Ecocidio y las cifras del delito ambiental

16 de Abril de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

Ecocidio y las cifras del delito ambiental

Le Clercq

En mi anterior columna reflexionaba sobre la irrupción del Ecocidio entendido como una propuesta para tipificar delitos y daños ambientales en el derecho internacional. Si bien la idea de Ecocidio pone sobre la mesa la importancia de la acción colectiva a nivel global para enfrentar la devastación de ecosistemas y el aumento irreversible en la temperatura del planeta, los países también deben mejorar la forma en que reportan información nacional sobre crimen, daño e injusticia ambiental.

El crimen y daño ambiental tienen una importancia creciente para entender la problemática ambiental en México en un contexto marcado por la profundización de los niveles de inseguridad y violencia que enfrenta el país. Los datos oficiales sobre el alcance del crimen ambiental en nuestro país advierten que la información es insuficiente o presenta inconsistencias importantes como para medir con precisión la magnitud que adquiere el fenómeno y su impacto en la vida de personas y comunidades.

La incidencia de delitos y violaciones a derechos ambientales, de acuerdo a lo reportado por SESNSP e Inegi difícilmente reflejan el nivel de daño que han sufrido las víctimas del delito y daño ambiental en los periodos correspondientes. Para poner en perspectiva las cifras y entender el alcance de la cifra negra en materia ambiental, entre 2012 y 2020, periodo que abarca la información reportada de delitos estatales ambientales por el SESNSP, se registra un promedio agregado de 322.59 delitos por entidad, lo que equivale a un promedio de 35.84 delitos reportados con averiguación o carpeta de investigación abierta por año.

En lo que se refiere a delitos federales ambientales reportados entre 2015 y 2020 el promedio fue de 384.71 reportados con averiguación o carpeta de investigación abierta y 64.11 delitos por año. Como puede verse, se tiende a reportar casi el doble de delitos ambientales federales ambientales que estatales, lo cual hace poco sentido y más bien evidencia la falta de capacidad para recibir denuncias o voluntad para investigar delitos.

Adicionalmente, entre 2016 y 2019 Inegi reporta un promedio de 301.31 actos violatorios a derechos ambientales a nivel estatal, lo que supone que los Organismos de Protección de Derechos Humanos de las entidades federativas registran anualmente un promedio de 75.27 expedientes calificados que incluyen violaciones a derechos ambientales. Nuevamente, hace poco sentido el que se reporten sólo un promedio de 35.84 delitos estatales por año frente a 75.27 actos violatorios a los derechos humanos en materia ambiental en los estados.

Hasta 10 estados reportan un total de 10 o menos delitos estatales en el periodo de nueve años que cubre la información y trece reportan 10 o menos violaciones a derechos humanos ambientales en los cuatro años para los cuales hay datos disponibles. Estos mismos estados, sin embargo, reportan cifras importantes de delitos federales entre 2015 y 2020, lo cual señala un posible subreporte de casos a nivel estatal o la falta de capacidades para permitir la denuncia e investigar los casos que son denunciados.

De acuerdo al Índice de Impunidad Ambiental México 2020, los problemas en el reporte de información oficial pueden relacionarse con: 1) el universo de casos a estudiar es muy pequeño si lo comparamos con la incidencia delictiva general; 2) hay entidades que reportan cero delitos o violaciones a derechos humanos, porque los afectados no los denuncian o las autoridades no los reportan o investigan; 3) la cifra negra de 92.4 % se traslada también a la denuncia ambiental; 4) en 64.1% de los casos los afectados no denuncian delitos por factores relacionados por hechos atribuibles a la autoridad, como inadecuada tipificación del delito, desconfianza sobre la relación entre autoridad y empresas o agencias de gobierno responsables del daño, ausencia de capacidades para investigar, desinterés de autoridades o amenazas de autoridades u organizaciones criminales; 5) las comunidades tienden a defender sus derechos y recursos a través de la movilización y el conflicto antes que denunciando.

El crimen y daño ambiental resultarán crecientemente importantes para identificar el alcance de la degradación y los problemas de desempeño de las políticas diseñadas para proteger al medio ambiente, al igual que para operacionalizar el derecho a un medio ambiente sano. A la devastación de ecosistemas y al abuso en la extracción de recursos naturales, se añade una capa de complejidad como resultado de prácticas corporativas voraces, corrupción de autoridades y el involucramiento creciente de organizaciones criminales en el saqueo de recursos.

Como parte del reconocimiento de la importancia de la impunidad y el crimen ambiental y la posibilidad de garantizar justicia a víctimas y afectados ambientales, se requiere desarrollar nuevos y mejores instrumentos de medición, pero también reportes de información oficial más consistentes.

Incrementar la calidad de la estadística oficial hace necesario desarrollar censos de gobierno nacionales y estatales en materia de protección al medio ambiente, crimen ambiental y violaciones al derecho al medio ambiente sano. De igual forma, es indispensable generar mediciones oficiales sobre víctimas, afectados y conflicto socioambiental, siguiendo la lógica de la ENVIPE que anualmente publica el Inegi.

Síguenos en @EjeOpinion