desaparecidas en el país que ha sido duramente criticada. En ese contexto, documentar los casos es un camino extenso y complejo, pero posible, de acuerdo al cálculo que han hecho las organizaciones que encuentran un punto común de encuentro: no habrá justicia y no cesarán las violaciones a los derechos humanos si no se actúa de manera coordinada, se agotan los recursos y se llega a un tribunal internacional. Andrés Marcelo Díaz Fernández, excoordinador del área de defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), sostuvo que el explorar las vías para hacer investigaciones y en su caso peticiones o denuncias por crímenes de lesa impunidad en nuestro país es algo que en el papel jurídico es dable y razonable. No obstante, reconoció que entorno hay muchos factores políticos y sociales que provocan en algunas situaciones que ese tipo de denuncias no se consideren.

El tema es totalmente prioritario y es en el que se está trabajando desde hace mucho tiempo, la cuestión es la vía de justiciabilidad. Tienen que haber procedimientos internos previos que denoten la impunidad y falta de justicia que persisten en el país, y si en algo se han caracterizado los últimos gobiernos, además de la comisión y participación en la violación a derechos humanos, es la estrategia de alargue y desgaste hacia las víctimas y otros sectores comprometidos con los temas de justicia y protección de los derechos humanos”, dijo en entrevista.

Díaz Fernández consideró que el informe de Open Society sitúa los pasos con buena documentación sobre los acontecimientos recientes que sí cumplen con lo estipulado en la legislación internacional para considerar que los delitos señalados como crímenes de lesa humanidad son generalizados y sistemáticos. “Ya después, quizá, si la intención es poder ir viendo las estrategias o construir los procesos de justicia, si es una justicia internacional o nacional, lo importante es la búsqueda de la justicia. De lo que se trata es de ir viendo caso por caso, cuál es la estrategia específica que se puede ir instaurando, todo se debe construir a partir de los casos, de lo que quieran incluso las víctimas, pero también de dónde se podría tener una justicia más pronta, más rápida. Más real”. Para el investigador del Centro de Análisis e Investigación Fundar, el hecho de que peticiones y denuncias ante instancias internacionales fueran rechazadas se debe a la política y estrategia del Estado mexicano, pues México “es de los países que más firma y ratifica tratados de derechos humanos, tiene bastantes unidades de derechos humanos, es decir que tiene mucha experiencia en el tema general porque firma todo, crea instituciones, comisiones, leyes pero en la práctica es una situación aberrante, y cuando llegan estos casos a una corte penal internacional, es esa política de Estado la que los frena. Es un claro proceso de simulación e hipocresía política”, acusó.

Antes de 2018

En su informe Atrocidades innegables, la organización fundada por el magnate Soros en 1993, se apunta la ruta legal más sólida hasta ahora encontrada por las organizaciones para el enjuiciamiento penal del Estado mexicano por crímenes de lesa humanidad en la Corte Penal Internacional. El documento, que contó con la colaboración de organizaciones civiles de derechos humanos como la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, I(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho y Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC), se enfoca en la comisión de esos delitos en el período de nueve años transcurridos el periodo que comprende el 1 de diciembre de 2006 al 31 de diciembre de 2015. El documento examina tres tipos de crímenes atroces: asesinatos, desapariciones, tortura y otros tipos de maltrato. Argumenta que existe la información necesaria y veraz que indican numerosas violaciones al derecho internacional en materia de derechos humanos perpetradas por el gobierno federal. En particular, indica que el gobierno parece haber aplicado una política de uso indiscriminado y extrajudicial de la fuerza, incluidos esos ilícitos contra la población civil en sus esfuerzos por combatir la delincuencia organizada. Señala que dichas violaciones también son cometidas por miembros del cártel de los Zetas, grupo criminal que ha adoptado una política de infundir terror entre comunidades y grupos antagónicos con el objetivo de controlar el territorio y obtener ganancias. El análisis de Open Society Justice Initiative y los organismos participantes sugiere que las acciones cometidas por los agentes federales mexicanos contra supuestos miembros del crimen organizado constituyen crímenes de lesa humanidad, en términos de lo dispuesto en el artículo 7 del Estatuto de Roma. Y, al aplicar los criterios utilizados por la CPI, existe evidencia de que el gobierno mexicano inició una política de uso indiscriminado y extrajudicial de la fuerza como parte de su estrategia de seguridad, dando como resultado que la intensidad y los patrones de violencia registrados desde diciembre de 2006 a la fecha constituyen pruebas fehacientes de los asesinatos, desapariciones forzadas y torturas perpetradas tanto por actores gubernamentales como criminales. Es entonces que el camino legal que se deberá transitar para procesar delitos de lesa humanidad en tribunales internacionales se apega al artículo sexto del Código Penal Federal que indica que cuando se cometa un delito no previsto en este código, sí se aplican en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México. Tal es el caso, y cita el informe, del estatuto de Roma, es uno de tratados firmados por México, ratificado en 2005, al cual se apegaría conforme a derecho penal internacional. Toda vez que en su artículo quinto señala los crímenes que son de la competencia de la Corte Penal Internacional por su trascendencia para la comunidad internacional, entre los que se encuentran los crímenes de lesa humanidad; mientras que el artículo séptimo señala que se entenderá por “crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

Sí tenemos contextos de crímenes de lesa humanidad, sí se cometen esos delitos, pero aunque ha habido apertura de averiguaciones previas o investigaciones no ha habido nada de justicia. Tenemos el caso de los crímenes de Estado cometidos durante el periodo de la guerra sucia, en donde inclusive se crearon mecanismos de supuesta justicia transicional, pero no llegaron a ningún resultado, porque aunque existan instituciones ideadas para atender crímenes de lesa humanidad en México, la experiencia nos dice que eso no se atiende”, reconoció Marcelo Díaz.

