Corte rechaza discutir uso lúdico de mariguana

14 de Septiembre de 2025

Corte rechaza discutir uso lúdico de mariguana

El ministro Zaldívar fue el único que votó en contra de remitir el amparo al Quinto Tribunal

Cuartoscuro--Corte_mariguana

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Redacción ejecentral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves no discutir un amparo sobre el uso lúdico de la mariguana, que guarda semejanzas con el que autorizó en 2015 el consumo recreativo para cuatro personas, y remitirlo a una instancia menor.

Los ministros de la Primera Sala revisaron el amparo promovido por el abogado y activista Ulrich Richter Morales quien les pedía ordenar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitir un permiso para que pudiera consumir mariguana “regularmente, de forma personal y con fines meramente lúdicos y recreativos.”

Sin embargo, los ministros decidieron con cuatro votos a favor y uno en contra, regresar el caso al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, debido a que le faltó analizar dos de los argumentos con los que la Cofepris pedía que se negara el amparo.

Me parece que lo correcto en términos de juicio de amparo es que el tribunal colegiado nos envíe debidamente analizadas estas causales de improcedencia”, subrayó la ministra presidenta de la Primera Sala, Norma Lucía Piña.

El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien elaboró en 2015 los proyectos que permiten a cuatro ciudadanos utilizar mariguana con fines recreativos, votó en contra de regresar el caso al Tribunal sin que la Corte se pronunciara.

Una causa de improcedencia ya está resuelta y la otra tiene que ver con el fondo y ha sido criterio reiterado del Tribunal Pleno que cuando una causa de improcedencia incide en el fondo, es necesario resolverla en el fondo, en esto estriba mi objeción”, sostuvo.

El fallo constituyó el primer paso para crear jurisprudencia al respecto, pero para esto es necesario que el máximo tribunal emita cuatro criterios más en el mismo sentido.

Rebolledo fue el único ministro que en 2015, votó en contra, argumentando que los cuatro quejosos no podrían acceder de forma legítima a las semillas para cultivar su propia mariguana.

En relación con la causa de improcedencia señalada que tiene que ver con el “interés jurídico del quejoso”, “ya hay un pronunciamiento en ese sentido”, afirmó el ministro Zaldivar, aludiendo a la resolución de 2015.

Tras ese fallo, el Quinto Tribunal tendrá que decidir si el quejoso tiene un interés legítimo o si, por lo contrario, sobresee el amparo. EC