Simulación, el arte tras la subcontratación laboral

27 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

Simulación, el arte tras la subcontratación laboral

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Impunidad es uno de los vocablos que vienen a la mente en cada uno de los miles de mexicanos que resienten los efectos de la violencia y la inseguridad en México todos los días. Tiene que ver con la inaplicación del derecho para sancionar a quienes quebrantan las normas jurídicas encargadas de regir la convivencia entre los individuos.

El problema que hemos enfrentado a lo largo de los años en este país tiene que ver con la retórica perenne encaminada a enaltecer la importancia de vivir con apego a la legalidad o, como está en boga, de acabar con la corrupción, y la política irracional de pretender remediar todos los males expidiendo o modificando las leyes, para incorporar más prohibiciones.

En el fondo, todo se traduce en una simulación, porque vivimos en un estado que todo prohíbe y en el que simultáneamente, todo se puede, sólo que para que se pueda, todo se cobra por fuera y todo se encarece según el tamaño de la prohibición que contemple la ley.

El remedio se halla en la eliminación de la simulación y en la ejecución de acciones efectivas tendientes a lograr que se observe y se cumplan las normas de derecho existentes, y se supriman en la ley todos aquellos artilugios que permitan disfrazar su evasión y consecuente inobservancia.

Es el caso de la subcontratación laboral. La Constitución y las leyes laborales contemplan un número importante de prestaciones sociales que amparan a los trabajadores y les permiten gozar de circunstancias mínimas de seguridad y dignidad, que deben de cumplir los patrones: el pago de un salario íntegro conforme al cual se coticen seguros de salud, maternidad, cesantía en edad avanzada y muerte, por un lado, y la participación real en la utilidad de las empresas, por el otro.

El punto clave es que, a lo largo de los años, los patrones han acudido a complejas estructuras legales que persiguen no otra cosa sino eludir las obligaciones que establece la ley para con los trabajadores. Con la asesoría de abogados expertos en el ámbito fiscal y laboral han ideado la constitución de sociedades alternas encargadas de mantener y administrar la nómina, a las que transfieren flujos con ganancias marginales que alejan de los trabajadores la posibilidad de obtener las prestaciones económicas esenciales que ordena la Constitución: el outsourcing.

La semana pasada se presentó una iniciativa mediante la cual se pretenden reformar la Ley Federal de Trabajo, el Código Fiscal, la Ley de Seguro Social y otras, con el propósito de regular agresivamente y sancionar el outsourcing.

Siendo válida la premisa que propone sancionar a quien incumpla la ley mediante las contrataciones laborales simuladas, el mecanismo propuesto resulta sumamente controvertido y peligroso, porque ahuyenta la inversión productiva.

Así como existe una subcontratación laboral perversa cuyo fin último persigue lucrar con el esfuerzo de los trabajadores, hay otra, necesaria, que nutre cadenas productivas legítimas perfectamente asociadas a un complejo entramado de industrias en las que dicha subcontratación es perfectamente válida y vital.

La prohibición de la subcontratación en términos demasiado abstractos provoca incertidumbre en el ámbito patronal, porque induce a suponer que habrá casos de subcontratación válida que no podrán llevarse a cabo so pena de no ser deducibles o dar lugar a la imposición de cuantiosas multas. Pretender identificar en la Ley qué supuestos son válidos y cuáles constituyen una auténtica simulación, no sólo constituye una tarea difícil de lograr, sino también un ejercicio normativo inusual que reflejaría un comportamiento parlamentario totalmente anómalo.

En el sistema actual de vigilancia, y de supervisión laboral y fiscal, la inclusión de nuevas penas y sanciones contra los patrones en la forma en que se propone sólo propiciará la creación de nuevos nichos de corrupción e injusticia que obstaculizará la creación de más empleos, en detrimento de los intereses de los propios trabajadores.

Es quizá oportuno suponer que la inclusión de mecanismos jurídicos que estimulen la contratación plena de los trabajadores e inhiban la elusión de las obligaciones patronales, aunado al reforzamiento de las resoluciones que pronuncien los tribunales federales competentes en materia de amparo laboral, alrededor de la subcontratación, podrían conducirnos a un escenario equitativo, en el que la edificación de una base sólida, fundada en el análisis casuístico del complejo ámbito de la subcontratación laboral, nos permitirían consolidar un sistema normativo adecuado, que medie y proteja los derechos ciertos y legítimos de ambos, patrones y trabajadores.

El impulso de iniciativas de reformas que imponen prohibiciones y sanciones, sin miramiento de las consecuencias indeseadas ocasionadas en agravio del sistema productivo y la economía nacional, arroja al ruedo de quienes tienen bajo su encomienda cumplir la ley, el desafío de encontrar nuevos mecanismos legales para evitar su cumplimiento, a la postre, estrategias disfrazadas de legalidad que perjudican a quienes se intenta proteger, a los trabajadores.