Uno de los productos legislativos que mayor atención ha concitado entre el círculo rojo en México, es la nueva Ley de Seguridad Interior, con la cual se sostiene que se busca violentar los derechos humanos en México y militarizar al país, mentira que a base de repetirla se busca volver una verdad, pero el contenido de dicho ordenamiento no corresponde con la realidad y menos aún con la intención legislativa. Ordenamiento integrado por 34 artículos, la Ley de Seguridad Interior tiene el objetivo de regular la función del Estado para preservar la seguridad interior, para lo cual debe señalar las bases, procedimiento y modalidades de la actuación de las autoridades del orden federal, estatal y municipal. A diferencia de quienes han querido dar a entender que la seguridad interior tiene que ver sólo con las autoridades y los cuerpos de seguridad, la realidad es que tiene que ver con la vida cotidiana de todos quienes habitamos territorio nacional, pues se trata de preservar y proteger el entorno a través del cual es posible hacer valer nuestros derechos, el régimen democrático y las libertades de las que hoy gozamos. Sentido contrario sería el quebrantamiento de esa seguridad y por ende, el establecimiento de un régimen dictatorial. De ahí que las amenazas a la seguridad interior no sólo sean las antropogénicas, sino también las emergencias o desastres naturales, epidemias y demás contingencias. Si bien en la nueva ley se otorga al Presidente de la República determinar la procedencia de la intervención de la Federación ante un caso que ponga en peligro la seguridad nacional, no se trata de una facultad discrecional del Jefe de Estado, sino de una decisión que deberá ser puesta a consideración del Consejo de Seguridad Nacional, en el que participan todos los gobernadores y jefe de gobierno de la Ciudad de México, al tiempo de notificar a ambas cámaras del Congreso de la Unión, por medio de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, así como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, lo cual evidentemente colocará todos los reflectores y atención de la opinión pública en el caso concreto. La población será enterada de esta decisión a través de la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de la respectiva declaratoria. Ello sin perder de vista que esta declaratoria tendrá como origen a la propia entidad federativa a través de su Ejecutivo local o Poder Legislativo en la que se localice el problema a atender; es decir, el Presidente de la República no actuará de oficio ni mucho menos a su parecer, sino con base en la petición hecha desde la entidad federativa, en la que deberá señalarse la amenaza identificada y el impacto de la misma y área geográfica o sector poblacional específico. Asimismo, en el acuerdo de la declaratoria de protección a la seguridad interior se deberá incluir la autoridad o institución que participaría en la atención del riesgo, Se trata de parte del contenido de este ordenamiento fundamental que establece un piso legal no sólo a las Fuerzas Armadas en México, sino sobre todo a la población. Así lo entiende la ciudadanía francesa, inglesa y alemana, entre otras, que cuentan con leyes similares. Y estoy seguro que, a pesar de esas voces desconocedoras, la sociedad mexicana también así lo hará.
@jlcamachov