Entra en vigor reforma para dar prestaciones a repartidores y conductores de apps: ¿en qué consiste?
Esta semana el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicará las reglas de carácter general sobre la seguridad social para los trabajadores de aplicaciones en México

Jóvenes trabajadores de la plataforma UBER Eats
/Magdalena Montiel Velázquez
Este domingo 22 de junio entraron en vigor las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales, con el fin de regular el trabajo de repartidores y conductores de Didi, Uber o Rappi.
En los primeros días, las plataformas deberán registrar a las personas trabajadoras ante el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), con el fin de darles seguridad social y los beneficios que ello implica, así como la cotización para conseguir créditos en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Entre las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, se fijan las reglas para la participación en el reparto de utilidades conforme al tiempo efectivamente laborado, mismo que no deberá superar las 288 horas al año.
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Dicho tiempo está destinado para ser definido por los colaboradores, mientras que el salario será fijado por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, contemplando el proporcional del día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
La Secretaría del Trabajo indicó las fechas importantes de la reforma:
-27 de junio: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicará las reglas de carácter general sobre la seguridad social, mientras que la STPS publicará las reglas de carácter general para definir el cálculo de ingreso neto.
-El primero de julio arrancará la prueba piloto, la cual durará seis meses.
-24 de diciembre: el IMSS e Infonavit publicarán las iniciativas de ley para garantizar el cumplimiento al concluir la prueba piloto.
Si la persona trabajadora no recibe al menos el equivalente al salario mínimo mensual, se considerará trabajador independiente, sin que se presuma relación laboral, pero aún así deberá ser afiliado al régimen de riesgos de trabajo del IMSS.
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Multas por reforma para regular aplicaciones
La reforma establece que se impondrán multas a personas empleadoras que utilicen plataformas digitales y no cumplan con los artículos clave de la nueva reforma:
- Por no entregar contrato por escrito: sanción de 2,000 a 25,000 UMA (entre 217,000 y 2 millones 714,250 pesos).
- No emitir política algorítmica: multa de 1,000 a 25,000 UMA (entre 108,570 y 2 millones 714,250 pesos).
- No cumplir con requisitos generales como proveer insumos, dar capacitación, garantizar seguridad o registrar contratos: sanción de 250 a 5,000 UMA (entre 27,140 pesos y 542,850 pesos).
- No establecer mecanismos humanos para la revisión de decisiones automatizadas (cuando una persona trabajadora lo solicita): multa de 500 a 25,000 UMA (de 54,285 a 2 millones 714,250 pesos).
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