SCJN frena retiro de pensión por viudez: trabajar ya no será motivo para perder el apoyo del ISSSTE
El máximo tribunal determinó que laborar no puede ser motivo para perder este derecho, al considerar que vulnera la seguridad social
La SCJN declaró inconstitucional una norma del ISSSTE que permitía retirar la pensión por viudez a quienes comenzaban a trabajar
/Foto: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una norma del ISSSTE que permitía retirar la pensión por viudez a quienes comenzaran a trabajar, al considerar que esta medida vulneraba el derecho a la seguridad social.
Con esta decisión, el máximo tribunal dejó claro que laborar no puede ser motivo para perder este ingreso económico.
El fallo invalida el artículo 12, fracción II, inciso c), de un Reglamento de Pensiones del ISSSTE, el cual establecía que las personas beneficiarias podían perder la pensión si cotizaban nuevamente en el mismo régimen.
Para la Corte, esta disposición imponía una restricción injustificada y contraria a la Constitución.
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Trabajo no cancela derechos: postura de la Corte
Durante la discusión, el Pleno determinó que condicionar la pensión por viudez al hecho de no trabajar afecta directamente la protección que la Constitución otorga en materia de seguridad social.
En ese sentido, subrayó que el acceso a este derecho no puede estar sujeto a condiciones que limiten la actividad laboral.
El máximo tribunal concluyó que convertir el trabajo en una causa de suspensión de la pensión “vacía de contenido” la protección reforzada que la Constitución otorga a este derecho.
Además, se destacó que la seguridad social debe garantizarse sin imponer reglas que penalicen a quienes buscan generar ingresos adicionales, ya que esto afecta su estabilidad económica y su derecho a una vida digna.
La resolución se emitió como parte de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 15/2025, lo que implica que el criterio será obligatorio y aplicable de manera general en casos similares.
🚨#ÚltimaHora I Trabajar ya no puede ser motivo para perder una pensión por viudez.
— Suprema Corte (@SCJN) April 7, 2026
⚖️ La #SCJN declaró inconstitucional el artículo 12, fracción II, inciso c), de un Reglamento de Pensiones del ISSSTE, que permitía suspender esta pensión a quienes trabajaran y cotizaran en el… pic.twitter.com/izYBkuUp3j
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Precedentes: matrimonio y concubinato tampoco eliminan la pensión
Este criterio se suma a resoluciones previas de la SCJN en las que también se ha protegido el derecho a la pensión por viudez en otros contextos.
En particular, la Corte ya había determinado que este beneficio no puede cancelarse si la persona decide contraer matrimonio nuevamente o vivir en concubinato.
En esos casos, se consideró que retirar la pensión por cambiar el estado civil constituye un trato desigual e injustificado, además de vulnerar el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La Segunda Sala del máximo tribunal sostuvo que las personas tienen derecho a rehacer su vida sin que ello implique perder su sustento económico.
Incluso, se recordó que disposiciones como el artículo 155 de la Ley del Seguro Social, que contemplaban la pérdida de la pensión en estas circunstancias, no se ajustan a los principios de igualdad y no discriminación.
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Impacto de la decisión
Con esta nueva resolución, las personas que reciben una pensión por viudez del ISSSTE podrán incorporarse al trabajo formal sin temor a perder este apoyo.
Esto refuerza la protección económica de quienes dependen de este ingreso y elimina una barrera que limitaba su desarrollo laboral.
La SCJN reiteró que cancelar la pensión por razones como trabajar, casarse o vivir en pareja resulta contrario a los derechos fundamentales, por lo que el criterio busca garantizar una protección integral y sin condiciones discriminatorias.
De esta forma, el fallo de la SCJN representa un avance en la defensa del derecho a la seguridad social, al establecer que las pensiones por viudez deben mantenerse como un respaldo económico independiente de las decisiones personales o laborales de quienes las reciben.
QT