Boletas planchadas no contarán en elecciones de 2027: ¿qué son y qué ordenó el TEPJF al INE?
El Tribunal Electoral ordenó excluir las boletas sin marcas de doblez y modificar las reglas del INE para los cómputos de las elecciones de 2027.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles 7 de octubre que las llamadas “boletas planchadas” no deberán contabilizarse en la votación, una vez que se acredite que carecen de las marcas de doblez necesarias para introducirlas en la urna.
Por unanimidad, el Tribunal revocó parcialmente el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre los cómputos del proceso electoral federal 2026-2027 y ordenó ajustar sus lineamientos. Las autoridades deberán conservar esas papeletas separadas de las que sí sumen a los resultados.
¿Qué son las boletas planchadas y por qué no contarán?
El término “boletas planchadas” identifica a las papeletas que aparecen sin las marcas de los dobleces necesarios para depositarlas en una urna.
El argumento jurídico parte del procedimiento que establece la legislación electoral: la persona recibe la boleta, marca su elección, dobla el papel y lo introduce en la urna. El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña explica que esa secuencia permite relacionar la papeleta con el ejercicio auténtico del voto.
Bajo ese criterio, la falta de las marcas necesarias para introducirla impide reconocerla como un sufragio emitido conforme al procedimiento legal. Por ello, una vez constatada esa condición, la boleta no debe incorporarse a los resultados.
¿Qué permitían los lineamientos del INE para las elecciones de 2027?
El Consejo General del INE aprobó el 3 de septiembre de 2026 los lineamientos para preparar y desarrollar los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal de las elecciones federales.
El procedimiento contemplaba registrar y separar las boletas sin dobleces, pero permitía que el pleno del Consejo Distrital analizara los elementos disponibles y decidiera si correspondía contarlas.
Si el consejo optaba por incluirlas, debía aplicar después las reglas ordinarias para clasificar el voto como válido o nulo. Esa posibilidad de contabilizarlas originó la controversia que llegó al Tribunal Electoral.
Los partidos PAN, PRI, Movimiento Ciudadano, SOMOS y PAZ presentaron recursos contra el acuerdo. Entre sus cuestionamientos señalaron la falta de criterios objetivos y uniformes para resolver el tratamiento de esas papeletas, según el proyecto del expediente SUP-JDC-473/2026 y acumulados.
¿Quién identificará las boletas sin doblez?
La resolución establece dos momentos para determinar esa condición:
- En el escrutinio de casilla: corresponde, por regla general, a las personas que integran la mesa directiva.
- Durante un recuento: excepcionalmente, los consejos distritales podrán identificarla al realizar un nuevo conteo parcial o total.
El INE deberá incorporar el criterio a sus lineamientos: cuando se acredite que una boleta carece de las marcas de doblez necesarias, no podrá sumarse a la votación y deberá mantenerse separada de las papeletas computadas.