Ley de Educación Superior reglamentará escuelas privadas

29 de Abril de 2024

Ley de Educación Superior reglamentará escuelas privadas

Aspectos de la Universidad Autónoma de Guerrero, duranter el paro nacional Un Día Sin Nosotras.

ACAPULCO, GUERRERO, 09MARZO2020.- Aspecto durante este día de escuelas de la Universidad Autónoma de Guerrero en donde todas las mujeres (alumnas, maestras y administrativas) se unieron al paro nacional de mujeres, la mayoría de las escuelas suspendieron labores antes de medio día, al encontrarse las escuelas casi vacías. FOTO: CARLOS ALBERTO CARBAJAL/ CUARTOSCURO.COM

/

Carlos Alberto Carbajal/Carlos Alberto Carbajal

ACAPULCO, GUERRERO, 09MARZO2020.- Aspecto durante este día de escuelas de la Universidad Autónoma de Guerrero en donde todas las mujeres (alumnas, maestras y administrativas) se unieron al paro nacional de mujeres, la mayoría de las escuelas suspendieron labores antes de medio día, al encontrarse las escuelas casi vacías. FOTO: CARLOS ALBERTO CARBAJAL/ CUARTOSCURO.COM
FOTO: CARLOS ALBERTO CARBAJAL/ CUARTOSCURO.COM

La ley promovida en el Senado reconoce la labor educativa de las instituciones privadas, pero las obliga a contar con certificaciones de validez oficial

La Ley General de Educación Superior fue turnada a comisiones, cuyo proyecto forma parte del artículo 3 de la Constitución, que entre sus facultades busca reglamentar las obligaciones de las instituciones de educación superior privadas y reforzar la autonomía de las Universidades.

De acuerdo con el anteproyecto, la ley busca establecer las bases para que el Estado garantice el ejercicio de derecho a la educación superior, así como contribuir al desarrollo del país, mediante la formación de profesionales.

Además de regular la participación de los sectores público, social y privado en la educación superior y dotar de todas las facultades conferidas por la ley para todas aquellas universidades a las que se les otorgue la autonomía.

Esta ley reglamenta que se deberá garantizar el acceso a la educación superior a toda persona que acredite el certificado de bachillerato o equivalente, la terminación de estudios correspondientes al tipo medio superior y que cumpla con los requisitos de las instituciones de educación superior.

https://www.ejecentral.com.mx/ipn-y-unam-destacan-en-ranking-de-shanghai/

La nueva legislación reconoce la labor de los particulares en la educación superior, por lo que se suscriben garantías que serán aplicables siempre y cuando las instituciones cumplan con disposiciones legales.

Se reconoce la libertad de definir su modelo educativo, así como su organización interna y administrativa, como lo son el fijar sus disposiciones de admisión, permanencia y egreso.

“Los particulares podrán impartir educación del tipo superior considerada como servicio público en términos de esta Ley, en todos sus niveles y modalidades, con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios”, señala la ley.

Se indica además que toda institución privada que obtengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en términos de esta ley, deberán registrarse ante la autoridad en materia de profesiones.

No podrán impartir estudios denominados como técnico superior universitario, profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, aquellas instituciones que no cuenten con certificación de validez oficial de estudios o su admisión a trámite u ostentarlos sin haberlos obtenido.

De in cumplir con lo dispuesto con la ley, las instituciones podrán hacerse acreedoras a una multa que van desde 100 y hasta máximo de siete mil veces de la unidad de Medida y Actualización, en el día en que se cometa la infracción por infringir los artículos 9 y 10 de esta ley, sobre los fines de la educación superior y la elaboración de criterios en materia de educación superior.

Otra multa podrá producirse por un monto mínimo de 7 mil 001 y de hasta 15 mil veces la Unidad de Medida de Actualización, en la fecha en que se cometa la infracción por contravenir la disposición para asignación de becas y condicionar la prestación del servicio público de educación. CJG

ES DE INTERÉS |

https://www.ejecentral.com.mx/unam-nanovacuna-contra-covid-19/