Avala SCJN "Ley de Cuates" a favor de TEPJF

14 de Septiembre de 2025

Avala SCJN “Ley de Cuates” a favor de TEPJF

La Corte declaró Constitucional la prolongación de periodos de cuatro de los siete magistrados electorales

Captura de pantalla 2017-06-27 a las 3.01.22 p.m.
FOT Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró Constitucional, por estrecha mayoría, la prolongación de los periodos de cuatro de los siete Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), una reforma avalada por el Congreso de la Unión y conocida como “Ley de Cuates”.

La inconformidad fue llevada a la Corte por Morena y PRD quienes impugnaron la reforma aprobada por el Congreso de la Unión, luego que el 20 de octubre de 2016, la Cámara Alta tomó protesta a los magistrados y el 3 de noviembre, un día antes de que empezaran funciones, el Congreso emitió un decreto que modificó el artículo transitorio cuarto constitucional para cambiar la duración del cargo de cuatro de los siete magistrados.

Una vez avalada la reforma, José Luis Vargas e Indalfer Infante estarán siete años en la Sala Superior del TEPJF, hasta octubre de 2023, en vez de los tres años originales, mientras que Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez permanecerán ocho años, hasta octubre de 2024, y no los seis años asignados en principio.

El Ministro Alfredo Gutiérrez, autor del proyecto de invalidez rechazado por la mayoría, advirtió que esta reforma, impugnada por Morena y el PRD, “se puede valorar como una dádiva para los titulares de la función”.

En tanto, la ministra Norma Lucía Piña Hernández, manifestó la semana pasada que el Congreso de la Unión se “adjudicó” una competencia que no les correspondía e invadió la competencia del Senado y violó el principio de independencia judicial.

El argumento básico de la mayoría fue que, si bien ya habían protestado en el Senado, los Magistrados aún no ocupaban el cargo cuando el Congreso prolongó sus nombramientos, apenas unas horas antes de su toma de posesión.

“Considerar que las garantías que protegen la función jurisdiccional se deben accionar desde el solo nombramiento, implicaría darlas a un ciudadano que no está ejerciendo el cargo”, dijo Aguilar.