Modalidad 40: el fraude, las pensiones y las contradicciones del IMSS

28 de Octubre de 2026

Modalidad 40: el fraude, las pensiones y las contradicciones del IMSS

Julieta Mendoza - columna

El problema de la Modalidad 40 no comenzó cuando el IMSS decidió modificar sus reglas. Comenzó mucho antes, cuando un mecanismo concebido para dar continuidad a las cotizaciones de los trabajadores terminó convertido también en un mercado de asesorías, financiamientos y promesas de jubilaciones extraordinarias. Ahora, frente a las irregularidades detectadas, la autoridad ha optado por restringir las condiciones de incorporación. La pregunta es si está corrigiendo las causas del problema o solamente cerrando una de sus consecuencias.

El acuerdo publicado el 21 de octubre limita las nuevas inscripciones al último salario registrado, con un incremento máximo de una UMA, y elimina su efecto retroactivo. Quienes ya están inscritos conservarán sus condiciones durante el periodo contratado. Pero el cambio tiene una implicación jurídica que merece atención: el artículo 218 de la Ley del Seguro Social reconoce la posibilidad de continuar cotizando con el último salario o uno superior.

Ahí aparece el primer conflicto. ¿Puede un acuerdo administrativo reducir una opción expresamente contemplada en la ley? El IMSS sostiene que sus medidas son legales y temporales. Sin embargo, la cuestión no se resuelve únicamente invocando la necesidad de combatir abusos. También debe examinarse si la autoridad está regulando un procedimiento o restringiendo el ejercicio de un derecho.

Hay datos que permiten comprender la dimensión del asunto. Zoé Robledo informó que 798 mil trabajadores se han pensionado mediante esta modalidad y que otros 278 mil cotizan actualmente en ella. La pensión promedio ronda los 25 mil pesos mensuales, considerablemente por debajo de los montos máximos que suelen protagonizar la publicidad de los asesores.

Esta diferencia importa. El debate público corre el riesgo de construir su diagnóstico alrededor de pensiones excepcionales, cuando la realidad del esquema es mucho más heterogénea.

Robledo también reveló que el Instituto ha presentado 115 denuncias contra despachos privados por presuntas irregularidades. La directora jurídica, Norma Gabriela López Castañeda, describió empresas que simulan relaciones laborales, movimientos entre registros patronales sin pagar cuotas y mecanismos de financiamiento que pueden dejar a los pensionados endeudados durante años.

Son señalamientos graves. Pero las denuncias no equivalen a sentencias y, sobre todo, plantean otra pregunta: ¿por qué prácticas que involucraban registros, cotizaciones y movimientos laborales pudieron desarrollarse dentro de un sistema administrado y supervisado por el propio Instituto?

La respuesta no puede limitarse a señalar intermediarios. Debe explicar qué controles existían, cuáles fallaron y qué responsabilidades pudieron derivarse de esas omisiones, sin presumir complicidades que todavía no han sido acreditadas.

Existe, además, una contradicción económica. La Modalidad 40 permite mejorar determinadas pensiones mediante aportaciones realizadas en una etapa relativamente corta de la vida laboral. Pero esas aportaciones no necesariamente guardan una equivalencia directa con el costo de pagar una pensión durante décadas. Es una característica que obliga a estudiar la distribución de costos del sistema, no a presumir que toda pensión elevada es indebida.

Esta distinción es indispensable: una estrategia de cotización legalmente permitida no es lo mismo que una relación laboral simulada. Mezclar ambas conductas facilita las restricciones generales, pero debilita la precisión del diagnóstico.

El IMSS niega que exista una crisis inmediata de recursos. Sin embargo, ordenó estudiar durante seis meses el impacto financiero de la modalidad y abrió otro plazo para formular eventuales modificaciones normativas. Es decir, las restricciones ya operan mientras el diagnóstico definitivo permanece pendiente.

La discusión también debe considerar a quienes aún no se habían inscrito y organizaron sus ahorros bajo las condiciones anteriores. No tienen necesariamente los mismos derechos adquiridos que quienes ya cotizaban, pero sí enfrentan una alteración relevante de sus expectativas de retiro.

El desafío consiste en separar tres problemas distintos: los fraudes comprobables, el costo legítimo de las pensiones y la facultad de la autoridad para modificar las reglas.

La Modalidad 40 ha colocado al IMSS frente a una prueba que va más allá de sus finanzas: demostrar que puede corregir los abusos sin confundirlos con los derechos que él mismo está obligado a proteger.