Corte rechaza recurso del dueño de Athos y Tango; ¿cuál es la sentencia para el responsable del asesinato de los perros rescatistas?

19 de Marzo de 2026

Corte rechaza recurso del dueño de Athos y Tango; ¿cuál es la sentencia para el responsable del asesinato de los perros rescatistas?

Por unanimidad los ministros del Pleno decidieron desechar el recurso legal promovido por Édgar Martínez, dueño y entrenador de los perros

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Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Cuartoscuro

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad la propuesta que deja firme el amparo concedido a Vicente Patiño Albarrán, sentenciado por envenenar a los perros Athos, Tango y Balam en 2021, lo que abre la posibilidad de reducir su condena y el monto de la reparación del daño.

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Durante la sesión del Pleno, el ministro Irving Espinosa Betanzos presentó el proyecto del amparo en revisión 7933/2025, en el que propuso desechar el recurso interpuesto por el paramédico Edgar Martínez Olguín, quien buscaba impugnar el amparo otorgado al responsable. Todos los ministros respaldaron esta postura al considerar que el recurso no implicaba un análisis de constitucionalidad.

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Con esta decisión, la resolución que favorece a Patiño Albarrán queda firme. La Corte ordenó recalcular a la baja la reparación del daño que se le impuso en junio de 2021.

Los ministros rechazaron el amparo al argumentar que se trata de un tema legal y no constitucional. De esta forma, se dijo, no es posible llegar al fondo del asunto.

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Uno de los puntos clave en la resolución es la clasificación de los animales afectados. El tribunal determinó que Athos, Tango y Balam no podían ser considerados perros rescatistas, sino animales domésticos.

Aunque durante el juicio se acreditó que los canes participaron en labores relacionadas con desastres naturales, el tribunal concluyó que estas actividades se realizaban de manera altruista, sin fines de lucro por parte de su dueño, quien se dedica al entrenamiento canino.

Bajo este criterio, los magistrados consideraron que los perros dependían completamente de un humano para su subsistencia y habitaban en un domicilio particular, lo que modificó la tipificación del delito y, en consecuencia, la sanción aplicable.

Amparo abre puerta a reducción de condena

El amparo concedido previamente permite que la pena de 10 años y seis meses de prisión por crueldad animal pueda reducirse hasta cuatro años, además de disminuir la compensación económica fijada inicialmente en más de 2 millones 145 mil pesos por concepto de reparación del daño.

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MÉXICO, D.F., 15JULIO2015.- Celda numero 20 donde que era habitada por el reo Joaquín Guzman Loera, alias el “Chapo Guzman” quien se fugó el pasado 12 de Junio a travez de un tunel que tenia de longitud mas de un kilómetro y medio y que conectaba a una vivienda en los ejidos de Santa Juanita. FOTO: SAÚL LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM / SAUL LOPEZ

La nueva sentencia deberá ser dictada por un juez en Querétaro, quien tendrá que reconsiderar los elementos del caso conforme a lo ordenado por el tribunal colegiado que otorgó el amparo en octubre de 2025.

Antecedente en la SCJN sobre maltrato y crueldad animal

El caso ya había sido revisado por la Corte el 30 de octubre de 2024, cuando la entonces Primera Sala estableció criterios sobre la diferencia entre maltrato animal y crueldad animal.

En esa ocasión, los ministros precisaron que el maltrato ocurre cuando una acción u omisión provoca dolor o sufrimiento sin intención directa, mientras que la crueldad implica la voluntad de generar ese daño, ya sea para obtener un beneficio o por placer.
Asimismo, la Corte determinó que sancionar con mayor severidad la crueldad animal no constituye una doble penalización, ya que el uso de métodos que intensifican el sufrimiento también implica una afectación a la dignidad del animal.

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Ruta legal del caso

En una primera etapa, la Corte negó el amparo a Vicente Patiño Albarrán, quien buscaba una reducción de su condena. Posteriormente, el expediente regresó a un tribunal colegiado, que en octubre de 2025 resolvió a su favor.

Esa resolución dejó sin efectos la sentencia original y ordenó emitir un nuevo fallo con base en la reclasificación de los animales como domésticos, lo que ahora queda confirmado tras la decisión del Pleno de la SCJN.

Con ello, el proceso judicial entra en una nueva fase en la que se definirá la pena definitiva que deberá cumplir el responsable por la muerte de Athos y Tango, así como las afectaciones causadas a Balam.