Corte emite fallo sobre decreto de AMLO para eliminación de fideicomisos; ¿qué resolvió la SCJN?

18 de Marzo de 2026

Corte emite fallo sobre decreto de AMLO para eliminación de fideicomisos; ¿qué resolvió la SCJN?

El Pleno de la Corte resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 303/2020, promovida por un grupo de senadores

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Imagen de una sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Imagen de una sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma que eliminó diversos fideicomisos y fondos públicos durante el sexenio del presidente López Obrador.. Con una votación mayoritaria, el máximo tribunal concluyó que la medida no vulnera derechos fundamentales y forma parte de una reorganización del gasto público federal.

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En sesión pública, el Pleno determinó que los fideicomisos constituyen mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo Federal, utilizados para cumplir sus funciones, por lo que su desaparición no implica, por sí misma, una afectación directa a derechos humanos.

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CIUDAD DE MÉXICO, 21FEBRERO2024.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante la conferencia matutina en que se expusieron los puntos de la Reforma Constitucional sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como la sección de “Quién es quién en las mentiras de la semana”. FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM / Galo Cañas Rodríguez

¿Cuál fue el fallo de la Corte sobre los fideicomisos?

Los legisladores que impugnaron la reforma argumentaron que la eliminación de estos instrumentos representaba un retroceso en el financiamiento de áreas vinculadas a la protección de derechos humanos. Sin embargo, la Corte desestimó este planteamiento tras analizar el fondo del asunto.

De acuerdo con la resolución, la extinción de fideicomisos no elimina las obligaciones del Estado mexicano, ya que este debe seguir garantizando dichos derechos mediante asignaciones presupuestarias ordinarias.

El tribunal subrayó que la decisión corresponde a una modificación en la forma en que se administran los recursos públicos, sin que ello constituya una violación automática a principios constitucionales.

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En su análisis, la Corte también revisó el procedimiento mediante el cual se aprobó la reforma. Al respecto, concluyó que no se detectaron violaciones invalidantes durante el proceso legislativo ni inconsistencias que comprometieran la legalidad de la norma.

El fallo señala que las decisiones relacionadas con la reasignación del gasto público se encuentran dentro de los márgenes de actuación del Estado, siempre que mantengan criterios de razonabilidad.

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Reforma busca transparencia y eficiencia del gasto

La SCJN explicó que la reorganización de los recursos deriva del decreto publicado el 6 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, durante la administración del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo con el fallo, esta medida se vincula con objetivos de mayor transparencia y un uso más eficiente del presupuesto público. Asimismo, el Pleno estableció que las políticas de austeridad, incluida la desaparición de fideicomisos, deben aplicarse respetando el principio de progresividad y la garantía de los derechos humanos.

Ajustes en el presupuesto para sectores protegidos

El apoyo a sectores previamente beneficiados por fideicomisos fue ejemplificado para ratificar la sentencia y los ajustes en la operación del gasto público.

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En el caso de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, se establece que la Secretaría de Gobernación deberá incluir de manera directa los recursos necesarios en su anteproyecto de presupuesto anual.

De esta forma, la Corte sostuvo que la desaparición de fideicomisos no implica la eliminación de apoyos, sino un cambio en la vía institucional mediante la cual se asignan y ejercen los recursos públicos.