Una persona originaria de la Ciudad de México que reside en Chicago, Madrid o Toronto puede aspirar a una curul en el Congreso capitalino sin que ningún partido político la postule. Para conseguirlo deberá cumplir los requisitos de elegibilidad y reunir 1,430 apoyos ciudadanos de personas inscritas en el padrón correspondiente.
Esta posibilidad es resultado de la evolución de dos figuras electorales que, aunque tienen antecedentes distintos, hoy coinciden en la Ciudad de México. Por un lado, las candidaturas independientes, incorporadas al marco constitucional mexicano en 2012. Por otro, la representación política de la ciudadanía capitalina residente en el extranjero.
La Diputación Migrante fue contemplada en la legislación electoral de la Ciudad de México de 2017. Posteriormente, el Congreso local intentó eliminarla, pero una resolución jurisdiccional permitió que se eligiera por primera vez en 2021, bajo el principio de representación proporcional. Para el proceso electoral de 2024, su elección se realizó por mayoría relativa, mediante el voto de la ciudadanía capitalina residente en el extranjero.
Este último cambio tuvo una consecuencia relevante. En el proceso electoral 2023-2024, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) reconoció la posibilidad de competir por esa diputación mediante una candidatura sin partido, al no existir una disposición que reservara su postulación exclusivamente a los partidos políticos.
La modalidad estará disponible nuevamente en el proceso electoral de 2027. Su procedimiento comparte las principales etapas y obligaciones previstas para las candidaturas sin partido en territorio nacional. Las personas interesadas deberán constituir una asociación civil, cumplir obligaciones fiscales y abrir una cuenta bancaria para administrar sus recursos.
El plazo para solicitar la calidad de aspirante concluye el 5 de diciembre de 2026. La obtención de apoyos ciudadanos se realizará del 15 de diciembre al 12 de febrero de 2027. Posteriormente, del 8 al 15 de marzo, podrá solicitarse el registro formal de la candidatura.
El Acuerdo IECM/ACU-CG-061/2026 establece un mínimo de 1,430 apoyos ciudadanos, equivalente al 1% de las 142,934 personas residentes en el extranjero inscritas en el Padrón Electoral, con la Ciudad de México como entidad de referencia, al 31 de agosto de 2026.
El requisito presenta una diferencia respecto de las diputaciones en territorio nacional. Mientras estas deben reunir apoyos distribuidos en al menos el 35% de las secciones electorales del distrito, la Diputación Migrante está exceptuada de esa obligación. La distinción responde a que la ciudadanía residente en el extranjero no se encuentra organizada conforme a la misma distribución territorial.
Existen, además, reglas específicas para obtener esos respaldos. Su captación se realiza mediante la aplicación del INE y únicamente se contabilizan los apoyos que cumplen los requisitos registrales correspondientes. Las personas aspirantes tampoco pueden realizar actos presenciales de carácter proselitista ni distribuir propaganda física en el extranjero.
Estas condiciones plantean una cuestión que merece atención. Aunque la excepción de dispersión territorial reconoce las características de la población migrante, la obtención de apoyos depende de mecanismos digitales y de la capacidad de contactar a personas que pueden encontrarse en distintos países. Se trata de circunstancias distintas de las que enfrenta quien busca respaldo ciudadano dentro de un distrito electoral de la capital.
La representación política de las comunidades residentes en el extranjero tiene antecedentes internacionales relevantes. Francia elige once integrantes de su Asamblea Nacional en circunscripciones destinadas a sus nacionales en el exterior. Italia cuenta con una circunscripción exterior que elige ocho integrantes de la Cámara de Diputados y cuatro del Senado.
Aunque estos modelos responden a sistemas electorales diferentes, permiten observar cómo distintos países han incorporado mecanismos de representación para su ciudadanía fuera del territorio nacional. En la Ciudad de México, esta representación también puede alcanzarse mediante una candidatura sin partido.
La experiencia de 2027 aportará elementos para examinar el funcionamiento de esta modalidad. El número de solicitudes, las personas que obtengan la calidad de aspirantes, los apoyos reunidos y las candidaturas finalmente registradas permitirán conocer su utilidad efectiva.
La existencia de una vía institucional y un marco jurídico de participación constituye un punto de partida. Su aplicación práctica permitirá identificar si los requisitos y procedimientos previstos corresponden a las particularidades de una ciudadanía que conserva sus derechos políticos y su vínculo con la Ciudad de México, aunque resida fuera del país.