Avanza reforma al Poder Judicial para posponer la elección hasta 2028: estos son los principales cambios de la iniciativa

27 de Mayo de 2026

Avanza reforma al Poder Judicial para posponer la elección hasta 2028: estos son los principales cambios de la iniciativa

Aprobaron en lo general los diputados el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de reforma al Poder Judicial

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Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro
| Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma al Poder Judicial, por lo que posterga de 2027 a 2028 la elección judicial.

Mañanera Lunes Reforma al Poder Judicial
La presidenta Claudia Sheinbaum anuncio que se enviara una iniciativa para mover la elección del poder judicial del 2027 al domingo 4 de junio de 2028. / Foto: Moisés Pablo Nava/ Cuartoscuro

Durante el Periodo Extraordinario del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXVI Legislatura, las y los diputados aprobaron por mayoría calificada de 341 votos a favor, 124 en contra y cero abstenciones el aplazamiento la elección judicial a 2028.

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Estos son los principales cambios de la iniciativa a la reforma al Poder Judicial

Con la mayoría calificada se aprobó en lo general el dictamen de reforma constitucional para aplazar la siguiente elección judicial de 2027 hasta el primer domingo de junio de 2028. Por lo que la revocación de mandato se realice el primer domingo de junio del año que corresponda de forma coincidente con las jornadas electorales, federal o locales.

Entre los principales cambios que se emitió documento se deriva del análisis de una iniciativa de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y de diversas propuestas de diputadas, diputados, senadoras y senadores de Morena, PAN y MC, reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 94, 96, 98, 100, 116 y 122 de la Constitución Política.

Por lo que se determina que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno y en dos secciones.

Asimismo, se establece que el Senado de la República publicará la convocatoria para la integración del listado de candidaturas a más tardar el treinta de abril del año anterior al de la elección judicial que corresponda.

Asimismo, se fortalece y hace más eficiente la operación de los Comités de Evaluación. Por ello, cada Poder integrará un Comité de Evaluación conformado por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica, quienes elegirán de entre sus integrantes a la persona que coordine sus trabajos.

Se presentaron las primeras impugnaciones de los resultados elección judicial
Votos de la jornada del pasado 1 de junio en la elección judicial / Foto: INE México

Reforma Judicial: Se creará una Comisión Coordinadora; de esto va

De acuerdo al comunicado de la Cámara de Diputados, las personas coordinadoras de los tres Comités crearán una Comisión Coordinadora, responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de las personas participantes, establecer criterios y metodologías homologadas de evaluación, selección y exámenes de conocimientos, y emitir acuerdos que regulen los trabajos de los tres Comités.

Además, cada Comité seleccionará, conforme a los criterios definidos por la Comisión Coordinadora, a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

Los Comités de Evaluación integrarán un listado de las cuatro personas mejor evaluadas para cada cargo. Posteriormente, depurarán dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo a dos personas para cada cargo.

Los Comités garantizarán la paridad de género en el listado de personas a insacular por especialidad y circuito judicial, de ser aplicable. Asimismo, observarán la paridad de género en el listado de propuestas posterior a la insaculación.

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Proceso electoral del Poder Judicial: ¿Qué cargos se renovarán para 2028?

Durante el proceso electoral del Poder Judicial, se renovarán cuatro magistraturas electorales de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 464 magistraturas de Tribunales Colegiados de Circuito; 386 juezas y jueces de Distrito y, en los Poderes Judiciales locales, 424 magistraturas y 2 mil 831 juezas y jueces de 25 estados.

Cabe mencionar que las personas juzgadoras concluirían su encargo en el año de la elección ordinaria de 2027 permanecerán en funciones hasta 2028, concluyendo su encargo en la fecha en que tomen protesta las personas que emanen de la elección judicial respectiva.

Reforma al Poder Judicial: ¿Qué hará el INE con las nuevas modificaciones?

En tanto, el Instituto Nacional Electoral (INE) dividirá cada circuito judicial en los distritos judiciales necesarios para que, en ese ámbito territorial la ciudadanía pueda elegir una candidatura por cada especialidad que corresponda a su circuito judicial de entre las propuestas que formule cada Poder y, en su caso, de las personas juzgadoras en funciones en el cargo a elegir.

El INE generará una lista de candidaturas por especialidad en cada circuito judicial donde distinguirá el Poder postulante y el género.

Posteriormente, en acto público, asignará aleatoriamente las candidaturas que correspondan a cada distrito judicial, garantizando que los Poderes postulen en cada distrito a dos personas del mismo género por especialidad.

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El INE realizará en cada elección judicial las modificaciones necesarias al marco geográfico electoral para adecuar los distritos judiciales al número de cargos y especialidades a elegir por circuito.

Boleta para la elección judicial.
Boleta para la elección judicial. / Cuartoscuro

Finalmente, las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado de la República el primero de septiembre de 2028. El órgano de administración judicial adscribirá a las personas electas al órgano judicial que corresponda a más tardar el quince de septiembre de dicha anualidad.

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