En respuesta a los estragos ocasionados por el huracán “Otis” en el estado de Guerrero, el 24 de octubre de 2023, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un Decreto que despliega medidas fiscales destinadas a mitigar las consecuencias económicas en las áreas afectadas por el meteoro. Los daños que aún no ha podido calcular el Gobierno federal podrían ascender a más de 15 mil millones de dólares, según señaló un análisis de Enki Research, firma dedicada al impacto de los desastres naturales como huracanes, terremotos y condiciones climáticas severas.
El paso del huracán “Otis” dejó a su paso daños materiales considerables, afectando no sólo la infraestructura, sino al empleo y por consecuencia la estabilidad económica de las familias y empresas que ahí desempeñan su principal actividad. La emisión de una Declaratoria de Emergencia por parte de la Coordinación Nacional de Protección Civil resalta la gravedad de la situación que se vive en el Estado.
Ante los lamentables hechos, se concede a los contribuyentes la capacidad de deducir de inmediato inversiones en activos fijos que sean adquiridos, nuevos o usados, entre octubre y diciembre de 2023 en las zonas afectadas, con la aplicación de manera inmediata del 100 % del monto original de la inversión, con lo que se busca impulsar la reposición, reconstrucción y rehabilitación de activos fijos lo antes posible.
Asimismo, los empleadores en las zonas afectadas podrán distribuir en tres pagos iguales las retenciones de ISR correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2023, para trasladarlas a enero, febrero y marzo de 2024, en el mismo orden.
En lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Producción y Servicios (IEPS), los contribuyentes en las zonas afectadas pueden optar por pagar en tres partes iguales, al igual que las retenciones de ISR.
También, habrá exención de pagos provisionales del ISR para octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como para el cuarto trimestre y tercer cuatrimestre de 2023, para ciertos contribuyentes en las zonas afectadas, de acuerdo con la Ley del ISR y los parámetros que estableció el Gobierno.
Para los contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que fueron afectados, se dará la flexibilidad para que presenten mensualmente las declaraciones del IVA correspondientes al segundo semestre de 2023.
Diferimiento de Obligaciones para Contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal:
El Gobierno ha estipulado apoyos a personas físicas que sus viviendas hayan sido afectadas, por lo que se hará una exclusión de ingresos acumulables para el ISR por los apoyos económicos o monetarios recibidos.
El decreto busca aliviar la carga financiera de los contribuyentes en las zonas afectadas, fomentando la inversión y la recuperación económica. La flexibilización de las obligaciones fiscales es una medida estratégica para apoyar la reconstrucción y preservar las fuentes de empleo en las áreas afectadas por el huracán Otis, ha señalado la autoridad por medio del Decreto.
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