El amparo para ricos

2 de Octubre de 2025

Alejandro Envila Fisher
Alejandro Envila Fisher
Director editorial de ejecentral, periodista, abogado y profesor en la UNAM. Ha dirigido la revista CAMBIO, Radio Capital, The News, Estadio, Rumbo de México y Capital, además de fundar el canal Greentv. Comentarista en medios, columnista político y autor de los libros Cien nombres de la Transición Mexicana, Chimalhuacán, el Imperio de La Loba, Chimalhuacán, Ciudad Perdida a Municipio Modelo y Huitzilan de Serdán, la derrota de los caciques.

El amparo para ricos

Alejandro Envila

Entre hoy y mañana, la mayoría que domina el Senado puede asestarle un golpe demoledor no solo a la igualdad, sino al propio pueblo que dice defender. Si vota en los términos en que fue presentado el proyecto de reforma a la Ley de Amparo, el Senado habrá impulsado la digitalización del juicio de garantías para modernizarlo, pero también habrá desprotegido a millones de mexicanos pobres, que perderán la posibilidad de verse protegidos por los amparos promovidos y obtenidos por terceros, contra actos de autoridad o leyes que violen los derechos humanos de todos.

Hasta antes de 2011, el juicio de amparo en México tenía esa característica que lo hacía egoísta y hasta elitista. Sólo protegía a quien lo promovía y no alcanzaba para los demás, sin importar que la ley impugnada, aunque fuera solo por uno, ya hubiera sido declarada inconstitucional. Esa característica de protección individual, solo a quien promovía, se conoce como Fórmula Otero y data del siglo XIX.

Las reformas de 2011 y 2013 introdujeron un cambio en el amparo: incluyeron y reglamentaron el concepto de interés legítimo y con él matizaron el carácter ultraindividualista de la Fórmula Otero. La nueva figura, el interés legítimo, permitió defender derechos individuales como ya ocurría, pero también derechos colectivos como el de disfrute de un medio ambiente sano. Además, esas reformas concedieron a la Corte la facultad de hacer una declaratoria general de inconstitucionalidad, que consiste en que ante la reiteración de declaración de inconstitucionalidad de una norma y después de 90 días sin que esa falla se subsane desde el Poder Legislativo, el tribunal constitucional extienda lo efectos de la nulidad de la norma, por inconstitucional, a todos los casos que pueda afectar, no sólo a quienes promovieron y ganaron el amparo contra ella.

Para efectos prácticos, eliminar interés legítimo y declaratoria general de inconstitucionalidad implicaría que quienes no tengan los recursos para pagar un abogado que promueva y gane un amparo, sufrirán los efectos de leyes que para otros ya fueron declaradas inconstitucionales, pero para ellos seguirán siendo válidas por no tener dinero para impugnarlas. Sería volver a los tiempos del amparo elitista.

Hay más, pero estas son solo dos de las figuras de protección que se perderían con la aprobación del proyecto de reformas a la Ley de Amparo en su versión original.

@EnvilaFisher