"Sólo con pruebas contundentes se sanciona"

24 de Enero de 2026

“Sólo con pruebas contundentes se sanciona”

Virgilio Andrade, titular de la SFP, habla con EJE CENTRAL en exclusiva

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›Asegura que están siendo fortalecidas las condiciones de imparcialidad para castigar conductas de servidores públicos y que no habrá intocables en México. Cuando se brinda la justicia adecuada, dice, se disminuyen los elementos de impunidad o de indebido ajuste de cuentas.

Hiroshi Takahashi |

Solamente con pruebas contundentes se procede a sancionar, dice Virgilio Andrade Martínez, el secretario de la Función Pública, cuando charlamos sobre el delicado poder que encarna al vigilar que los empleados del gobierno, incluyendo al Presidente, no incurran en conflicto de interés o corrupción.

Cuando le insistimos en que la gente en las calles quiere ver políticos encarcelados y aminorar su malestar, explica que es precisamente en ese contexto cuando los servidores públicos deben asumir con la mayor serenidad posible las decisiones. Y así se muestra durante la charla con Eje Central, sereno en todo momento. Incluso cuando le preguntamos por el escándalo de la “Casa Blanca” o por los señalamientos de corrupción que arrastran los gobernadores de Veracruz, Quintana Roo y Chihuahua.

“Siempre quise prepararme para trabajar en el sector público, en el gobierno, y percibía que para tomar decisiones era necesario contar con distintas herramientas y métodos que permitieran una mejor decisión. Por eso tuve preferencia de escoger los programas que ofrecieran mayor integralidad”, explica cuando le preguntamos por su formación académica.

Dice que es pertinente señalar que la Secretaría de la Función Pública está orientada para sancionar faltas que se denominan administrativas, es decir, en el ejercicio del gobierno. “Hay un conjunto de faltas simultáneas que pueden ser cometidas, que son las faltas por hechos de corrupción, y que normalmente están cruzadas con el ámbito penal y allá la facultad de ver los delitos por corrupción, corresponde en la integración del expediente a las Procuradurías, y en la definición de las sanciones al Poder Judicial”.

Esa es la diferencia sustantiva. Entonces, la Secretaría de la Función Pública puede aplicar sanciones, por faltas administrativas, que oscilan entre la amonestación, hasta la inhabilitación del funcionario público por determinado número de años.

Es importante señalar que nosotros somos autoridad sancionadora en materia administrativa, reitera Andrade durante la entrevista.

En mayo de 2015, el presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción. Este sistema busca ser una instancia de coordinación entre autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y corrupción, así como en el control de recursos públicos.

“Con la Reforma del Sistema Nacional Anticorrupción, la diferencia entre las faltas graves por hechos de corrupción de las no graves, se distingue de una manera más sólida y, por lo tanto, la Secretaría sancionará las no graves, es decir aquellas que no causan daño al erario, o que son errores de procedimientos dentro de la forma como va conduciéndose el servidor público”, explica Virgilio Andrade. “Nosotros vamos a sancionar esas faltas, y a la vez en los casos graves, puede haber sanción administrativa, pero más que otra cuestión, la Secretaría de la Función Pública va a integrar los expedientes y los casos los va a presentar, ya sea ante la Fiscalía Anticorrupción o ante el Tribunal de Justicia Administrativa que será quien sancione”.

Andrade Martínez asegura que la Reforma del Sistema Nacional Anticorrupción nacen procesos más claros, nacen facultades mucho más precisas para cada quien y, sobre todo, se diferencian muy bien las conductas que son de corrupción de las que no son. “Y en el caso de las que sean, la Secretaría de la Función Pública integra el caso, lo describe, pero se lo pasa a un Tribunal de Justicia Administrativa para que sancione”, insiste.

Virgilio Andrade explica que uno de los elementos contemporáneos más observados en la toma de decisiones de un gobierno es el que se denomina conflicto de interés. El conflicto de interés significa la influencia, la posible influencia indebida de una relación particular en una toma de decisión de un gobernante que tiende a favorecer a un particular. O en otro sentido, el beneficio que un gobernante tiene en una relación comercial o mercantil privada, a partir de que es servidor público y si dicha relación comercial cambió con el hecho de que esta personas se convirtiera en servidor público.

“Es decir, cuando se alteran las condiciones de trato al particular con el que ya se tenía relación o de situación del servidor público, también en una relación, es cuando se materializa el conflicto de interés, porque se rompe con la imparcialidad de la decisión y al mismo tiempo se puede materializar un aprovechamiento indebido del cargo público”, enfatiza.

En el mundo en general se ha aceptado que puede haber dos dimensiones en el tratamiento del conflicto de interés: la dimensión legal, que es cuando se violó la ley o la imparcialidad, o se usó indebidamente el cargo en provecho propio, eso materializa el conflicto de interés, por lo tanto, genera una falta administrativa.

