CNBV multa al Banco del Bienestar con 4.1 millones por incumplimientos; estas fueron las irregularidades detectadas
Entre las irregularidades señaladas por la CNBV destaca la falta de medidas para evitar que retiros de efectivo fueran utilizados para actos ilícitos o irregulares
La CNBV impuso cinco multas por 4.1 millones de pesos al Banco del Bienestar tras detectar fallas en controles internos, riesgos y registros contables
/Foto: Banco del Bienestar
El Banco del Bienestar recibió cinco multas por un monto conjunto de 4.1 millones de pesos luego de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) detectó diversas irregularidades en sus controles internos, procedimientos operativos y registros contables, entre ellas omisiones para prevenir que operaciones de retiro de efectivo pudieran ser utilizadas para actos ilícitos.
Las sanciones fueron notificadas el pasado 16 de abril y posteriormente la institución financiera promovió una demanda de amparo para impugnar la difusión pública de dichas multas.
En su recurso legal, el banco argumentó que la publicación de las sanciones en el portal de la CNBV le genera un “daño reputacional irreversible e irreparable”, además de afectar su imagen dentro del sistema financiero.
Las observaciones realizadas por el organismo regulador abarcan aspectos relacionados con la gestión integral de riesgos, incumplimientos prudenciales y registros contables considerados incorrectos.
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Las irregularidades del Banco del Bienestar detectadas por la CNBV
Entre las principales observaciones que dieron origen a las sanciones se encuentra la falta de medidas preventivas en las operaciones de retiro de efectivo realizadas en sucursales.
De acuerdo con los señalamientos, el Banco del Bienestar “omitió implementar medidas en el procedimiento para las operaciones de retiro de efectivo por parte de sus clientes en su red de sucursales, tendentes a evitar que terceros o personal del banco lo utilicen para la comisión de actos ilícitos o irregulares”.
La CNBV también detectó irregularidades relacionadas con el reconocimiento de gastos derivados del crecimiento de la red de sucursales impulsada durante el sexenio anterior.
Según las observaciones, la institución no registró adecuadamente todos los costos asociados a la construcción y puesta en operación de más de 2 mil 500 sucursales abiertas en distintas regiones del país.
Estas fallas fueron consideradas por la autoridad financiera como incumplimientos a diversas disposiciones regulatorias vinculadas con la administración de riesgos y el adecuado control de la información financiera.
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Banco del Bienestar acusa daño reputacional por parte de CNBV
Tras ser notificado de las multas, el banco promovió un amparo el pasado 12 de mayo en el que cuestionó la obligación legal de publicar las sanciones impuestas por la CNBV.
En el recurso judicial, la institución sostuvo que dicha difusión pública “es un acto con efectos infamantes, pues implica la exhibición pública anticipada del Banco del Bienestar como infractor en un portal de internet, generando descrédito, escarnio y afectación irreversible a su honor, prestigio y reputación institucional dentro del sistema financiero”.
Asimismo, solicitó que se declare inconstitucional el artículo 108 Bis 8 de la Ley de Instituciones de Crédito, disposición que obliga a la CNBV a informar públicamente sobre las sanciones aplicadas a entidades financieras.
De acuerdo con los argumentos presentados por el banco, esta disposición funciona como una especie de “picota digital”, ya que permite divulgar sanciones que aún podrían ser impugnadas mediante procesos legales.
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¿Banco bienestar ya tenía antecedentes de irregularidades y multas?
Las observaciones relacionadas con la construcción de sucursales ocurren en un contexto de fuerte expansión de la institución financiera.
Debido a la inversión realizada para desarrollar más de 2 mil 500 oficinas en todo el país, en junio de 2024 el Banco del Bienestar obtuvo una autorización especial de la CNBV para superar temporalmente el límite legal de inversión en inmuebles, mobiliario y equipo.
La autorización permitió que la institución mantuviera invertido hasta el 69.3 por ciento de su capital en estos conceptos, por encima del límite ordinario de 60 por ciento establecido por la Ley de Instituciones de Crédito, con vigencia hasta diciembre de 2028.
El historial regulatorio del banco muestra que desde 2020 ya había acumulado al menos 30 multas adicionales. Sin embargo, la mayoría correspondían a montos cercanos a los 300 mil pesos. En contraste, tres de las cinco sanciones notificadas en abril superaron individualmente el millón de pesos, convirtiéndose en algunas de las más elevadas registradas para la institución en los últimos años.
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