¿Qué distancia debes guardar con el auto de adelante en Jalisco? Esto obliga el reglamento y cómo aplica

20 de Abril de 2026

¿Qué distancia debes guardar con el auto de adelante en Jalisco? Esto obliga el reglamento y cómo aplica

El artículo 35 del reglamento establece en su fracción VIII que los conductores deben “mantener una distancia de seguridad con el vehículo de adelante”.

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Victoria Valtierra Ruvalcaba / Cuartoscuro

En el Reglamento de Tránsito de Jalisco obliga a mantener una distancia de seguridad suficiente con el vehículo que circula adelante.
Foto: Cuartoscuro

En el Reglamento de Tránsito de Jalisco existe una disposición que pocos conductores conocen y que, sin embargo, es una de las más relevantes para prevenir accidentes. Se trata de la obligación de mantener una distancia de seguridad suficiente con el vehículo que circula adelante, una norma que no es una simple recomendación, sino un mandato expreso con fundamento legal.

El artículo 35 del reglamento establece en su fracción VIII que los conductores deben “mantener una distancia de seguridad con el vehículo de adelante; suficiente para poder frenar ante una emergencia y evitar el impacto”. Esta disposición convierte en infracción administrativa el acto de circular demasiado cerca del vehículo precedente, conducta conocida coloquialmente como “pegarse al auto de enfrente”.

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¿Por qué el reglamento exige distancia de seguridad?

La razón técnica de esta obligación es la física básica del movimiento. Un vehículo en circulación requiere una distancia mínima para detenerse por completo ante una frenada de emergencia. Esta distancia depende de múltiples factores: la velocidad a la que se circula, el estado de los frenos, las condiciones del pavimento, la visibilidad y el tiempo de reacción del conductor.

El reglamento no establece una distancia fija en metros, precisamente porque esa medida variaría según las condiciones. En su lugar, utiliza un criterio funcional: la distancia debe ser suficiente para frenar y evitar el impacto. Esto significa que en condiciones normales, en una vialidad seca y con buen estado de frenos, la distancia debería ser mayor que en condiciones de baja velocidad. Sin embargo, en carreteras o vialidades mojadas, la distancia debe incrementarse significativamente.

La exposición de motivos del reglamento no abunda en este punto específico, pero la inclusión de esta fracción dentro del capítulo de Circulación en las Vías Públicas refleja la intención del legislador de prevenir los accidentes por alcance, que son uno de los tipos de colisión más frecuentes en zonas urbanas.

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Un vehículo en circulación requiere una distancia mínima para detenerse por completo ante una frenada de emergencia. / Foto: Rogelio Morales Ponce / Cuartoscuro

Factores que determinan la distancia de seguridad suficiente

Aunque el reglamento de Tránsito de Jalisco no fija una fórmula matemática, la práctica vial y los manuales de conducción recomiendan considerar los siguientes factores para determinar si la distancia es adecuada:

  • Velocidad de circulación: A mayor velocidad, mayor distancia necesaria. En vialidades de 50 km/h (límite general en zonas urbanas de Jalisco), la distancia de seguridad mínima recomendada es de al menos 25 metros, equivalente a aproximadamente dos o tres automóviles de largo.
  • Estado del pavimento: En suelo mojado, la distancia de frenado puede duplicarse o triplicarse. Si llueve, la distancia debe aumentarse considerablemente respecto a la que se guarda en pavimento seco.
  • Condiciones de los frenos y neumáticos: Un vehículo con frenos en mal estado o con neumáticos desgastados requiere mayor distancia para detenerse, independientemente de la velocidad.
  • Visibilidad y condiciones climáticas: En condiciones de niebla, lluvia intensa, o durante la noche en vialidades mal iluminadas, la distancia debe ser mayor para compensar la menor capacidad de reacción.
  • Tipo de vehículo: Un vehículo pesado (como un camión de carga o un autobús) requiere mayor distancia de frenado que un automóvil ligero. El conductor del vehículo pesado es responsable de ajustar su distancia conforme a las capacidades de su unidad.

El artículo 40 del reglamento también establece que “ninguna persona conducirá su vehículo a una velocidad tan baja que entorpezca la circulación”, pero la prioridad es la seguridad: circular a una distancia insuficiente para frenar se considera una infracción independientemente de la velocidad a la que se viaje.

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Consecuencias de no mantener la distancia de seguridad

No respetar la distancia de seguridad tiene implicaciones tanto en materia de infracciones administrativas como en la determinación de responsabilidad en caso de accidente.

En el ámbito administrativo, un agente de vialidad puede sancionar a un conductor que circule visiblemente demasiado cerca del vehículo de adelante. El artículo 159 del reglamento, que enumera las infracciones graves, no menciona explícitamente la distancia de seguridad, pero la conducta puede encuadrarse dentro del artículo 173 de la Ley de Movilidad como una violación a las disposiciones del reglamento. Las multas por este tipo de faltas se calculan en Unidades de Medida y Actualización (UMA) y pueden oscilar entre 5 y 10 UMA, equivalentes aproximadamente a 540 a 1,080 pesos (valor estimado 2025).

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Las multas por este tipo de faltas se calculan en Unidades de Medida y Actualización (UMA) y pueden oscilar entre 5 y 10 UMA, equivalentes aproximadamente a 540 a 1,080 pesos (valor estimado 2025). / Foto: Anayeli Gonzalez

En materia de responsabilidad civil, el hecho de no mantener la distancia de seguridad es determinante en accidentes por alcance (cuando un vehículo impacta por detrás a otro). En estos casos, la presunción legal es que el vehículo trasero es responsable, precisamente porque no guardó la distancia suficiente para frenar. El artículo 51 del reglamento establece que cuando solo existen daños materiales, si los conductores cuentan con documentos en regla y celebran convenio, no se incautan los vehículos. Sin embargo, si no hay acuerdo, la falta de distancia de seguridad será un elemento probatorio en contra del conductor que impactó por detrás.

En conclusión, el Reglamento de Tránsito de Jalisco exige como obligación expresa mantener una distancia de seguridad suficiente con el vehículo de adelante para poder frenar ante una emergencia y evitar el impacto. No se trata de una recomendación de cortesía vial, sino de una disposición normativa cuya violación puede generar multas y, en caso de accidente, responsabilidad civil.

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Los conductores deben ajustar la distancia que guardan en función de la velocidad, el estado del pavimento, las condiciones climáticas y el tipo de vehículo. Una regla práctica ampliamente aceptada es la de los “dos segundos”: elegir un punto fijo en la carretera y contar dos segundos desde que el vehículo de adelante pasa por ese punto hasta que uno mismo lo alcanza. En condiciones adversas, ese tiempo debe aumentar a tres o cuatro segundos. Respetar esta distancia no solo evita sanciones, sino que salva vidas. DJ