Pero hay otra dimensión, en donde se tiene una relación previa con un particular, se establecen relaciones, pero no se viola ninguna ley.

Entonces, el conflicto de intereses es aparente, pero no alcanza a violarse ninguna ley producto de esa relación.

“En el caso de los inmuebles, y del inmueble de la esposa del Presidente de la República, se dio el tratamiento de un conflicto de interés aparente, pero se llegó a la conclusión que no hay violación administrativa y no había conflicto de interés”, aclara el titular de la Secretaría de la Función Pública sobre la “Casa Blanca” de Angélica Rivera.

“Primero, porque la esposa no era servidora pública; segundo, porque al final la esposa acreditó los ingresos con los cuales estaba pagando la casa; tercero, porque devolvió la casa; y cuarto, porque en la asignación de contratos de obra pública a los empresarios que a su vez estaban vendiendo la casa, no hubo ninguna alteración en los concursos y en las adjudicaciones de dichos contratos, todo se hizo legalmente y tampoco cambiaron las condiciones del contrato, de las condiciones de pago de la casa, cuando la esposa la estaba pagando. Por lo tanto, quedó acreditado en un expediente que sigue abierto al público y que seguirá de manera permanente, que no existió conflicto de interés y que no existió violación a la ley”.

¿Usted por qué fue tan atacado entonces? Porque estamos en un mundo contemporáneo en el que hay posiciones distintas, de entrada existen posiciones políticas distintas, existen tendencias de medios de comunicación que también son distintas, elementos doctrinarios distintos, intereses diferentes y, por lo tanto, es un mundo en el que siempre habrá opiniones diversas.

¿Qué tanto le afectó? En términos de ejercicio del cargo público, en la medida en que se generen críticas y controversias, por supuesto que la responsabilidad en este caso personal, como servidor público, es hacer reflexiones permanentes para tomar decisiones siempre sustentadas en la ley y, sobre todo, con la serenidad que se requiere para poder dejar claramente concluidos en todos los casos que están en mi responsabilidad.

¿No le afectó mucho? Es la responsabilidad que se tiene que ejercer de manera permanente, con independencia del tipo de opiniones que existen y que, desde luego, siempre son valoradas y siempre son escuchadas, no obstante el grado de divergencia que se tenga.

Sé que son miles los casos que tienen abiertos, ¿qué es lo que más le sorprende? Existe un fenómeno que llama la atención: el fenómeno de que todos en el ámbito de la ciudadanía, se habla de casos de corrupción y prácticamente una de cada dos personas dice haber sido afectada o vivido algún caso de corrupción, pero menos de uno de cada 100 son efectivamente denunciados. Entonces, es importante trabajar en esa brecha para efectos de generar un clima que resuelva efectivamente los problemas reales que se presentan en este aspecto.

¿Y qué le sorprende? La sorpresa es la brecha que existe y evidentemente dicha brecha tiene distintos factores que la pueden explicar o distintas hipótesis, como puede ser la confianza en las instituciones, como puede ser también el hecho de que algunos comentarios finalmente no son canalizados dentro de la autoridad o situaciones en donde todos están vinculados en ciertas situaciones, los participantes, en procesos informales.

“Por esa razón, es importante acortar dicha brecha y por esa razón hemos tomado dos medidas: abrir un sistema ágil de quejas y denuncias por un lado. Y por otro lado, tener una mesa permanente de trabajo con los sectores empresariales para que nos denuncien y nos acrediten casos de corrupción de manera directa”.

Perdón que insista en esta parte de Quintana Roo, Veracruz y Chihuahua, insisto en esta parte porque quisiera saber ahí cómo se involucra en esta orden que da el Presidente de que nadie esté por encima de la ley. ¿Ahí cómo trabajó usted para que de pronto quede bien acreditado que tienen que rendir cuentas? Todos los estados deben rendir cuentas en todo tiempo. La Secretaría de la Función Pública revisa la forma cómo manejan los programas aplicables del Gobierno Federal y se hace de manera armonizada con la Auditoría Superior de la Federación. Si existe un manejo no aclarado después de varios procesos exhaustivos de derecho a aclarar, entonces, en su caso, se presentan las denuncias penales para quien corresponda, así se trabaja.

“Y existe otra dimensión muy importante y que queda clara el día de hoy: los estados están sujetos a un marco constitucional y están también sujetos a procesos definidos para ir armonizando sus leyes, de manera prácticamente simultánea a lo largo del siguiente año, para tener al Sistema Nacional Anticorrupción, también aterrizado a nivel local.

“Pero siempre respetando los procesos que han sido establecidos en el marco general y una vez que estos están consolidados es posible pasar a nivel de estados y la pretensión es que el aterrizaje a nivel local se haga con puntualidad y también con rigor jurídico”.