De acuerdo con la información recogida por el organismo, el panorama de esa situación se refleja con nueve mil 401 denuncias por tortura y malos tratos que recibió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) entre enero de 2007 y diciembre de 2015. Con todo, las cifras de ese organismo y muchos otros casos que han sido documentados por organizaciones de la sociedad civil sugieren que se trata de prácticas generalizadas que incluyen el uso rutinario de torturas y malos tratos por parte de la policía, las fuerzas armadas y los ministerios públicos para obtener confesiones y testimonios bajo coerción que ellos mismos y muchos jueces mexicanos aceptan como evidencia. Según las cifras gubernamentales disponibles entre 2006 y el final de 2014, se habían realizado mil 884 investigaciones federales por tortura con sólo 12 acusaciones y ocho sentencias. En los casos de tortura entre enero de 2007, hasta abril de 2015, se produjeron seis condenas. Ante ese panorama Open Society cuestiona sobre si algunos de estos actos, cometidos de conformidad con una política de la lucha anticrimen “a costa de cualquier precio” y, tras la carencia de rendición de cuentas o de un marco regulatorio adecuado en relación con el uso de la fuerza, constituyen crímenes de lesa humanidad. Y deja claro que “La posibilidad de establecer responsabilidades ante la CPI no deja de ser una opción si México sistemáticamente sigue sin investigar y procesar crímenes atroces.”

El objetivo de este informe no es que se inicie una intervención de la CPI en México, sino que los autores de estos crímenes atroces puedan ser enjuiciados con todo el peso de la ley, independientemente de su origen, en su propia jurisdicción. Esto es especialmente importante si se considera que esta violencia es perpetrada por las fuerzas de seguridad del Estado, cuyo deber es combatir el delito, no cometerlo, señala Open Society Justice Initiative.

A decir de Andrés Marcelo Díaz, “esta vía internacional ya sea la interamericana o universal van a tener una aparición cuando en casos concretos se haya fracaso totalmente por parte del Estado. No es que las organizaciones estemos considerando a priori meter denuncias por crímenes de lesa humanidad, pero no significa que no existan, claro que sí existen estos crímenes en nuestro país”.

Mientras que Antonio Guevara afirmó que “el objetivo de dar comunicación de nuestro trabajo a la CPI no es llevar a juicio al presidente Peña Nieto o al ex presidente Calderón, sino que la fiscalía de la CPI investigue y vea si en efecto pudiera haber responsabilidad y hasta qué nivel la responsabilidad de los funcionarios del estado llega, eso tomara tiempo y requerirá que la fiscalía haga todos los ejercicios que se desempeñen y desplieguen todo su potencial”.

Aunque hace esta aclaración el documento y de los activistas, ejecentral consultó en los últimos meses a por lo menos siete fuentes distintas e involucradas directa o indirectamente con el andamiaje jurídico, y confirmaron que la estrategia que se ha discutido en las últimas reuniones —más de una decena, sostenidas en las universidades Autónoma de México, Iberoamericana, Autónoma Metropolitana— además de instalaciones de las organizaciones a las que acuden juristas, investigadores, profesores y defensores de derechos humanos, es documentar los casos, agotar todos los recursos en los próximos dos años y ante la impunidad que prevén, dirigirse a la Corte Penal Internacional antes de que concluya 2018.

Pasos a seguir

En el contexto del Estatuto de Roma, el procedimiento que sigue para la resolución de algún caso ante la Corte Penal Internacional se estructura en tres fases:

  • El examen preliminar del caso
  • La fase de investigación y enjuiciamiento
  • El juicio oral ante la Sala de Primera Instancia y concluye con la emisión de una sentencia. Contra esta última se pueden interponer dos recursos impugnatorios: una apelación y el de revisión, en caso de tener conocimiento de nuevos hechos.

El Precedente

La posibilidad de un enjuiciamiento al Estado mexicano y a los funcionarios involucrados abrió una sentencia sobre tortura en Sinaloa. Emitida a finales de julio pasado en una sentencia de amparo del Poder Judicial de la Federación, abre la puerta al ajuste de cuentas de los crímenes de lesa humanidad durante la llamada “guerra sucia” y posibilita que las desapariciones ocurridas desde 2006 a la fecha no queden en el olvido.

En su resolución del juicio de amparo 227/2013, la titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Penal, Luz María Ortega Tlapa, se vale de la reforma al artículo primero de la Constitución de 2011, así como de determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para recurrir a tratados internacionales firmados por México –que dan lineamientos a los titulares del Ministerio Público– a fin de agotar las investigaciones en torno a la tipificación de delitos de lesa humanidad: la desaparición forzada y la tortura, considerados imprescriptibles.