Un integrante del equipo de futbol “Los Avispones de Chilpancingo” fue amparado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que le Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas integre nuevamente su expediente y valore cuánto deberá pagar por daños físicos, morales y de gastos. La Segunda Sala señaló que, la determinación de la CEAV sobre los montos para pagar las compensaciones a las víctimas pueden ser impugnadas cuando la cantidad sea insuficiente para reparar adecuada y proporcionalmente el daño que se sufrió. Esto se deriva de un amparo promovido por un jugador afectado por los hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, que finalizaron con la desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa. Por lo que consideró que la CEAV no integró de manera adecuada el expediente relativo al jugador, ya que no incluyó un dictamen médico para establecer el daño físico que sufrió y las secuelas que pudieran presentarse por los hechos de esos dos días. Aunque no existan pruebas, la CEAV puede determinar el monto de los gastos erogados por las víctimas para transporte, alojamiento, comunicación o alimentación para acudir a recibir tratamientos, observaron los ministros. “Ante la ausencia de pruebas que soporten los gastos reales en que las víctimas hayan incurrido, la CEAV podrá, acorde con las circunstancias del caso, otorgar una compensación en equidad y bajo criterios de razonabilidad, lo que excluye la posibilidad de reembolsar gastos inverosímiles –pese a que se hayan llevado a cabo- o cuantías desapegadas a las erogaciones que una persona promedio realice por el pago de tales conceptos”, señala la Sala.