Hábleme de esta Ley 3de3, ¿por qué cree que los empresarios gritaron tanto cuando se hablaba de que los iban a involucrar? Había algunos elementos legalmente hablando de constitucionalidad y algunos elementos de desproporción en términos de lo que se solicitaba de constitucionalidad, porque no estaban contemplados los particulares para presentar estas declaraciones en la Constitución, como sí lo están los servidores públicos y de desproporción por el tipo de sujetos obligados; porque la condición era recibir recursos públicos federales y eso incluía desde un becario hasta un beneficiario de cualquier programa social. Y todos sabemos que lo relevante en el caso de particulares es sí transparencia y presentación de algunos documentos y, sobre todo, de posibles conflictos de interés, de aquellas grandes empresas o consorcios que participen en contrataciones públicas relevantes, pero no a todos los particulares relacionados con el gobierno.

¿Cuándo cree que veamos que México ya cambió en materia de combate a la corrupción? Vamos a empezar a ver cambios en un año, cuando se consolide el Sistema Nacional Anticorrupción y el Comité Coordinador ya será diferente, porque tendremos oficialmente a voces ciudadanas permanentes opinando de la agenda de lo que se tiene que hacer en materia de corrupción. Los ciudadanos encabezan el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. Y segundo, porque han entrado en vigor o entrarán en vigor las leyes que distinguen claramente las conductas graves de corrupción de las que no son, y eso permitirá una actuación más limpia por parte de la autoridad, eso será viendo, sobre todo, en la segunda mitad del año que entra y paulatinamente conforme vaya pasando el tiempo y particularmente hacia el 2018 y después, elementos más autónomos dentro de la operación del Sistema Nacional Anticorrupción.

¿De pronto podríamos ver ya políticos en la cárcel y todas estas cosas que se piden a gritos? Cuando los elementos de justicia así lo indiquen, seguramente podremos percibir castigos diferentes.

Porque ahorita se habla mucho de eso, que no hay castigo, se habla de impunidad en México. Es efectivamente cotidiano escuchar ese juicio y el propósito del Sistema Nacional Anticorrupción es precisamente el de brindar justicia adecuada y cuando se brinda justicia adecuada se disminuyen los elementos de impunidad o de indebido ajuste de cuentas.

Usted, imagino, tiene que ser muy mesurado, tener la cabeza fría y pensar mucho con cada caso que cae en sus manos. Tienen que respetarse etapas de los procesos que marca la ley, y de los pasos que marca la ley para resolver un caso. Es decir, se tienen que respetar los derechos de audiencia de las partes, se tiene que respetar y analizar muy bien la presentación de pruebas, y al final, solamente con pruebas contundentes, se procede a sancionar.

Le pregunto esto de otra forma: ¿no se enoja usted de pronto, estando en este puesto, de ver actos que a usted no le gustan? Porque de pronto usted se ve como frío, mesurado, tranquilo, pero mucha gente en la calle ya sabe que somos más explosivos y decimos: “¡Castíguenlo, hagan algo”, ya sabe, todas esas expresiones…! La sociedad juega un papel muy relevante en su dinamismo, particularmente hoy en el dinamismo inmediato que generan las redes sociales, las personas tienen por lo general reacciones espontáneas y son producto también de años de situaciones vividas. Y de una circunstancia actual muy intensa por el grado de comunicación que todos tenemos. Es precisamente en ese contexto cuando los servidores públicos debemos asumir con la mayor serenidad posible, las decisiones sin, desde luego, sacrificar el proceso continuo de toma de las mismas.

“Desde el momento en que se asume la responsabilidad de seguir los pasos de la ley y de resolver conforme a lo que se encuentra en los casos, y asimismo de actuar conforme a los planes establecidos, automáticamente se generan condiciones para actuar con serenidad en general, que es lo que requiere el gobierno. Intensidad y determinación en los proyectos y decisiones, pero serenidad en el momento de deliberar entre dilemas”.

Virgilio Andrade es claro cuando insistimos en si habrá castigos contra los que se ven como intocables:

“Existiendo los elementos para poder proceder a la sanción se aplicará la justicia debida en cualquier caso, y debemos recordar que hacia el 2018, la Procuraduría General de la República será totalmente autónoma del gobierno, igual que la Fiscalía para los delitos anticorrupción, y el Tribunal de Justicia Administrativa, igualmente. Entonces, están siendo fortalecidas las condiciones de imparcialidad para castigar conductas de servidores públicos en su caso”.

En el caso de los inmuebles, y del inmueble de la esposa del Presidente de la República, se dio el tratamiento de un conflicto de interés aparente, pero se llegó a la conclusión que no hay violación administrativa y no había conflicto de interés

dato Virgilio Andrade Martínez nació el 23 de diciembre de 1967. Estudió la licenciatura en derecho en el ITAM y la maestría en Administración y Políticas Públicas en la Universidad de Columbia, en Nueva York.