¿El lunes 17 de noviembre es feriado? Esto te deben pagar si lo trabajas de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo

15 de Noviembre de 2025

¿El lunes 17 de noviembre es feriado? Esto te deben pagar si lo trabajas de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo

Este pago por trabajar el próximo lunes es obligatorio y debe verse reflejado en el recibo de nómina

Aspectos de monedas y billetes.

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 12NOVIEMBRE2020.- Aspectos de monedas y billetes. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

/

Crisanta Espinosa/Crisanta Espinosa

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 12NOVIEMBRE2020.- Aspectos de monedas y billetes
Crisanta Espinosa/Crisanta Espinosa

El próximo lunes 17 de noviembre de 2025 se conmemora en México un aniversario más de la Revolución Mexicana, fecha que la Ley Federal del Trabajo (LFT) considera como día de descanso obligatorio. Aunque se integra comúnmente a los llamados fines de semana largos, diversos centros de trabajo —como restaurantes, cines, plazas comerciales y tiendas— continúan operaciones debido a sus necesidades de servicio.

Te puede interesar:¿Qué se celebra el 17 de noviembre en México y por qué no habrá clases el lunes?

Para estos casos, la LFT es clara: toda persona que labore en un día de descanso obligatorio debe recibir un pago triple, sin excepción y sin importar el tipo de contrato que tenga. Esto abarca desde trabajadores por tiempo indeterminado hasta eventuales, por obra, temporada o jornada reducida.

¿Cómo se calcula el pago triple?

El fundamento se encuentra en el artículo 74 de la LFT, que establece que el tercer lunes de noviembre se considera descanso obligatorio. Si el trabajador presta sus servicios ese día, el patrón debe cubrir el pago correspondiente de la siguiente manera:

  • Salario diario normal que se paga, aunque la persona no trabaje.
  • Un salario doble adicional por trabajar en un día de descanso obligatorio.

También puedes leer:¿Cuándo empiezan las vacaciones de invierno 2025? La SEP confirmó las fechas oficiales

En total, el trabajador debe recibir tres veces su salario diario por haber laborado el 17 de noviembre.

Este pago es obligatorio y debe verse reflejado en el recibo de nómina, debidamente timbrado y señalado como “Día de descanso obligatorio laborado”, tal como lo marcan los lineamientos vigentes del CFDI de nómina.

¿Cuánto corresponde si ganas el salario mínimo?

Para 2025, el salario mínimo en México está dividido en dos zonas:

  • Zona de Salario Mínimo General (SMG): $278.80 diarios
  • Zona Fronteriza Norte (ZFN): $419.88 diarios

El pago triple para quienes laboren el 17 de noviembre sería:

  • Zona General $278.80 × 3 = $836.40 pesos
  • Zona Fronteriza Norte $419.88 × 3 = $1,259.64 pesos

En caso de que el trabajador perciba un salario mayor al mínimo, el cálculo es igual de directo. Por ejemplo, si gana $500 pesos diarios, el pago total debe ser de $1,500 pesos por trabajar en esta fecha.

¿Qué hacer si no te pagan lo que establece la ley?

Si el empleador no realiza el pago triple o lo hace de forma incorrecta, la persona trabajadora puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Este organismo ofrece asesoría, acompañamiento y apoyo para iniciar procesos de conciliación.

La Profedet también puede intervenir si el centro de trabajo condiciona la asistencia, amenaza con sanciones o intenta compensar el día obligatorio con descansos no autorizados por la ley. Por ello, se recomienda conservar recibos de nómina, contrato, comprobantes de pago y cualquier evidencia de la relación laboral.

empleados.jpg
Personas trabajan en la confección de ropa dentro de la Plaza Mixcalco / Foto ilustrativa. Archivo Cuartoscuro

Seguir leyendo:Cuándo será Semana Santa 2026 y cómo aprovechar los días feriados para planear tus vacaciones

Otros días festivos oficiales en México

Los días de descanso obligatorios contemplados en la legislación mexicana son:

  • 1° de enero
  • Primer lunes de febrero (por el 5 de febrero)
  • Tercer lunes de marzo (por el 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez)
  • 1° de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre (Revolución Mexicana)
  • 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes electorales en jornadas electorales ordinarias

Yf