La vacunación es para todos

4 de Noviembre de 2025

La vacunación es para todos

Las denuncias por actos discriminatorios de los llamados servidores de la Nación en la jornada de vacunación contra extranjeros mayores de 60 años que han acreditado su estancia en el país señalan una violación a la Constitución y pueden generar conflictos diplomáticos

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La campaña de vacunación para reducir la transmisibilidad y mortalidad de la enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2 en adultos mayores de 60 años inició el pasado 15 de febrero. Los problemas y limitaciones de dicha campaña son conocidos y han sido constantemente divulgados: escasez de vacunas, dificultades de registro, implementación accidentada de los centros de vacunación, falta de información y capacitación de los servidores de la Nación, tratamiento indebido de datos personales, entre otros.

Con el paso de los días, problemáticas adicionales han surgido con relación a la vacunación de adultos mayores. Uno de ellos ha sido el que se ha publicado en algunos medios, relacionado con la negativa de algunos centros de vacunación de aplicar la dosis correspondiente a las personas nacidas en otros países.

Si bien el pasado 8 de enero, el doctor José Luis Alomía, director general de Epidemiología, señaló que el gobierno de la República aplicaría de manera gratuita la vacuna a los extranjeros que residan en nuestro país, desafortunadamente existe un número creciente de denuncias que señalan que en algunos centros de vacunación se ha negado el acceso a la vacuna a personas con estas características.

La “Política nacional rectora de vacunación contra el SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México” en su versión 4.0, establece un orden de prelación en la aplicación de vacunas que en ninguna circunstancia excluye a las personas nacidas en otro país. No obstante, al desarrollar cómo se llevará a cabo la segunda etapa —en la que nos encontramos— se explica que el “objetivo es lograr la cobertura de toda la población mexicana”.

En este sentido, es importante recordar que nuestra Constitución reconoce a todas las personas el goce de los derechos humanos contenidos en ella —entre los que se encuentra el derecho a la salud— y prohíbe todo tipo de discriminación motivada por origen étnico o nacional.

Vamos a vacunar a todos los que estén en territorio nacional, es decir, extranjeros que estén residiendo en México por cuestiones laborales, educativas o por algún otro tipo.José Luis Alomía director de Epidemiología de la Secretaría de Salud. 8 de enero de 2021

Así, conforme a nuestro marco jurídico vigente, en específico los artículos 1º y 4º de la Constitución, la pertenencia a la categoría jurídica de “población mexicana”, no depende de un criterio de nacionalidad ni de residencia, sino de ubicación geográfica dentro del territorio nacional, delimitado a su vez por el artículo 42 del mismo ordenamiento. Por ello, no existen razones jurídicamente justificadas para excluir de recibir la vacuna a las personas no nacidas en México, que cumplan con el criterio de ser mayores de 60 años.

Los datos del INEGI reportan que en nuestro país viven aproximadamente 1,212,252 personas nacidas en otros países. Restringir el acceso a la vacuna a este grupo de población no solo es contrario a la propia Política Nacional de Vacunación; también es violatorio de derechos humanos.

Por lo tanto, puede ser sumamente valioso que la Secretaría de Salud y autoridades locales ofrezcan manuales o guías y capaciten tanto a los servidores de la Nación, como a los integrantes del operativo correcaminos, para que éstos no incurran en actos discriminatorios que pudieran traducirse en conflictos diplomáticos para el Estado mexicano o motiven la presentación de juicios de amparo en que se exija la protección del derecho a la salud de los extranjeros que residen en nuestro país.

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