SCJN ampara a detenido por posesión de máquinas tragamonedas
La SCJN consideró que la Ley Federal de Juegos y Sorteos no especifica qué actividades están prohibidas y qué pena se debe aplicar a quienes las lleven a cabo
Máquinas tragamonedas
/Diego Simón Sánchez/Diego Simón Sánchez
Po falta de claridad en la Ley Federal de Juegos y Sorteos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización de máquinas tragamonedas clandestinas, y otorgó un amparo a una persona quien fue detenida en posesión de estos aparatos en 2017.
Los magistrados consideraron que la ley no establece con precisión las actividades que están prohibidas y que por este motivo deben conducir a una sanción penal.
Refirieron que la Ley Federal de Juegos y Sorteos plantea, en sus artículos 1 y 2, los juegos que se encuentran prohibidos y aquellos que no.
En ese sentido, el artículo 1 señala que “quedan prohibidos en todo el territorio nacional, en los términos de esta Ley, los juegos de azar y los juegos con apuestas”.
Mientras que el artículo 2 refiere que “Sólo podrán permitirse: El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes”.
Es por ello que se determinó otorgar un amparo a una persona, quien fue acusada en 2017 de violentar el artículo 12 de esta ley, que versa sobre la pena de tres meses y hasta tres años y multa de 510 mil pesos a administradores o encargados de loterías o sorteos que no cuenten con una autorización legal. CJG