En los estudios jurídicos del México contemporáneo resulta fundamental apuntalar un pensamiento transdisciplinario y de talante crítico al interior de la comunidad jurídica nacional, que suponga cambios en las perspectivas, las metodologías, los objetivos y las prácticas de enseñanza, investigación y producción de Derecho, con miras a impulsar una renovación integral de la cultura jurídica en el país. La crisis socioambiental y sanitaria por la que atraviesa le mundo exige una comunidad jurídica dotada de herramientas adecuadas para lidiar con fenómenos de altísima complejidad, para cuya atención no existen soluciones lineales ni unilaterales.
En principio, uno pensaría que el Derecho debiese ser un instrumento de garantía, de tutela institucional de derechos fundamentales, incluido los derechos a un ambiente sano o a la protección de la salud. De igual manera, esperaríamos que a partir del orden jurídico y de las instituciones del Estado se impartiera justicia, en este caso justicia social, específicamente ambiental y sanitaria. Sin embargo, lo que nos encontramos los profesores universitarios cuando salimos de las aulas y cuando tenemos contacto con la realidad del país es algo muy diferente.
Y es que, los derechos reconocidos en la Constitución, en tratados internacionales o en leyes suenan muy bien ahí, anuncidados en abstracto, pero en la realidad no se ven por ningún lado, o sólo excepcionalmente se ven, más en un país como México, donde está muy claro que hay una justicia para los ricos y una justicia para los pobres, una justicia para quienes pueden pagar abogados privados, despachos de abogados que pueden promover juicios de amparo ante el Poder Judicial de la Federación y una justicia para quienes no pueden pagar abogados propios, que no pueden promover demandas de amparo y que no acceden al Poder Judicial de la Federación y, más bien, se tienen que contentar con presentar quejas ante las comisiones de derechos humanos o buscar auxilio en las Procuradurías para recibir alguna orientación según la materia y, por supuesto, recibir los servicios que prestan las defensorías públicas con abogados de oficio, con todas las carencias y adversidades que hay también en las instituciones públicas.
Se trata de una cuestión estructural, no contingente ni de mera voluntad. De aquí que sea de la mayor relevancia conocer cuáles son las condiciones que impiden el acceso a la justicia, particularmente en materia socioambiental y sanitaria.
En principio, me parece que habría que ubicar el problema en la formación misma de las y los abogados. Los abogados que se forman en las escuelas de Derecho, por ejemplo, interesados en los temas ambientales, están sobre todo orientados a prestar sus servicios en empresas trasnacionales, literalmente abogando a favor de sus manifestaciones de impacto ambiental y como gestores de permisos y autorizaciones. Ésa es la realidad y la visión que muchas y muchos compañeros tienen. Cuando les va mal, terminan trabajando en el sector público convertidos en burócratas al no acceder a empleos en el sector privado. Pero, en definitiva, la formación que no se brinda de ninguna manera es la de una abogacía de acompañamiento a procesos colectivos de defensa del territorio y los entornos vitales, así como de defensa de la salud comunitaria. Esos abogados no se forman en las universidades púbicas, menos todavía en las privadas. Lamentablemente, no es éste el perfil de egreso del estudiante de Derecho promedio que quiere dedicarse a los temas ambientales o sanitarios. Lo mismo sucede en los temas de Derecho indígena y en general en los de Derecho social.
Como docencia organizada en espacios institucionales públicos no estamos pensando en otro horizonte formativo para las y los etsudiantes de Derecho, tampoco estamos pensando en quienes más necesitan abogados ni en quienes más han padecido las injusticias del neoliberalismo o la negligencia de los gobiernos en general. Más bien, estamos pensando en dónde están los negocios y dónde uno puede hacer una carrera propia, porque los abogados se forman de una manera muy ensimismada, no solamente es que hablen un lenguaje encriptado, es que su formación de por sí los lleva a volverse completamente ajenos a la sociedad, más allá del lenguaje, por la propia práctica y por el interés, el horizonte donde ellos transitan su formación y carrera profesional. Ese es un primer problema que me parece que habría que atender si es que queremos avanzar para contar con otros abogados, con abogados de otro tipo, porque hoy no los tenemos o al menos los que hay no son suficientes.
Luego, también habría que reflexionar sobre la manera en que se hace investigación jurídica en torno a estos temas. El método favorito de los abogados sigue siendo la llamada dogmática jurídica, que no es otra cosa que abrir una código, ver qué dice y ponerse a hacer comentarios más o menos sensatos sobre su contenido. Así se escriben libros y se venden múltiples ediciones, sin ninguna reflexión analítica ni crítica. La enseñanza del Derecho es formalista. Las y los estudiantes de Derecho o jóvenes abogados lo que aprenden es a leer la ley, memorizar algunos pasajes de la ley y técnicas de interpretación, pero no aprenden a ubicar el Derecho y su práctica en los contextos sociales e históricos de los que emerge, pues se cree que eso ya le corresponde enseñarlo a la sociología y más bien sería la labor de un sociólogo.
Asimismo, las preguntas por las causas de los problemas detrás de la regulación ambiental y sanitaria también parecen cuestionamientos ajenos al Derecho y la formación jurídica. Cuando los problemas ambientales y de salud se vinculan con las condiciones materiales de la social o, más en concreto, con las políticas de libre comercio o la disputa de recursos y mercados estratégicos, parece que la competencia en estos temas es propia de economistas, pero no de abogados. A los juristas les interesa el texto de la ley. Esta manera de investigar el fenómeno jurídico genera un gran aislamiento de la comunidad jurídica, desde el cual no podemos romper con las fronteras epistémicas que limitan nuestra manera de pensar, participar e incidir en la sociedad y la atención de los grandes problemas que la aquejan. Como se ve, se trata de un un problema estructural íntimamente vinculado con la formación universitaria, un periodo formativo en el que se produce y reproduce un conocimiento estandarizado e ideológico sobre el Derecho. En este contexto, el acceso a una formación transdisciplinaria es casi imposible, mientras que la incidencia se reduce simplemente a ver a los demás como si fuesen clientes, y quien no es un buen cliente pues es un cliente que es mejor no tener y en este caso los pueblos y comunidades afectados por la devastación ambiental y las negligencias sanitarias pues no son buenos clientes, porque ahí no está el dinero, ahí no se factura.
Finalmente, hay una serie de tópicos jurídicos sobre los que es neceario reflexionar en una siguiente entrega. Entre ellos, la dinámica capitalista que impide el equilibrio ecológico y la protección del ambiente y la salud, la falta de acceso a la justicia socioambiental y sanitaria, la bifurcación entre los delitos ambientales y los relacionados con el derecho a la salud, así como el nexo causal, los pirncipios probatorios y la reparación integral.