Empeñó su auto en el Monte de Piedad, intentó pagar y se lo quitaron; esto se sabe del caso que llegó al tribunal
Un hombre empeñó su automóvil para obtener dinero, pero asegura que cuando intentó realizar el pago correspondiente, la institución rechazó el depósito y posteriormente retiró el vehículo de su domicilio.
La disputa entre un cliente y el Monte de Piedad comenzó en 2018 y hoy sigue abierta en tribunales federales.
/Foto: Especial
Un conflicto por un automóvil empeñado en Nacional Monte de Piedad llegó hasta instancias federales y podría derivar en una resolución relevante para la responsabilidad penal de las empresas en México. Francisco Arturo Jiménez Noricumbo acusa a la institución de haber retirado su vehículo pese a que, asegura, intentó realizar el pago correspondiente dentro del plazo establecido en su contrato.
La disputa comenzó en 2018 y actualmente se encuentra en manos de un tribunal federal que deberá determinar si las resoluciones emitidas hasta ahora cumplen con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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¿Por qué un cliente acusa al Monte de Piedad de quitarle su automóvil?
Francisco Arturo Jiménez Noricumbo recurrió al empeño de su vehículo para obtener recursos económicos en 2018. Como parte del contrato firmado con Nacional Monte de Piedad, debía cubrir pagos periódicos para mantener vigente el préstamo.
Según el expediente, el cliente acudió el 26 de noviembre de 2018 a realizar el pago correspondiente al refrendo de su contrato. Sin embargo, afirma que la institución rechazó el depósito bajo el argumento de que era extemporáneo.
Ante esa situación presentó una queja formal en la sucursal donde intentó efectuar el pago.
“No me fue recibido el pago del refrendo no obstante estar en término de pago conforme a la cláusula novena del contrato”, señaló en el documento entregado a la institución.
El afectado también solicitó que cualquier cargo derivado de la negativa fuera reembolsado.
¿Qué pasó con el auto empeñado en el Monte de Piedad?
Tras presentar la queja, Jiménez Noricumbo buscó una respuesta de la institución mediante llamadas telefónicas y otros canales de contacto.
Al no obtener una solución, acudió ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), que programó una audiencia de conciliación entre ambas partes para febrero de 2019.
Sin embargo, antes de que se realizara ese encuentro, ocurrió el hecho que detonó la denuncia penal.
De acuerdo con la versión del afectado, personas identificadas como trabajadores de Nacional Monte de Piedad acudieron a su domicilio y retiraron el automóvil que había dejado como garantía del préstamo.
El denunciante sostiene que no se encontraba en el lugar cuando ocurrieron los hechos y que tampoco recibió una notificación previa sobre el retiro de la unidad.
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¿Qué denuncia presentó el cliente contra Nacional Monte de Piedad?
Después de la recuperación del vehículo, Francisco Arturo Jiménez Noricumbo presentó una denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
El cliente acusa a Nacional Monte de Piedad de haber actuado fuera de los términos establecidos en el contrato y señala que la institución incurrió en conductas que constituyen un presunto robo.
A partir de ese momento comenzó una batalla legal que ha pasado por diversas instancias judiciales locales y federales.
¿Puede el Monte de Piedad enfrentar un proceso penal?
Uno de los principales debates jurídicos del caso consiste en determinar si una persona moral puede ser vinculada a proceso penal por los hechos denunciados.
Inicialmente, autoridades judiciales concluyeron que la institución no podía ser sometida a un procedimiento penal bajo las circunstancias planteadas en la denuncia.
No obstante, el asunto llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se analizaron criterios relacionados con la responsabilidad penal de las personas morales.
En junio de 2025, la ministra Loretta Ortiz Ahlf ordenó devolver el expediente al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México para que fuera revisado nuevamente conforme a precedentes emitidos por el máximo tribunal del país.
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¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre el caso del Monte de Piedad?
La Corte no resolvió de fondo si existió o no un delito. Lo que hizo fue ordenar que el asunto fuera analizado nuevamente tomando en cuenta criterios que reconocen la posibilidad de que las personas morales puedan ser sujetas a procedimientos penales cuando existan elementos suficientes para ello.
A partir de esa determinación, el Segundo Tribunal Colegiado modificó una resolución previa y ordenó a la Tercera Sala Penal de la Ciudad de México emitir un nuevo análisis del expediente.
¿Por qué el caso regresó nuevamente a un tribunal federal?
Tras revisar nuevamente el asunto, la Tercera Sala Penal volvió a concluir que Nacional Monte de Piedad no debía ser vinculada a proceso.
Posteriormente, un juzgado federal consideró que dicha resolución cumplía con lo ordenado en el amparo concedido al denunciante.
Inconforme con esa decisión, Jiménez Noricumbo promovió un recurso de inconformidad que ahora analiza nuevamente el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México.
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¿Qué puede pasar con el caso del Monte de Piedad en 2026?
La resolución que emita el tribunal será clave para el futuro del litigio.
Si los magistrados consideran que la sentencia de amparo no fue cumplida correctamente, podrían ordenar una nueva resolución judicial y reabrir la posibilidad de que Nacional Monte de Piedad enfrente una vinculación a proceso penal.
En cambio, si concluyen que las autoridades actuaron conforme a los lineamientos establecidos, la institución mantendría la protección jurídica obtenida hasta ahora.
La decisión definirá el rumbo de un caso que comenzó con el empeño de un automóvil y que actualmente mantiene abierto un debate sobre la responsabilidad penal de las personas morales en México.
Con información de Proceso