Tribunal niega amparo a Lozoya en caso Lourdes Mendoza

17 de Mayo de 2024

Tribunal niega amparo a Lozoya en caso Lourdes Mendoza

LOURDES MENDOZA
Foto: Cuartoscuro

Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, deberá pagar 500 mil pesos de indemnización por el daño moral causado a la periodista.

Un tribunal colegiado rechazó amparar a Emilio Lozoya Austin, exdirector de Pemex, en la apelación que interpuso en contra de la sentencia en la que un juez determinó que el exfuncionario incurrió en una conducta ilícita al generar un daño moral en contra de la periodista Lourdes Mendoza.

“La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Emilio Ricardo Lozoya Austin, contra los actos que reclamó de la Novena Sala y del Juez Quincuagésimo Segundo, ambas autoridades de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Ciudad de México, consistentes en la sentencia definitiva de cinco de septiembre de 2022”, se lee en el acuerdo del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

En sesión por videoconferencia del 7 de diciembre pasado, por unanimidad de votos los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado consideraron como “infundados e inoperantes” los agravios que el exfuncionario interpuso en el juicio de amparo en contra de la sentencia en la que un juez le ordenó resarcir el daño moral a la periodista, con el pago de la indemnización por un monto de 500 mil pesos.

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En su apelación, Lozoya Austin, señaló que el tribunal hizo un estudio “indebido” de la causa del daño moral a la periodista, pues según él no se determinó si la denuncia en la que él menciona a Lourdes Mendoza, y la hace ver como una “periodista corrupta”, como acusó la también columnista de Eje Central, por sí sola causó el agravio denunciado o si fue la difusión en medios de esta, lo cual “él no hizo”.

El 19 de agosto de 2020, en la denuncia que Emilio Lozoya presentó ante la FGR, mencionó que el exsecretario de Hacienda, Luis Videgaray pidió que se le comprara una bolsa de la marca Chanel, de entre 4 mil y 5 mil dólares, “para regalársela a su amiga, la periodista Lourdes Mendoza”.

No obstante, en la resolución de la autoridad judicial en materia civil del 12 de mayo de 2022, se determinó que “la declaración judicial de que el demandado (Emilio Lozoya) incurrió en una conducta ilícita generadora de un daño moral en contra de la suscrita (Lourdes Mendoza)”.

https://twitter.com/lumendoz/status/1745904371060097364

Desde entonces, la comunicadora señaló que el monto de la indemnización que el juez le ordenó a Lozoya Austin pagarle sería donado al Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas dependiente de la Fiscalía de la ciudad de México, a fin de “demostrar que no persigo dinero ni lucro alguno con esta demanda, sino que la ejerzo por principio y para defender mi nombre, reputación y todo mi patrimonio moral”, señaló Mendoza.

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