Corte resuelve juzgar con perspectiva de género casos penales de secuestro: ¿qué establece el fallo de la SCJN?

17 de Febrero de 2026

Corte resuelve juzgar con perspectiva de género casos penales de secuestro: ¿qué establece el fallo de la SCJN?

El Pleno de la Suprema Corte emitió un fallo sobre la perspectiva de género e interseccionalidad los casos penales en los que participan mujeres

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Pleno durante una sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Pleno durante una sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Como parte de la agenda de este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordó el Amparo Directo en Revisión 5757/2025, en el cual se trató cómo es que debe considerarse la participación de las mujeres en los casos del delito de secuestro.

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La ministra María Estela Ríos fue la encargada de presentar el proyecto, con el cual se aprobaron cambios en las consideraciones para establecer las responsabilidades de la smujeres que participan en estos ilícitos.

Comparecencia María Estela Ríos
CIUDAD DE MÉXICO, 27NOVIEMBRE2023.- María Estela Ríos González en comparecencia para cubrir la vacante que deja el ministro Arturo Zaldívar lelo de Larrea. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM / Andrea Murcia Monsivais

¿Qué resolvió la Corte sobre la participación de las mujeres en secuestros?

El Pleno aprobó “juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad los casos penales en los que participan mujeres”. De esta forma, deberán tenerse en cuenta ciertas circunstancias sobre el papel de las mujeres en estos casos.

La intervención de una mujer en el delito de secuestro se limita al cuidado y alimentación de la víctima, no se actualiza la coautoría pues su intervención no es fundamental en la consumación e ejecución del delito”, estableció la ministra Estela Ríos en el priyecto que se aporbó, el cual también asevera que, ante estos escenarios, “debe reducirse la sanción penal”, toda vez que su papel “es a título de partícipe”.

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De esta forma, en el caso abordado (Amparo Directo en Revisión 5757/2025), “la Suprema Corte advirtió que el tribunal colegiado omitió analizar el contexto de posible violencia y subordinación en el que se encontraba la mujer por lo que el asunto fue devuelto para que se emita una nueva sentencia”.