Corte aborda asunto sobre protección de datos personales y acceso a la información; ¿qué resolvió la SCJN?

14 de Abril de 2026

Corte aborda asunto sobre protección de datos personales y acceso a la información; ¿qué resolvió la SCJN?

El Pleno de la Suprema Corte emitió un fallo sobre la legislación de la protección de datos personales y acceso a la información

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Imagen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante una sesión

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Especial

Imagen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante una sesión
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Este día se abordó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un asunto sobre la protección de datos personales y acceso a la información. La resolución se dio en el sentido de qué poderes legislativo pueden legislar en este sentido.

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¿Qué resolvió la Corte sobre la protección de datos personales y acceso a la información?

En sesión celebrada este lunes, el Pleno del máximo tribunal invalidó diversas disposiciones locales en Zacatecas, Yucatán y Veracruz, al considerar que invadían competencias federales.

De esta forma, se resolvió que los estados no pueden legislar en materia de protección de datos personales y acceso a la información cuando se trata de partidos políticos y sindicatos, al determinar que esta facultad corresponde exclusivamente a la Federación.

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De acuerdo con la Corte, el marco constitucional vigente establece con claridad que la regulación en materia de transparencia y protección de datos personales en partidos políticos y sindicatos es una facultad exclusiva del ámbito federal.

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El tribunal explicó que los artículos 6, apartado A; 73, fracción XXIX-S; y 116, fracción VIII de la Constitución, así como las leyes generales publicadas el 20 de marzo de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, asignan esta responsabilidad únicamente al Congreso de la Unión.

La decisión deriva de la resolución de las Controversias Constitucionales 254, 193, 194 y 205, analizadas durante la misma sesión. Hay que señalar dicho fallo también impacta a cualquier normativa estatal similar que otorgue atribuciones en estos temas.

¿Quiénes deben garantizar la protección de datos personales y acceso a la información?

La Corte precisó que, en el caso de los partidos políticos, el Instituto Nacional Electoral (INE) es la autoridad encargada de garantizar el acceso a la información y proteger los datos personales, tanto en organizaciones de carácter nacional como local.

INE, elección judicial
El INE fue el encargado de la elección judicial / Foto: Cuartoscuro

Esto se sustenta en lo establecido en el artículo 41, fracción I constitucional, que delimita las funciones del órgano electoral en materia de transparencia política.

En cuanto a los sindicatos, el fallo señala que la competencia recae en autoridades laborales federales, conforme al artículo 123 constitucional.

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En este rubro, la regulación se distribuye entre el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, para sindicatos del apartado A, y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para los del apartado B.

Con esta resolución, la SCJN deja sin efecto las disposiciones estatales que pretendían regular el acceso a la información y la protección de datos personales en estos sectores, al considerar que los congresos locales carecen de facultades para legislar en la materia.

El fallo refuerza el criterio de que la homologación normativa en temas de transparencia y datos personales debe mantenerse bajo un marco federal único, especialmente cuando involucra a actores como partidos políticos y sindicatos.