Juez ordena a la UIF acreditar bloqueo de cuentas a Billy Álvarez

1 de Mayo de 2024

Juez ordena a la UIF acreditar bloqueo de cuentas a Billy Álvarez

MEXICO, D.F., 04MAYO2005.- Guillermo "Billy" Álvarez, presidente de la Máquina del Cruz Azul, durante el entremiento de su escuadra en la Noria.FOTO: Moisés Pablo/CUARTOSCURO.COM

MEXICO, D.F., 04MAYO2005.- Guillermo “Billy” Álvarez, presidente de la Máquina del Cruz Azul, durante el entremiento de su escuadra en la Noria. FOTO: Moisés Pablo/CUARTOSCURO.COM

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Foto: Cuartoscuro
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Santiago Nieto tiene tres días para demostrar que el congelamiento de cuentas a directivos de Cruz Azul, sin autorización judicial, fue en el marco de una cooperación internacional

La Unidad de Inteligencia Financiera debe acreditar que el bloqueo de cuentas que realizó al presidente de al cooperativa Cruz Azul, Guillermo Álvarez Cuevas, de dio en el marco de una cooperación internacional.

La juez Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México concedió tres días al titular del organismo, Santiago Nieto, para que remita la documentación necesaria para acreditar que la orden la realizó sin previa autorización judicial porque derivó de una petición de colaboración internacional.

“Se encuentra transcurriendo el término de tres días establecido (…) otorgado al titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, a efecto de remitir copia debidamente certificada, completa y legible en versión pública de las constancias que acrediten el bloqueo de las cuentas bancarias propiedad del quejoso corresponden a la cooperación y colaboración internacional, así como del intercambio de información realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de dicha unidad”, señala la petición de la juez.

Dichos documentos requeridos, serán utilizados el 22 de junio, cuando se celebre la audiencia incidental en la que deberá decidir si se concede o no la suspensión definitiva a Billy Álvarez, contra el bloqueo de cuatro cuentas bancarias.

Y es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió jurisprudencia en la que señaló que los bloqueos de cuentas ordenados por las autoridades hacendarias sin previa autorización judicial, únicamente serán válidos si devienen de una petición de alguna autoridad extranjera u organismo internacional que cuente con atribuciones en la materia y en el marco de algún tratado internacional firmado por México.

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