El punto de inflexión socioambiental

5 de Agosto de 2026

El punto de inflexión socioambiental

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Raymundo Espinoza Hernández.

La base social de Morena y los gobiernos de la 4T se conforma de movimientos y organizaciones que defienden la soberanía, la democracia y los derechos sociales en contra de los fraudes electorales, la corrupción y el neoliberalismo. Medidas como el aumento al salario mínimo y la constitucionalización de los programas sociales garantizan la lealtad electoral de dichos votantes. López Obrador fue congruente en su defensa de los intereses nacionales y la reconstrucción del Estado social mexicano bajo condiciones democráticas. Durante su mandato cumplió con el famoso compromiso 75: la prohibición de la fractura hidráulica. Sin embargo, la iniciativa no logró concretarse y se quedó en un mero impedimento de facto. La promesa presidencial generó amplias expectativas en los movimientos socioambientales, pero dejó intacta la estructura legal que permite la extracción de hidrocarburos no convencionales.

Ahora, bajo la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum, el gobierno federal impulsa un peligroso viraje en la política energética: justifica la necesidad de explotar gas de lutita en nombre de la soberanía nacional, convoca a expertos para evaluar un supuesto “fracking sustentable” y abandona el compromiso de evitar la fracturación hidráulica. El debate público se avivó tras la publicación del suplemento 225 de La Jornada del Campo, en el que Armando Bartra defendió la revisión de la postura gubernamental en un editorial titulado “El elefante”. La argumentación de Bartra parte de una realidad económica ineludible: México depende del exterior. De acuerdo con datos oficiales de la Administración de Información Energética de Estados Unidos, en 2025 México alcanzó un récord histórico de importaciones con más de 6,638 millones de pies cúbicos diarios de gas natural proveniente de Texas, lo cual representa cerca del 78% del consumo nacional total, además de que sostiene el 67% de la generación eléctrica nacional y la producción de fertilizantes nitrogenados.

Para Bartra y otros resulta hipócrita prohibir la fractura hidráulica en suelo nacional mientras desde el Estado mexicano se financia la destrucción ambiental en Texas con decenas de miles de millones de dólares. Según esta visión pragmática, la verdadera pregunta se centra en cómo enfrentar el desafío energético actual con soberanía. Sus promotores sostienen que, ante la vulnerabilidad geopolítica y el encarecimiento de precios por conflictos globales, el gobierno debe aprovechar las vastas reservas en la Cuenca de Burgos y otras zonas del norte del país. No obstante, esta postura encierra graves falacias y contradicciones jurídicas, ecológicas y políticas.

En primer lugar, se apela a la soberanía nacional para hacer a un lado la justicia socioambiental y los derechos fundamentales de los pueblos. Extraer el gas natural mediante una empresa pública no mitiga la devastación de los territorios locales. Desde la óptica del artículo cuarto constitucional, el derecho humano a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar colectivo es irrenunciable, lo mismo que el acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal. La fractura hidráulica violenta estos preceptos de manera directa e irreversible y las primeras afectadas son las comunidades que viven en los territorios adyacentes.

De acuerdo con la Alianza Mexicana contra el Fracking, cada pozo perforado requiere inyectar entre 9 y 29 millones de litros de agua dulce mezclada con cientos de sustancias químicas altamente tóxicas y cancerígenas. Una investigación publicada por Mongabay Latam en julio de 2026 advierte que los planes de expansión del fracking amenazan zonas vulnerables donde habitan más de seis millones de personas. En la región petrolera Sabinas-Burro Picachos, el 83% de la superficie padece estrés hídrico. Extraer sólo el 10% de los recursos proyectados en esa zona requeriría 167.5 millones de metros cúbicos de agua dulce. Destinar agua potable a la fractura de rocas subterráneas en un contexto de sequía representa no sólo un despojo sino un ecocidio en contra de las poblaciones locales.

En segundo lugar, la idea de un “fracking sustentable” avalado por expertos gubernamentales constituye un oxímoron técnico y jurídico. La mecánica intrínseca de esta técnica extractiva exige presiones extremas para fracturar la roca, lo que provoca sismos inducidos de manera inevitable. Además, aunque el gas natural libera menos dióxido de carbono en su combustión final, el proceso extractivo emite grandes volúmenes de metano, un gas de efecto invernadero con un potencial de calentamiento global hasta 80 veces superior al dióxido de carbono en un horizonte temporal de dos décadas.

