¿Nuevo cobro a celulares y computadoras? Proponen pago de hasta 2% por usar memoria digital
Tú pagando el celular, el internet y hasta las plataformas de streaming, ¿y ahora podría aparecer otro cobro? Hay una propuesta que ya puso el tema de la memoria digital sobre la mesa.
Mujer ve el cago de canon por copia privada al comprar un celular.
/Foto generada con IA: Gemini
Comprar un celular, computadora, tablet o memoria digital podría implicar un costo adicional si avanza una propuesta para establecer en México un mecanismo conocido como canon por copia privada.
La iniciativa plantea aplicar una tarifa relacionada con la capacidad de almacenamiento de determinados dispositivos. El porcentaje mencionado llega hasta 2%, por lo que el eventual impacto dependería del precio y las características del equipo.
La medida todavía debe distinguirse de un impuesto vigente: no significa que actualmente todos los consumidores deban pagar 2% adicional al comprar un celular.
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Impuesto digital ¿Qué es el canon por copia privada?
El canon por copia privada es un mecanismo utilizado en distintos países para compensar a los creadores por la posibilidad de que las personas realicen copias de obras protegidas para uso personal.
La lógica consiste en que algunos dispositivos y soportes permiten almacenar música, películas, libros y otros contenidos protegidos por derechos de autor.
Por ello, el pago no necesariamente depende de que una persona haya descargado una obra específica. El modelo considera la capacidad potencial de realizar copias mediante determinados equipos.
La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) explica que los sistemas de copia privada pueden establecer una remuneración para creadores mediante determinados dispositivos y soportes capaces de almacenar copias.
¿Qué celulares y dispositivos podrían tener el cobro con el nuevo impuesto?
La propuesta contempla dispositivos con capacidad para almacenar contenido digital.
Entre los equipos señalados se encuentran:
- Celulares
- Computadoras
- Tabletas
- Memorias USB
- Discos duros y otros soportes de almacenamiento
El criterio planteado estaría relacionado con la capacidad de almacenamiento del dispositivo y no con una revisión individual de los archivos que tenga cada usuario.
Por eso, una persona podría enfrentar el mismo esquema aunque utilice su teléfono principalmente para fotografías personales, trabajo, redes sociales o aplicaciones.
¿Cuánto costaría un celular de $20,000 pesos?
El impacto depende del porcentaje que finalmente se establezca y de la forma en que se aplique.
Si se utilizara como referencia una tarifa de 2%, un equipo con un precio de 20,000 pesos tendría un monto equivalente a 400 pesos.
La operación sería:
20,000 × 0.02 = 400 pesos
Sin embargo, esta cantidad funciona únicamente como ejemplo para entender el porcentaje. No significa que actualmente todos los celulares de $20,000 pesos tengan un cobro obligatorio de $400.
El costo final dependería de las reglas que eventualmente establecieran las autoridades si la propuesta avanzara.
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Cobrarán por tener música o películas pirata con el nuevo impuesto de memoria digital
Uno de los elementos centrales del canon por copia privada es precisamente que la remuneración se relaciona con la posibilidad de realizar copias para uso personal y no con una comprobación individual de que cada consumidor haya descargado contenido protegido.
Esto significa que el eventual cobro no funcionaría como una multa para una persona acusada de piratería.
Tampoco implicaría que una autoridad revise el contenido almacenado en cada celular antes de aplicar la tarifa. El debate se centra en si la capacidad tecnológica de los dispositivos justifica establecer una remuneración general para los titulares de derechos.
La finalidad planteada consiste en generar recursos destinados a autores y creadores mediante sociedades de gestión colectiva. Entre las organizaciones relacionadas con esta discusión se encuentra la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM).
El argumento de los promotores del mecanismo es que los creadores deben recibir una compensación cuando sus obras pueden reproducirse mediante dispositivos destinados al almacenamiento digital.
El esquema no funcionaría como un impuesto ordinario destinado directamente al presupuesto general del gobierno.
¿Por qué quieren cobrar por la memoria de los dispositivos?
El argumento central gira alrededor de los derechos de autor y la copia privada. Un teléfono actual puede almacenar canciones, videos, fotografías, libros electrónicos y otros contenidos. La propuesta parte de que esa capacidad tecnológica permite realizar copias de obras protegidas.
El objetivo sería establecer una remuneración para los creadores a partir de esa posibilidad.
La discusión, sin embargo, también considera que los hábitos de consumo digital han cambiado de manera importante.
Aquí aparece uno de los principales puntos de debate. Actualmente, millones de usuarios consumen música, películas y series mediante plataformas digitales bajo esquemas de suscripción o pago por contenido.
Servicios de streaming modificaron el modelo que predominaba cuando los usuarios almacenaban grandes cantidades de archivos MP3 o películas directamente en computadoras y discos duros.
Por ello, quienes cuestionan el mecanismo consideran necesario revisar si un sistema diseñado alrededor de la copia privada y el almacenamiento local corresponde al comportamiento actual de los consumidores.
La discusión también plantea la posibilidad de que el usuario termine pagando por diferentes vías relacionadas con un mismo contenido digital.
¿El cobro de hasta 2% ya está aprobado en México?
No debe confundirse la propuesta con un cobro vigente.
El llamado canon por copia privada forma parte de una discusión relacionada con el marco de derechos de autor, pero la información proporcionada para esta nota no permite afirmar que actualmente exista una tarifa general de 2% que todos los mexicanos deban pagar al comprar celulares.
La Secretaría de Cultura y el INDAUTOR han impulsado durante 2026 distintas acciones para fortalecer el marco mexicano de protección de derechos de autor. En abril, por ejemplo, la Secretaría de Cultura informó sobre una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor relacionada con la protección del trabajo artístico frente al uso de inteligencia artificial.
El decreto correspondiente se publicó posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.
Por ello, si el mecanismo de copia privada se incorpora al marco reglamentario, todavía habría que conocer las reglas específicas de aplicación, sujetos obligados, porcentajes definitivos y mecanismos de recaudación.
¿Qué pasaría con los precios de celulares y computadoras?
El principal efecto para los consumidores sería un posible incremento en el costo de los dispositivos.
El impacto dependería de cómo se establezca la tarifa y de si el costo se traslada al precio final de los productos.
Por ejemplo, utilizando únicamente el escenario hipotético de una tarifa de 2%:
- Un celular de 10,000 pesos tendría un equivalente de 200 pesos.
- Una computadora de 20,000 pesos tendría un equivalente de 400 pesos.
- Una laptop de 30,000 pesos tendría un equivalente de 600 pesos.
Estas cantidades son ejemplos matemáticos, no precios oficiales ni cargos actualmente aplicables.
¿También podrían cobrar por memorias USB y discos duros?
El concepto de copia privada contempla distintos soportes capaces de almacenar contenido digital.
En los modelos internacionales existen esquemas que consideran dispositivos y medios de almacenamiento como parte de los mecanismos para compensar a los creadores.
Sin embargo, para México resulta necesario conocer la regulación específica que eventualmente se apruebe para determinar qué productos quedarían incluidos, qué porcentaje correspondería a cada uno y quién tendría la obligación de cubrirlo.