Acuerda IMSS diferir cuotas obrero-patronales por hasta 48 meses

12 de Mayo de 2024

Acuerda IMSS diferir cuotas obrero-patronales por hasta 48 meses

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CIUDAD DE MÉXICO DE MÉXICO, 09ABRIL2020.- El Instituto Mexicano del Seguro Social, ha reportado 89 contagios por COVID-19 y 5 muertes de su personal a nivel nacional por dicho virus. Cabe mencionar que en distintas ocasiones el personal del IMSS ha manifestado la falta de insumos y protocolos para la atención del coronavirus. FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

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Rogelio Morales/Rogelio Morales

CIUDAD DE MÉXICO DE MÉXICO, 09ABRIL2020.- El Instituto Mexicano del Seguro Social, ha reportado 89 contagios por COVID-19 y 5 muertes de su personal a nivel nacional por dicho virus. Cabe mencionar que en distintas ocasiones el personal del IMSS ha manifestado la falta de insumos y protocolos para la atención del coronavirus. FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

El IMSS dio a conocer una serie de instrumentos legales y administrativos para convenir el aplazamiento de cuotas por 12 o hasta 48 meses

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó que se difieran los pagos de las cuotas patronales por un plazo de 12, 24 o 48 meses, esto para apoyar a las empresas que han visto mermada su actividad ante la emergencia sanitaria por Covid-19.

Así, entre los instrumentos legales y administrativos presentados por dicha instancia se encuentra la facilidad para cubrir las cuotas previstas en los artículos 40-C y 40-D de la ley del Seguro Social, para lo cual indica que el importe inicial a cubrir deberá ser del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera.

El Comité Técnico señala que el monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación, puesto que se trata de un pago fuera de los plazos legales, por lo que genera actualización y recargos.

De suscribir este convenio, la tasa de interés será de 1.26 por ciento y de 1.82 por ciento, según el plazo de pago acordado por la empresa al momento de su formalización.

Un segundo instrumento legal señala qie para suscribir este convenio no se requerirá de ningún tipo de garantías; además, señala que , en caso de cumplir con los compromisos acordados, las multas podrán disminuir.

Añade que de conformidad con el artículo 31 de la Ley del Seguro Social, se prevé el descuento de hasta 7 días por ausentismos, esto para casos en los que el trabajador se ausente del lugar en sonde subsista la relación laboral. En estos casos, indica, se pagará la cuota que corresponde al Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Por último, establece que actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos desde el 31 de marzo de 2020 y hasta que el Comité Técnico lo determine, serán suspendidas. CJG

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