4T responsabilidad penal, empresarial

24 de Abril de 2024

Laura Borbolla
Laura Borbolla

4T responsabilidad penal, empresarial

En esta semana, supimos de otro derrame de contaminantes mortales en aguas del Mar de Cortés, a cargo del reincidente e irresponsable Grupo México del empresario Germán Larrea. Con videos que evidenciaron una fuga de 3 mil litros de ácido sulfúrico, debido a “falla en las válvulas” en el complejo que tienen en Guaymas, Sonora.

El derrame de sustancias como el sulfato de cobre y de zinc que perjudica de forma irreparable los mantos freáticos, flora, fauna y agricultura de la zona, el Mar de Cortés, fue declarado patrimonio intangible de la humanidad, en el 2005, por ser un lugar con la mayor biodiversidad del mundo y ante el derrame aún no se tiene cuantificado el daño a este lugar, el cual se hace para la humanidad.

La minería es un negocio que permite el desarrollo y progreso, de la población en donde se encuentra instalada, no obstante, también es una industria que contamina demasiado el ecosistema. El Grupo México cuenta con varias concesiones para la explotación del subsuelo, ha tenido a lo largo de su historia un sin número de accidentes que se han traducido en ecocidios. El tema es de seguridad nacional, en términos de lo apuntado en otras entregas, por verse involucrados recursos del territorio nacional.

Entre los “accidentes” de Grupo México, se tienen datos de la fuga de sulfatos de cobre y zinc, ocurrida en el pasado mes de mayo, en el río de la comunidad San Martín, ubicada en el Municipio de Sombrerete, Zacatecas. Así también el 6 de agosto de 2014, se presentó un derrame de los mismos químicos sólo que en una cantidad mucho más dañina de 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico dejando sin agua para consumo humano y actividades productivas a más de 25 mil habitantes el derrame fue en las aguas del Río Sonora y Río Bacanuchi en las inmediaciones de Cananea, Sonora.

La legislación medio ambiental, puede establecer por la vía administrativas sanciones económicas, ejemplo de ello es la impuesta en el año 2014 por la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa), imponiendo al Grupo México una multa de 23 millones de pesos, sin embargo, esto no alcanza para restablecer el ecosistema del lugar y aún y cuando se tiene evidencia de los diversos ecocidios, no hay nadie responsable por los ilícitos o delitos ecológicos.

No hay responsables de delitos medioambientales, en razón a que la responsabilidad penal en México, solo es para las personas físicas y no así para las morales, es importante considerar que México, debería de empezar a analizar de forma seria la responsabilidad penal y/o el “Criminal compliance”.

“Criminal compliance”, es una teoría y práctica que ha centrado sus bases en la escuela alemana y que ha sido adoptada por algunos otros países, se basa en la ética del cumplimiento normativo, vinculado con la responsabilidad empresarial, en conciencia de los impactos de sus actividades.

La ética empresarial, implica que de mutuo propio, establecen bases de sanción, en caso de no cumplir con las mismas, por realizar actividades sin extremar el cumplimiento de procesos de calidad y cuidado de los bienes con los que se vincula su actuación y/o servicios.

El ejemplo viene a colación de lo ocurrido con Grupo México, pero existen anécdotas con lo que se originó el compliance, en la Volkswagen, con el tema de convertidores catalíticos, que no cumplían con las especificaciones para no contaminar en Europa y que se tuvieron que indemnizar a los compradores de los vehículos con esas fallas y al gobierno por haber contaminado el ambiente y su garantía en el cumplimiento.

El compliance, puede ser aplicado en bancos, partidos políticos, empresas de telecomunicaciones, etc., en otras partes del mundo el mal resguardo de los datos de los clientes y fuga de información ha sido sancionado.

Otro ejemplo es el señalamiento que tuvo Walmart, respecto de la políticas que tiene y para establecer la compra-venta de productos y el orden de cómo los presenta en los anaqueles, como se denunció hace unos años de posible corrupción entre particulares.

Para la 4T se debe de incrementar el cumplimiento de la ley incluso por las personas morales, ya que, en algunos casos la forma en que se transgrede la ley tiene implicaciones sólo a nivel empresarial, y en ocasiones la reparación del daño no puede quedar sólo con el pago de una multa, que resulta ser minúscula en proporción al daño. Pensar en modernizar el derecho penal, son cosas de forma que hacen fondo.