CDMX prohíbe exhibición física de perros y gatos en adopción o venta: ¿De cuánto podría ser la multa en caso de incumplir la ley?

12 de Diciembre de 2025

CDMX prohíbe exhibición física de perros y gatos en adopción o venta: ¿De cuánto podría ser la multa en caso de incumplir la ley?

El Congreso capitalino aprobó una reforma que prohíbe mantener a perros y gatos en vitrinas o jaulas para su exhibición

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Reforma en CDMX prohíbe exhibición física de mascotas

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Foto: Especial

Reforma en CDMX prohíbe exhibición física de mascotas
Foto: Especial

El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma que prohíbe la exhibición física de perros y gatos destinados a adopción o venta en establecimientos mercantiles, albergues y refugios. La medida busca erradicar prácticas que generan estrés y sufrimiento en los animales, quienes suelen ser mantenidos en vitrinas, jaulas o espacios reducidos y expuestos constantemente al ruido, iluminación intensa y presencia de personas.

De acuerdo con estudios citados en el dictamen, esta exposición prolongada provoca estimulación excesiva, comportamientos anormales, nerviosismo, alerta constante, apatía e incluso agresividad. El encierro en estas condiciones afecta directamente su bienestar y se considera una forma de maltrato animal.

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Perro y gato en la ventana de una casa / Foto: Cuartoscuro

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¿Cómo será el nuevo proceso para vender o adoptar?

Con la reforma, toda venta o adopción deberá realizarse exclusivamente mediante cita previa. Los animales deberán permanecer alojados en espacios seguros, con condiciones adecuadas de protección, alimentación y agua limpia, así como bajo vigilancia constante de un médico veterinario zootecnista y personal capacitado.

Durante el encuentro con los posibles adoptantes o compradores, un veterinario deberá estar presente en todo momento. Al finalizar la cita, el animal deberá regresar a su área habitual de estancia, quedando prohibido que pernocte en jaulas o exhibido en áreas de venta.

Además, en caso de que el comprador o adoptante no asuma la tutela, deberá devolver al animal en un plazo máximo de 72 horas, pagando una cuota de reintegración que cubrirá gastos de cuidado y reubicación.

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¿Cuáles son los beneficios de la nueva reforma?

La normativa establece que únicamente podrán comercializarse perros y gatos esterilizados, desparasitados y con certificado de salud, garantizando la trazabilidad del animal. Asimismo, los compradores deberán recibir información completa y veraz sobre cuidados, comportamiento y necesidades.

Se otorgará un plazo de hasta 15 días para reclamar atención veterinaria por enfermedades ocultas o en incubación, y de hasta 9 meses en caso de enfermedades congénitas. También queda prohibida la venta de cachorros menores de cuatro meses.

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Perros y gatos deben ser registrados en el RUAC de la CDM. / Foto: Especial.

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¿De cuánto podría ser la multa?

La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) será la encargada de supervisar el cumplimiento de la reforma. En caso de violaciones, se impondrán multas de entre 150 y 3,000 UMAs, equivalentes a entre 16 mil 900 y 339 mil pesos aproximadamente.

En Ciudad de México existen más de 2 mil 200 establecimientos dedicados a servicios para animales de compañía, por lo que las autoridades deberán emitir lineamientos específicos durante los próximos 365 días para que los negocios se adapten a la nueva legislación.

El diputado animalista Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista, calificó la reforma como “histórica” y exhortó a otros estados del país a replicarla para garantizar condiciones dignas para perros y gatos. Señaló que la medida asegura espacios adecuados y elimina prácticas que normalizan el estrés y el maltrato en animales destinados a venta o adopción.
YF