¿Qué es la "Ley Esposa"? Explicación de la reforma aprobada en San Luis Potosí para 2027

18 de Diciembre de 2025

¿Qué es la “Ley Esposa”? Explicación de la reforma aprobada en San Luis Potosí para 2027

La reforma aprobada modifica la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí señala que para el proceso electoral de 2027 únicamente podrán registrar candidaturas de mujeres.

Reforma electoral

Personas discuten la Reforma Electoral.

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Foto especial: ChatGPT

Personas discuten la Reforma llamada "Ley Esposa".
Foto especial: ChatGPT

El Congreso de San Luis Potosí aprobó una reforma constitucional que ha generado un intenso debate nacional: la llamada “Ley Esposa”. Esta modificación establece que, para el proceso electoral local de 2027, los partidos políticos únicamente podrán registrar candidaturas de mujeres para competir por la gubernatura del estado. La polémica surge porque, según críticos, la norma podría ser utilizada para facilitar la candidatura de la senadora Ruth González Silva, esposa del actual gobernador Ricardo Gallardo.

La presidenta Claudia Sheinbaum se refirió al tema durante su conferencia matutina, subrayando que el punto central es analizar si este tipo de iniciativas son jurídicamente procedentes. Sheinbaum alertó que el fondo de estas leyes “no necesariamente es la paridad de género en política, sino otros temas”, y reveló que solicitó al ministro Arturo Zaldívar una revisión sobre su viabilidad legal. Paralelamente, Morena anunció que promoverá una acción de inconstitucionalidad en su contra.

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Qué establece exactamente la “Ley Esposa” de San Luis Potosí

La reforma, conocida como Ley Esposa aprobada modifica la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí. Su texto es claro en su objetivo inmediato: “para el proceso electoral local ordinario 2027, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes únicamente podrán registrar candidaturas de mujeres para la titularidad de la Gubernatura del Estado”.

El mecanismo que propone es el de la alternancia de género por mandato constitucional estatal. Esto significa que, de acuerdo con la reforma, después de la elección de 2027 donde solo compitan mujeres, en el siguiente proceso electoral (2033) solo podrían competir hombres, y así sucesivamente. El objetivo declarado por sus promotores es garantizar la paridad en el cargo ejecutivo máximo de la entidad, un espacio históricamente dominado por hombres.

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Urnas de votación del INE. / Galo Cañas/Galo Cañas

La postura del gobierno federal y la reacción de Morena

La presidenta Claudia Sheinbaum abordó el tema con cautela, enfatizando la necesidad de un análisis jurídico profundo. Su declaración central fue: "¡Está bueno el debate! Mi opinión personal es que en todo caso hay que ver si jurídicamente es procedente o no”. La mandataria recordó que el Instituto Nacional Electoral (INE) ya tiene un mecanismo para garantizar la paridad a nivel nacional: para las 17 gubernaturas en juego en 2027, los partidos deben postular a 9 mujeres y 8 hombres.

Por su parte, Morena, el partido en el gobierno federal, anunció una acción legal en contra. Luisa María Alcalde, líder nacional de Morena, argumentó que la ley es inconstitucional porque busca “imponer candidaturas de esposas” de los gobernadores en turno, aprovechando un vacío antes de que entre en vigor en 2030 una reforma federal contra el nepotismo en cargos de elección popular. Alcalde afirmó que Morena aplicará ese principio anti-nepotismo de manera interna desde la próxima elección, independientemente de la reforma general.

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Los puntos centrales del debate: paridad, legalidad y nepotismo

El análisis de la “Ley Esposa” gira en torno a tres ejes principales que han sido expuestos por los diferentes actores políticos:

El fundamento de la paridad vs. “otros temas": Mientras los promotores la presentan como una herramienta para la igualdad de género, la presidenta Sheinbaum y Morena cuestionan su verdadero objetivo, sugiriendo que está diseñada para beneficiar a una candidata específica (la senadora Ruth González Silva) y no al avance de las mujeres en general.

La procedencia jurídica: Existe una duda sobre si un congreso local puede imponer por ley la alternancia de género en una elección específica, sobreponiéndose a los criterios y métodos de postulación que definen los partidos políticos a nivel nacional y los lineamientos del INE. Sheinbaum pidió una revisión al ministro Zaldívar precisamente sobre este punto.

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Ciudadanos acuden a las casillas instaladas por El Instituto Nacional Electoral (INE). / Cuartoscuro / Mario Jasso

La contradicción con la lucha contra el nepotismo: La ley se aprueba en un contexto donde avanza una reforma federal para prohibir que familiares de funcionarios en ejercicio compitan por suceserlos. Los críticos ven en esta norma un intento de sortear esa futura prohibición, que empezaría a aplicarse justo después de la elección de 2027.

La “Ley Esposa” de San Luis Potosí ha abierto un complejo debate que trasciende el ámbito local, planteando preguntas fundamentales sobre cómo se debe garantizar la paridad de género en la política, los límites de la autonomía legislativa estatal y la lucha contra las dinastías políticas. La iniciativa, aunque enmarcada en el discurso de la igualdad, es recibida con escepticismo por considerarse un mecanismo que podría distorsionar ese mismo principio.

El desenlace de este caso probablemente se definirá en los tribunales, a través de la acción de inconstitucionalidad promovida por Morena. Mientras tanto, la recomendación de la presidenta Sheinbaum a los congresos estatales que analizan iniciativas similares —como el de Nuevo León— es clara: examinar con rigor si estas propuestas son viables jurídicamente y si su verdadero objetivo se alinea con el avance sustantivo de los derechos de las mujeres en la vida pública. DJ

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