Corte ordena al Congreso expedir Ley General de Jóvenes: ¿por qué es histórico el fallo y cuántos jóvenes viven en México?
La Suprema Corte ordenó la emisión de la Ley General en Materia de Personas Jóvenes. Esta es la razón
Imagen de una sesión en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión legislar y emitir la Ley General de Jóvenes, al concluir que el Poder Legislativo incumplió con el mandato constitucional aprobado desde diciembre de 2020. Esto representa una decisión histórica en el país, te decimos cuál es la razón.
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La decisión derivó de un amparo promovido por un grupo de personas que impugnó la falta de cumplimiento del Congreso tras la reforma a los artículos 4 y 73 de la Constitución, con la que se estableció la obligación de expedir una ley general enfocada en los derechos y políticas públicas dirigidas a las personas jóvenes.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf, encargada del proyecto, sostuvo que el Congreso no atendió el mandato constitucional dentro del tiempo previsto, pese a que la obligación fue establecida hace varios años. Por ello, propuso conceder el amparo a los promoventes y ordenar al Poder Legislativo que emita la norma pendiente.
¿En cuánto tiempo debe publicarse la Ley General de Jóvenes?
La Corte fijó un plazo de dos periodos ordinarios de sesiones para que diputados y senadores expidan la legislación pendiente.
Durante la discusión del asunto, la Corte determinó que la omisión legislativa era procedente de analizarse y que existía una falta del Congreso en el cumplimiento de una disposición constitucional expresa.
La resolución establece que el Congreso deberá expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dentro de los próximos dos periodos ordinarios de sesiones, un plazo que abrió debate entre los ministros.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía se pronunció en contra de conceder ese margen de tiempo, al considerar que extender el plazo implicaría tolerar un incumplimiento que ya acumula varios años. Durante su intervención, señaló que la Corte no tendría que justificar un desacato del Poder Legislativo, sino exigir el cumplimiento del mandato constitucional “en el menor tiempo posible”.
Su postura contrastó con la mayoría que respaldó el proyecto de la ministra ponente, con lo que finalmente se aprobó ordenar al Congreso la expedición de la ley.
¿Por qué es histórico el fallo de la Corte?
Esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es histórica por tratarse de la primera vez que la nueva integración del Pleno emite una orden directa al Congreso para subsanar una omisión legislativa, luego de que en otros casos solo había realizado exhortos sin carácter vinculante.
La obligación de emitir esta legislación surgió a partir de las reformas constitucionales publicadas en 2020, cuando se reconoció la necesidad de establecer un marco normativo general para la atención, protección y garantía de los derechos de las personas jóvenes en el país.
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Sin embargo, a casi seis años de esa modificación, el Congreso no había aprobado la norma secundaria correspondiente, lo que dio pie al litigio constitucional que ahora resolvió la SCJN.
La decisión del tribunal coloca nuevamente en el centro del debate la falta de armonización legislativa en temas que ya cuentan con respaldo constitucional, pero que siguen sin traducirse en leyes generales o políticas públicas obligatorias.
¿Cuántos jóvenes hay en México?
La resolución de la Corte ocurre en un contexto en el que la población joven representa una parte significativa del país. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el primer trimestre de 2025 había en México 30.4 millones de personas jóvenes de entre 15 y 29 años, lo que equivale al 23.3 % de la población total, estimada en 130.4 millones de habitantes.
Del total de personas jóvenes:
- 51 % son mujeres
- 49 % hombres
Por grupos de edad este sector de la población se divide de la siguiente manera:
- 37 % tiene entre 15 y 19 años
- 33.1 % se ubica entre 20 y 24 años
- 29.9 % corresponde al rango de 25 a 29 años
Los datos del INEGI también muestran el peso de este sector en el ámbito laboral. En México, la población de 15 años y más asciende a 102.3 millones de personas, de las cuales 60.5 millones integran la Población Económicamente Activa (PEA).
Dentro de ese universo, 15.9 millones son jóvenes, es decir, 26.3 % de la PEA nacional. De ese total, 39.6 % son mujeres y 60.4 % hombres.
En contraste, la Población No Económicamente Activa (PNEA) suma 41.8 millones de personas, entre las cuales se encuentran 14.5 millones de jóvenes, equivalentes al 34.7 % de ese segmento. En este grupo, 63.4 % son mujeres y 36.6 % hombres.
Ley General de Jóvenes
Con la resolución de la SCJN, el Congreso de la Unión quedó formalmente obligado a emitir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes, una legislación que deberá establecer las bases de coordinación entre Federación, estados, municipios y alcaldías en torno a las políticas dirigidas a este sector de la población.
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La decisión marca un precedente dentro de la nueva etapa de la Corte, al pasar del exhorto a una orden directa frente a una omisión legislativa. De esta forma, el Poder Legislativo debe expedor una Ley General de Jóvenes y con ello cumplir con una disposición constitucional pendiente que impacta a más de 30 millones de jóvenes en México.