SCJN ordena a Chihuahua modificar ley electoral por nepotismo e injerencia extranjera

30 de Septiembre de 2026

SCJN ordena a Chihuahua modificar ley electoral por nepotismo e injerencia extranjera

La Suprema Corte ordenó al Congreso de Chihuahua adecuar su legislación para que sean compatibles con la Constitución Federal

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SCJN ordena a Chihuahua modificar ley electoral por nepotismo e injerencia extranjera

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de Chihuahua deberá actualizar su legislación electoral para armonizarla con la Constitución Política Federal en materia de nepotismo electoral e injerencia extranjera en las elecciones.

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Ministros de la SCJN / Suprema Corte de Justicia de la Nación

Durante la resolución de las Acciones de Inconstitucionalidad 96 y sus acumuladas 97, 99 y 103, todas de 2026, el Pleno de la Corte estableció distintos criterios relacionados con la nulidad de elecciones y las sanciones aplicables a personas aspirantes, precandidatas y candidatas.

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¿Qué determinó la SCJN sobre el nepotismo electoral en Chihuahua?

En un comunicado la Suprema Corte ordenó al Congreso de Chihuahua adecuar su legislación para que las normas locales sean compatibles con las disposiciones establecidas en la Constitución Federal en materia de nepotismo electoral.

Con esta determinación, el Poder Legislativo estatal deberá realizar las modificaciones necesarias a su marco jurídico electoral para armonizarlo con las reglas constitucionales.

¿Cuándo se puede anular una elección?

El Pleno de la SCJN validó que una elección pueda ser anulada cuando se acrediten hechos de delincuencia permanente o sistemática que hayan influido en el proceso electoral.

Para que estos hechos puedan ser considerados como una causa de nulidad, deberán cumplir con condiciones específicas: ser graves, dolosos y determinantes para el resultado de la elección.

Esto significa que no cualquier irregularidad o acto ilícito puede provocar automáticamente la anulación de una elección, sino que deberán acreditarse las circunstancias establecidas por la Corte.

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¿La injerencia extranjera puede provocar la nulidad de una elección? Esto dijo la SCJN

Otro de los puntos señalados por la SCJN es la necesidad de incorporar la injerencia extranjera como causa de nulidad de una elección dentro de la legislación electoral de Chihuahua.

El Congreso estatal de Chihuahua deberá actualizar sus disposiciones para que el marco jurídico local sea acorde con la Constitución Política Federal.

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SCJN / Foto: Especial

¿Se puede sancionar a una candidata por delitos cometidos por terceros?

La Corte también invalidó las reglas que permitían sancionar a personas aspirantes, precandidatas o candidatas por actos ilícitos cometidos por terceros.

El criterio establecido señala que una persona no puede ser considerada responsable por conductas que no le son propias. Por ello, las sanciones electorales deben estar vinculadas con la responsabilidad que corresponda a cada persona.

¿Pueden cancelar automáticamente el registro de una candidata?

La SCJN también declaró inválida la pérdida automática del derecho a ser registrada como candidata, así como la cancelación automática del registro.

De acuerdo con la resolución, la autoridad electoral deberá analizar las circunstancias particulares de cada caso antes de determinar una sanción.

Además, la medida que se imponga deberá ser proporcional a la conducta acreditada, por lo que no podrá aplicarse de manera automática sin considerar las características específicas del caso.

Finalmente, el Congreso de Chihuahua deberá actualizar las disposiciones de su legislación electoral que fueron señaladas para armonizarlas con la Constitución Federal.

AM3