UMA, la unidad de medida que mete en aprietos al gobierno

10 de Mayo de 2024

UMA, la unidad de medida que mete en aprietos al gobierno

Utilizar la Unidad de Medida y Actualizacion (UMA) para calcular las jubilaciones afecta el ingreso de los beneficiarios, pero emplear el salario mínimo como referencia atenta contra las finanzas del gobierno federal

redaccion@ejecentral.com.mx

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) —referencia económica que sustituyó al salario mínimo como parámetro para determinar la cuantía del pago de las obligaciones previstas en las leyes— recibió sus primeros dos golpes en lo que al pago de pensiones se refiere.

Se trata de dos tesis emitidas por el Sexto Tribunal Colegiado de la Suprema Corte, y si la Secretaría de Hacienda no cumple con su función de litigar, los costos económicos para el erario pueden ser muy altos, opinan analistas, debido a la diferencia entre la UMA y el salario mínimo.

Los problemas se originaron porque, a tan sólo tres años de su aprobación, la UMA ha tenido fuertes pérdidas respecto al salario mínimo, lo que además de repercutir en los ingresos de los pensionados y jubilados, también impacta en las cotizaciones de los trabajadores al IMSS y al ISSSTE que se reducen por cobrarse en la unidad de medida, señala la especialista en seguridad social, Odilia Ulloa.

En 2016, año en que se aprobó la UMA, ésta tenía un valor de 73.04 pesos que era igual al salario mínimo. Sin embargo, en 2019 se despreció y sólo vale 84.49 pesos, mientras que el salario mínimo tiene un costo de 102.68 pesos, lo que significa una diferencia de 21.5 por ciento.

Pero si se considera el salario mínimo de la frontera norte, la diferencia se dispara a más del doble respecto a la UMA, ya que quedó en 176.72 pesos.

Es decir, que el pago de pensiones, que de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019 fue de 948 mil millones de pesos, se incrementaría en todo el país.

El costo de las pensiones en este año fue de 17% del presupuesto total, y se espera que pudiera duplicarse en el año 2040, por lo cual si se vuelven a pagar en salarios mínimos el Estado tendría fuertes problemas. Entre 2016 y 2019, el valor de la UMA se elevó 15.7%, contra 40.6% de avance del salario mínimo.

Precarización de jubilados

Con la decisión que tomaron en 2017 el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) de determinar que las pensiones ya no se fijarían de acuerdo al salario mínimo, dejó a la UMA en una situación muy problemática, ya que precariza a los jubilados, por lo cual el IMSS estableció como pago mínimo de pensión un salario mínimo.

Esta situación puede provocar que los pensionados y jubilados se amparen contra la utilización de la UMA en sus pagos y, si no hay un cabildeo por parte de la Secretaría de Hacienda, el incremento en este rubro del presupuesto lo haría impagable, sobre todo en la frontera norte.

De acuerdo con información de 2017 de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), el promedio mensual de las pensiones asciende a cinco mil128 pesos para las mujeres y seis mil 602 pesos para los hombres.

Si seguimos con los datos de 2017, con un costo de la UMA de 75.49 y del salario mínimo de 80.04 pesos y tomamos el promedio salarial de los hombres, tenemos que equivalía a 2.9 UMAs y 2.7 salarios mínimos.

Pero en 2019, este promedio de percepción deja a los jubilados de la frontera en 1.2 salarios mínimos, cuando, finalmente lo menos que puede pagar el IMSS es un salario mínimo, que también es la base de las cotizaciones.

Esta precarización también afecta a quienes están en el tabulador más alto de jubilaciones, que equivale en el caso del IMSS a 25 UMAs, que en este 2019 son 63 mil 368 pesos, inferior a 77 mil 10 pesos, que serían si se considerara al salario mínimo como referencia.

El 17 de mayo pasado, el sexto Tribunal Colegiado en materia de trabajo del primer circuito, emitió la tesis de que la UMA es inaplicable en materia de seguridad social y para el cálculo del incremento de las pensiones otorgadas.

›Señala que “si bien la UMA sirve como índice, base, medida o referencia para excluir al salario mínimo, eso no implica que este último concepto no pueda utilizarse para fines propios de su naturaleza”.

Y explica que el legislador distinguió que existen casos en los que debe atenderse al concepto de salario mínimo por disposición expresa de la ley, en concreto, en materia de seguridad social y de pensiones.

La otra tesis del mismo 17 de mayo señala que en el caso de las pensiones otorgadas por el ISSSTE la UMA “es inaplicable para fijar su cuota diaria”. En la tesis se explica que la UMA “es inaplicable como referencia para los temas relacionados con las pensiones jubilatorias, ya que de la exposición de motivos que dio origen a esa reforma constitucional, se advierte que se creó para utilizarse como índice, unidad, base, medida o referencia para indexar ciertos supuestos y montos ajenos a la naturaleza del salario mínimo como el entero de multas, contribuciones, saldo de créditos de la vivienda otorgados por organismos de fomento, entre otras”.

Por lo tanto, “es el salario mínimo y no la UMA el indicador económico aplicable a las prestaciones de la seguridad social, como parámetro para determinar el monto máximo del salario base para cotización, para fijar la cuota diaria de pensión”.

Si bien es cierto que estas tesis son un criterio aislado, marcan un precedente para que los trabajadores hagan valer los medios de defensa para que se aplique el salario mínimo en lugar de la UMA en materia de seguridad social.

Tras recordar que cinco tesis en el mismo sentido causan jurisprudencia, la especialista Ulloa señala que el grave problema de pagar las pensiones con salario mínimo es que el gobierno, como patrón, estaría obligado a erogar esos recursos.

Además se incrementarían las cuotas que tendrían que pagar los empresarios, el trabajador y el gobierno lo que significaría un peor endeudamiento para los estados de la República.

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