Frente a esta amenaza climática, el Derecho ambiental impone el principio precautorio, reconocido en instrumentos como el Tratado de Escazú y la Declaración de Río. Este principio dicta que, ante el peligro latente de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta jamás debe usarse como excusa para postergar medidas protectoras eficaces. Proponer paneles de científicos para evaluar la posibilidad técnica de minimizar el impacto socioambiental invierte la carga de la prueba e ignora miles de estudios académicos independientes que confirman la imposibilidad material de contener la contaminación de acuíferos subterráneos y las fugas de gases tóxicos. El Estado mexicano tiene la obligación ineludible de no permitir la fractura hidráulica tras los compromisos adquiridos previamente, pues hacerlo representaría un retroceso político y, sobre todo, un punto de inflexión para la 4T.

Asimismo, la actual propuesta omite los derechos colectivos de los pueblos indígenas y comunidades campesinas. Diversos municipios de vocación agrícola y con población indígena mayoritaria en la Huasteca potosina y el Totonacapan han declarado sus territorios libres de fracturación hidráulica. Imponer proyectos de gas en estas regiones vulneraría el derecho a la consulta garantizado en el Convenio 169 de la OIT y en la Constitución mexicana. Casos trágicos como el pozo exploratorio Pankiwi-1 en Pantepec, Puebla, ilustran el patrón de abandono institucional: las comunidades locales enfrentan gases tóxicos, pérdida irreparable de manantiales y severos problemas de salud sin recibir jamás información transparente por parte de las autoridades competentes. La verdadera soberanía exige proteger la vida, no subsidiar el despojo fósil en nombre de una falsa independencia nacional, que, está por demás decirlo, requiere de otras condiciones y medidas económicas estructurales.

En su momento, John Saxe-Fernández analizó con lucidez cómo la expansión de la fractura hidráulica responde a las exigencias geopolíticas del capitalismo catastrófico y a la crisis estructural de hegemonía de Estados Unidos. Para Saxe-Fernández, someter la matriz energética nacional a la lógica de los hidrocarburos no convencionales no construye soberanía, sino que ratifica la subordinación de México a la estrategia imperial de integración asimétrica norteamericana. En lugar de consolidar la independencia, el Estado asume los elevadísimos costos socioambientales y las emisiones masivas de metano con el único fin de prolongar la rentabilidad del complejo petro-financiero transnacional, con lo que el destino del país se ata a una burbuja extractiva insostenible y aceleradora del colapso climático.

Por su parte, desde la Red Nacional de Comunidades Envenenadas en Resistencia se ha criticado la retórica gubernamental sobre la viabilidad técnica o la atenuación del impacto socioambiental mediante comisiones científicas oficiales. Desde la perspectiva de la toxicología crítica y la salud comunitaria, diversos investigadores que confluyen en la Red sostienen que el fracking produce necesariamente “regiones de sacrificio”, donde la fragmentación del territorio, la inyección destructiva de químicos nocivos y la subsiguiente alteración de los ciclos hídricos destruyen las condiciones naturales de la vida social. La naturaleza de la devastación territorial y la contaminación de acuíferos no cambia en absoluto si el pozo lo administra una corporación privada extranjera o la empresa pública Pemex. La mercantilización y destrucción de los bienes comunes por vía estatal constituye una forma de extractivismo que violenta la autodeterminación de los pueblos y degrada la salud colectiva de las comunidades involucradas.

En este sentido, la reactivación o legitimación de la fractura hidráulica bajo la cobertura de la 4T marcaría un quiebre definitivo con las demandas históricas de las comunidades y organizaciones populares y ecologistas que respaldan el proyecto de cambio social. No es posible conciliar la justicia socioambiental con la consagración de zonas de sacrificio territorial, ni se alcanza la soberanía energética perpetuando la servidumbre hacia una infraestructura fósil ecocida. La verdadera soberanía no se obtiene envenenando las aguas y los suelos nacionales para sustituir las importaciones texanas, sino con un plan económico estratégico, que incluya el fortalecimiento de la industria nacional y el sector energético, respetuoso del marco constitucional, en particular de la rectoría económica del Estado, del principio de desarrollo sustentable y del mandato de garantizar el interés público, así como de la obligación de proteger derechos fundamentales, entre ellos, el ambiente sano, el agua y la protección de la salud. Frente al espejismo del extractivismo soberano de Estado, la alternativa jurídica, políticamente congruente y éticamente aceptable, es la prohibición constitucional, expresa y absoluta del fracking en todo el territorio nacional.