"Telmex no viola concesión por UnoTV"

13 de Mayo de 2025

“Telmex no viola concesión por UnoTV”

Sostiene Ifetel que "tener un portal de Internet no significa la prestación de un servicio de tv"

telmex-nextel

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) determinó que Teléfonos de México (Telmex) no viola su título de concesión, al operar UnoTV.

“Tener un portal de Internet no significa la prestación de un servicio de televisión regulado por la ley y por tanto no se viola lo dispuesto por la condición 1.9 del título de concesión”, afirmó el comisionado presidente del organismo, Gabriel Contreras.

En conferencia de prensa en el marco del tercer aniversario de la reforma en telecomunicaciones aclaró que la decisión tomada por la mayoría del pleno, se debe a que en este portal se puede acceder a contenidos audiovisuales mediante cualquier red, como Izzi, Megacable, AT&T, Axtel o en cualquier lugar del mundo.

La comisionada, Adriana Labardini dijo que en el análisis que realizó este miércoles se desechó que existiera la distribución con UnoTV de señales de televisión por la red de Telmex, así como de señales a empresas autorizadas para prestar servicios de televisión al público.

“El portal no reúne las características de este tipo. Esta condición y todo el título de Telmex fue expedido en diciembre de 1990 cuando la televisión que existía no era otra que la difundida y la de vía cable. Era imposible que en 1990 se pretendiera prohibir un streaming que aún en nuestro país estaba lejos de existir”, subrayó.

En este sentido, afirmó que para aplicar una sanción administrativa, la conducta analizada tiene que ajustarse a la norma cuyo imcumplimiendo se evalúa.

Por ello, sino existió la distribución de señales a través de su red hacia otras empresas concesionarias de televisión, “no se pude decir que hubo una infracción”.

A su vez, la comisionada María Elena Estavillo Flores, comentó que en el análisis no se trato de estudiar los alcances de los nuevos modelos de negocios de hacia donde va la televisión, ni de competencia entre los servicios tradicionales y los nuevos.

Insistió que era un proceso para estudiar si existía una conducta en contra de lo dispuesto en su concesión.

“Llegamos a la conclusión de que no existe esta violación, tiene ese alcance preciso, no se está violando y no tiene una lectura respecto a acciones de regulación de los servicios”, comentó.

Cabe recordar que el 25 de agosto de 2015, el Ifetel inició un procedimiento administrativo de imposición de sanción en contra de Telmex, con motivo de diversas denuncias en las que se presumía que violaba el segundo párrafo de la condición 1.9 de su título de concesión, al distribuir señales de televisión a través de su red mediante la transmisión de UnoTV.

Una vez desahogado el procedimiento conforme a lo que establece el marco legal vigente, se consideró que la distribución de señales de televisión a que se refiere su título es un servicio de conducción de señales de un punto hacia varios puntos de recepción determinados.