Emplacamiento scooters CDMX 2026: fecha límite para evitar multas y hasta remisión al corralón; costo de placas y licencias
La nueva regulación obligará a conductores de scooters eléctricos a contar con placas, tarjeta de circulación y licencia tipo A1 o A2
Los scooters y motos eléctricas en CDMX deberán ser emplacados antes de la siguiente fecha para evitar multas, pérdida de puntos en la licencia e incluso remisión al corralón
/Foto: Imagen Ilustrativa | Google Gemini
Si tienes un scooter eléctrico, una moto eléctrica u otro Vehículo Eléctrico Motorizado Personal (VEMEPE) en la Ciudad de México, deberás realizar el trámite de emplacamiento antes de la fecha límite establecida para 2026.
De no hacerlo, podrías enfrentar multas económicas, pérdida de puntos en la licencia e incluso la remisión de la unidad al corralón.
Por ello, autoridades capitalinas ya definieron las fechas clave, costos y nuevas obligaciones para quienes utilizan este tipo de transporte en la capital.
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¿Cuáles vehículos eléctricos necesitan emplecamiento en 2026?
Las nuevas reglas forman parte de las modificaciones recientes a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de la CDMX, con las que se busca regular el uso de scooters y motos eléctricas que han aumentado de manera importante en los últimos años.
De acuerdo con el decreto publicado en la Gaceta Oficial, todos los vehículos de dos o más ruedas con acelerador independiente, velocidad superior a 25 kilómetros por hora y motor eléctrico de entre 250 watts y 1 KW deberán contar con placas, tarjeta de circulación y licencia de conducir vigente.
Las autoridades precisaron que estas disposiciones aplican específicamente para los llamados VEMEPE.
En contraste, los vehículos con menor potencia o velocidad serán considerados Vehículos Eléctricos Personales (VEP), por lo que únicamente necesitarán portar un holograma de identificación y seguir reglas básicas de circulación.
🤔¿Sabes si tu vehículo es un VEMEPE? Estás son sus características👀 pic.twitter.com/ENj9qDzo2E
— Secretaría de Movilidad CDMX (@LaSEMOVI) September 13, 2025
¿Cuál es la fecha límite para emplacar scooters en CDMX?
Las personas que adquirieron su scooter o moto eléctrica antes de mayo de 2026 tendrán hasta el 20 de noviembre de 2026 para completar el trámite de control vehicular y regularizar su situación.
En tanto, quienes compren uno de estos vehículos a partir de julio de 2026 deberán registrarlo de manera obligatoria desde el momento de la compra.
Las fechas oficiales quedaron definidas así:
A partir del 1 de julio de 2026:
Los vehículos nuevos deberán venderse ya emplacados
Inicia el registro y trámite para vehículos existentes
Desde el 1 de septiembre de 2026:
Comenzarán revisiones y advertencias por parte de agentes de tránsito
Hasta el 20 de noviembre de 2026:
Fecha límite para regularizar vehículos adquiridos antes de julio
Después del 20 de noviembre de 2026:
Entrarán en vigor las multas y sanciones económicas
La regulación también establece que para conducir estos vehículos será obligatorio contar con licencia tipo A1 o A2.
Las licencias válidas serán:
- Tipo A1
- Tipo A2
- Licencia permanente tipo A expedida entre el 31 de diciembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2007
Las licencias permanentes emitidas desde noviembre de 2024 no serán aceptadas para este tipo de vehículos.
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Costos del emplacamiento de VEMEPES y documentos obligatorios
El trámite tendrá distintos costos dependiendo del tipo de licencia requerida y del registro vehicular.
Los precios oficiales son:
- Placa para scooters o bicicletas eléctricas: $709 pesos
- Licencia tipo A1: $572 pesos
- Licencia tipo A2: $1,142 pesos
- Tarjeta de circulación y engomado: incluidos en el proceso oficial
- Holograma para vehículos exentos: obligatorio y sin costo extra
Además, los usuarios deberán presentar:
- Identificación oficial
- Factura o documento de propiedad
- Comprobante de domicilio reciente
- Línea de captura pagada
- Licencia correspondiente
Las autoridades explicaron que el objetivo de esta regulación no es recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial y establecer reglas claras ante el incremento de scooters y motos eléctricas circulando en calles, avenidas y ciclovías.
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Multas y sanciones por no emplacar scooters eléctricos en CDMX
Las nuevas disposiciones contemplan sanciones económicas y administrativas para quienes incumplan con las reglas.
Entre las principales infracciones se encuentran:
- No portar placas
- Circular sin registro
- No contar con licencia
- Invadir banquetas o ciclovías
- Circular por vías restringidas
- No usar casco o elementos reflectantes
Las multas irán de 10 hasta 30 UMAs, dependiendo de la falta cometida.
Los montos aproximados son:
- Circular sin placas o licencia:
- 10 UMAs (aproximadamente $1,130 pesos)
- Reincidencia o circular en vías restringidas:
- Hasta 30 UMAs (aproximadamente $3,394 pesos)
- No portar casco, luces o reflejantes:
- Entre 10 y 20 UMAs
El artículo 21 fracción VIII establece:
“En caso de incumplimiento a lo previsto en esta disposición, la persona conductora será sancionada con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir”.
Además de las multas, los conductores podrían perder de uno a seis puntos en su licencia y, en casos graves, la unidad podrá ser enviada al depósito vehicular.
Las autoridades también indicaron que estos vehículos únicamente podrán ser conducidos por mayores de edad y tendrán prohibido circular sobre banquetas, ciclovías, carriles exclusivos de transporte público y vías rápidas con velocidad mayor a 50 kilómetros por hora.
Con estas nuevas medidas, la Ciudad de México busca integrar scooters y motos eléctricas a un esquema similar al de las motocicletas tradicionales, con obligaciones, control vehicular y sanciones claramente definidas.
QT